El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 13 de septiembre de 1996, se sirvió aprobar lo siguiente:
Documentación y material electoral
CONSIDERANDO
I.- Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en ejercicio de la atribución que le confieren los artículos 95 fracción XIV y 184 del Código Electoral del Estado aprobó, en lo general, en su sesión del día 8 de agosto del presente año, mediante ACUERDO N° 21, la documentación electoral que se utilizará en la Jornada Electoral del día 10 de noviembre de 1996, mediante la cual se renovarán los integrantes de la Legislatura del Estado y de los Ayuntamientos de la entidad.
II.- Que en el mismo acuerdo se aprobó, en lo general, los materiales y útiles necesarios para el desarrollo de las elecciones de Diputados y de Ayuntamientos ordenando que su adquisición y la impresión de la documentación electoral se sujetara a concurso público.
III.- Que el Consejo General del Instituto, en su sesión del día 28 de agosto del presente año, mediante ACUERDO N° 30, adjudicó los concursos de documentación electoral y de materiales electorales en favor de las empresas Talleres Gráficos de México y de Formas Finas S.A. de C.V., respectivamente.
IV.- Que una vez adjudicados los concursos a las empresas de referencia, se solicitó la elaboración de las muestras de boletas, actas y materiales electorales para someterse a consideración y a la aprobación, en lo particular, del Consejo General del Instituto, presentándose en su oportunidad por los representantes de las mencionadas empresas.
En razón de lo anterior:
PRIMERO.- Se aprueban en lo particular la documentación electoral, boletas, actas de la jornada electoral de escrutinio y cómputo, mamparas, formas y útiles para el desarrollo de la jornada electoral del día 10 de noviembre de 1996, en términos de las muestras que se presentaron por las empresas Talleres Gráficos de México y Formas Finas S.A. de C.V., respectivamente.
SEGUNDO.- Notifíquese a las empresas Talleres Gráficos de México y Formas Finas S.A. de C.V., para que procedan de inmediato a la impresión y fabricación de la documentación y materiales electorales, respectivamente.
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