El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 7 de enero de 1999, se sirvió expedir lo siguiente:

Acuerdo N° 4
Convenio del Instituto Electoral del Estado de México y el Sistema de Radio y Televisión Mexiquense

CONSIDERANDOS

 
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México establece en su artículo 12 que los Partidos Políticos contarán de manera equitativa con elementos para llevar a cabo sus actividades, por tanto, tendrán derecho al uso de los medios de comunicación social propiedad del Estado, de acuerdo a las formas, procedimientos y términos que establezca la ley de la materia.
   
II.
Que el Código Electoral del Estado especifica en sus artículos 51 fracción IV y 57 fracción II como uno de los derechos de los Partidos Políticos, disfrutar de las prerrogativas que les corresponden, entre los cuales se señala la de tener acceso a la radio y televisión propiedad del Gobierno del Estado en los términos que el propio ordenamiento señala.
   
III.
Que el Instituto Electoral del Estado para que pueda otorgar la prerrogativa de acceso a medios de comunicación a los Partidos Políticos, esta facultado por lo dispuesto por el Código Electoral del Estado en su artículo 63 para celebrar con el organismo estatal correspondiente los convenios en materia de radio y televisión.
   
IV.
Que el Consejo General del Instituto en su sesión del día 25 de noviembre de 1998, al aprobar su acuerdo N° 14, los criterios para el otorgamiento de la prerrogativa de acceso a los medios de comunicación de los Partidos Políticos, instruyó a la Dirección General a presentar el proyecto de Convenio con el Sistema de Radio y Televisión Mexiquense, en el que se integrarán los criterios aprobados por el Organo Superior de Dirección del Instituto.
   
V.
Que el Consejo General, en su mismo acuerdo N° 14 del día 25 de noviembre de 1998, acordó con fundamento en el artículo 93 del Código Electoral del Estado, crear una Comisión con integrantes del Consejo General que se denominará Comisión de Radiodifusión que se encargará de atender todo lo relacionado con la Prerrogativa de Acceso de los Partidos Políticos a los Medios de Comunicación propiedad del Estado.
   
VI.
Que la Dirección General ha sostenido diversas reuniones con los directivos del Sistema de Radio y Televisión Mexiquense para establecer las bases sobre las cuales se celebre el convenio entre ambas Instituciones para cumplir con las disposiciones constitucionales y legales y se otorgue oportunamente la prerrogativa de acceso a medios de comunicación a favor de los Partidos Políticos.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO: Se aprueba el Proyecto de Convenio que se adjunta, que presenta la Dirección General que celebrarán el Instituto Electoral del Estado y el Sistema de Radio y Televisión mexiquense para el otorgamiento de la prerrogativa de acceso de los Partidos Políticos a los medios de comunicación del Gobierno del Estado.

SEGUNDO: Se autoriza a la Presidencia, Dirección General y Secretaría General para que suscriban el Convenio con el Sistema de Radio y Televisión Mexiquense.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, Méx., a 7 de enero de 1999

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
AT E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)