El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 18 de febrero de 1997, se sirvió aprobar lo siguiente:

ACUERDO N° 12

Plataformas Electorales para la Elección del Ayuntamiento de Ayapango, México.

CONSIDERANDO

I.- Que el calendario electoral para la elección extraordinaria del Ayuntamiento de Ayapango, México señala, que los Partidos Políticos deben presentar su plataforma electoral en los días 12 y 13 de febrero de 1997, ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

II.- Que el Consejo General conforme al artículo 95 fracción XXXIV del Código Electoral del Estado de México, tiene la atribución de registrar la plataforma electoral que para cada proceso electoral presenten los partidos políticos.

III.- Que el artículo 146 del Código Electoral del Estado, establece que para el registro de candidatos a cargos de elección popular, el Partido Político postulante deberá registrar la plataforma electoral que sus candidatos sostendrán en las campañas políticas.

IV.- Que los Partidos Políticos: Partido Acción Nacional; Partido Revolucionario Institucional; Partido Cardenista; Partido del Trabajo; Partido Verde Ecologista de México; Partido Popular Socialista; y Partido Demócrata Mexicano, presentaron dentro del plazo de 2 días que señala el considerando número 1 del presente acuerdo, las plataformas electorales que sostendrán sus candidatos en sus respectivas campañas, habiendo expedido a cada uno, la constancia correspondiente por parte de la Secretaría General del Instituto.

 

En razón de ello se resuelve:

UNICO.- Se registran formalmente las plataformas electorales presentadas por los Partidos Políticos: Partido Acción Nacional; Partido Revolucionario Institucional; Partido Cardenista; Partido del Trabajo; Partido Verde Ecologista de México; Partido Popular Socialista; y Partido Demócrata Mexicano, que serán sostenidas por sus candidatos en las campañas políticas que tendrán como finalidad renovar, a través de la elección extraordinaria del día 9 de marzo de 1997, a los integrantes del Ayuntamiento de Ayapango, México.

                                                                                        

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la "Gaceta del Gobierno" del Estado de México, con las respectivas plataformas electorales presentadas por los Partidos Políticos que se refieren a este acuerdo.

SEGUNDO.- Notifíquese a los representantes de los Partidos Políticos que se mencionan para los efectos legales a que haya lugar.

 

Toluca de Lerdo, Méx., a 18 de febrero de 1997.

 

A T E N T A M E N T E

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

LIC. SAMUEL ESPEJEL DIAZ GONZALEZ

 

 

 

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS