En virtud de lo anterior, se acuerda:
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba y se expide el Reglamento para el otorgamiento o perdida de registro de Partidos Políticos Locales.
SEGUNDO.- Notifíquese al los Representantes de las Organizaciones Políticas que han manifestado su intención de solicitar el registro como Partidos Políticos Locales.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese el presente acuerdo y el reglamento adjunto en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, para los efectos legales correspondientes.
Toluca de Lerdo, México, a 31 de marzo de 1998.
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. SAMUEL ESPEJEL DIAZ GONZALEZ
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
|