El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 15 de julio de 1996, se sirvió aprobar lo siguiente:

ACUERDO N° 14

Lista nominal definitiva con fotografía

CONSIDERANDO

I.- Que, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión efectuada el día 16 de mayo de 1996, acordó, con el marco del Convenio de Apoyo y Colaboración celebrado entre el Instituto Federal Electoral y el Poder Ejecutivo del Estado de México, que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores llevaría a cabo una campaña de Actualización del Padrón Electoral del 23 de mayo al 23 de junio del presente año, con el funcionamiento de 210 módulos de fotoidentificación cuya finalidad es incorporar al Padrón Electoral a los ciudadanos que cuentan con la mayoría de edad, o bien aquéllos que el día de la elección tengan 18 años cumplidos; así como también,  recibir las solicitudes de cambio de domicilio, corrección de datos, y reposiciones por deterioro o extravío.

II.- Que, el acuerdo de referencia autorizó a la Directora General a suscribir un anexo técnico con el Instituto Federal Electoral para conservar los formatos de credencial en los módulos hasta el 28 de julio de 1996; realizar una campaña de actualización y depuración del padrón electoral; y, entregar, al Consejo General, la lista nominal de electores en las fechas que se requieran para cumplir con el calendario electoral.

III.- Que, la lista nominal de electorales es la relación que contiene los nombres de personas agrupadas por distrito y sección, a quienes se ha expedido y entregado su credencial para votar con fotografía.

IV.- Que, es una preocupación de las autoridades electorales del Estado y de los Partidos Políticos, dar la mayor transparencia a los procesos electorales que están en marcha en el Estado, y generar con ello la confianza y credibilidad en la ciudadanía de la entidad, y que existe consenso entre todos los participantes de los procesos electorales en que uno de los mecanismos que coadyuva a obtener estos propósitos, es la utilización del listado nominal de electores con fotografía en la  Jornada Electoral del próximo 10 de noviembre.

V.- Que el artículo 102 fracción VII, del Código Electoral del estado, señala como atribución de la Directora General del Instituto celebrar, previa autorización del Consejo General, convenios con la autoridad federal electoral, con todo lo relacionado a los elementos que habrá de aportar el Registro Federal de Electores, para los procesos electorales locales.

 

En razón de lo anterior:

PRIMERO.- Se aprueba la inclusión de la fotografía de los ciudadanos de la entidad en la lista nominal definitiva de electores, que se utilizará en los procesos electorales del 10 de noviembre de 1996, mediante los cuales se renovará a los integrantes del Poder Legislativo y de los 122 ayuntamientos de los municipios del Estado de México.

SEGUNDO.- La lista nominal con fotografía será impresa en dos tantos: el primero, será distribuido en las mesas directivas de casilla; y, el segundo, se utilizará, en su caso, para la reposición del primero.

TERCERO.- Se imprimirán los tantos necesarios de lista nominal sin fotografía, en papel seguridad para ser distribuidos a los Partidos Políticos que participen en la Jornada Electoral del día 10 de noviembre del presente año.

CUARTO.- El Consejo General autoriza a la Directora General del Instituto, para que suscriba el correspondiente anexo técnico con el Instituto Federal Electoral que deberá contener lo siguiente:

a). La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores entregará a más tardar el 15 de octubre de 1996, al Instituto Electoral del Estado de México, la lista nominal definitiva de electores con fotografía impresa en papel seguridad en dos tantos.
                                              
b). La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores entregará los tantos necesarios del listado nominal sin fotografía, impreso en papel seguridad.

c). La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores entregará los listados con los nombres de los ciudadanos que fueron fotoidentificados hasta el día 28 de julio de 1996.

 

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo en la "Gaceta del Gobierno" del Estado de México.

 

Toluca de Lerdo, México a 15 de julio de 1996.

 

A T E N T A M E N T E

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

LIC. SAMUEL ESPEJEL DIAZ GONZALEZ

 

 

 

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS