ANEXO UNICO DEL ACUERDO N° 64
ACTA DE COMPUTO DE LA ELECCION DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL
a) Descripción:
Documento en el cual se registran los resultados anotados en las actas de cómputo distrital respectivas, a fin de determinar la votación emitida en el Estado, así como la votación obtenida por cada partido político.
a 1).- Fundamento legal:
Esta acta se levanta con fundamento en el artículo 261 fracción III del Código Electoral del Estado de México.
Artículo 261.- El cómputo de Circunscripción Plurinominal se sujetará al procedimiento siguiente:
III.- Se harán constar en acta circunstanciada de la sesión los resultados del cómputo y los incidentes que ocurrieran.
b) Sugerencias Técnicas:
Se adoptan las sugerencias técnicas establecidas para el acta de cómputo distrital de diputados locales por el principio de representación proporcional, especificadas en el anexo único, páginas 47 y 48 del ACUERDO N° 21 del Consejo General, publicado en la "Gaceta del Gobierno" de fecha 09 de agosto de 1996, en lo que respecta al logotipo del Instituto, tipografía, logotipos de los partidos políticos, formato y selección de color.
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