El Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria
del día 7 de enero de 1999, se sirvió expedir lo
siguiente:
Acuerdo N°
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Convenio del Instituto Electoral del Estado de México
y el Sistema de Radio y Televisión Mexiquense
CONSIDERANDOS |
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I. |
Que la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México
establece en su artículo 12 que los Partidos Políticos
contarán de manera equitativa con elementos para
llevar a cabo sus actividades, por tanto, tendrán
derecho al uso de los medios de comunicación social
propiedad del Estado, de acuerdo a las formas, procedimientos
y términos que establezca la ley de la materia. |
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II. |
Que el Código Electoral del
Estado especifica en sus artículos 51 fracción
IV y 57 fracción II como uno de los derechos de los
Partidos Políticos, disfrutar de las prerrogativas
que les corresponden, entre los cuales se señala
la de tener acceso a la radio y televisión propiedad
del Gobierno del Estado en los términos que el propio
ordenamiento señala. |
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III. |
Que el Instituto Electoral del Estado
para que pueda otorgar la prerrogativa de acceso a medios
de comunicación a los Partidos Políticos,
esta facultado por lo dispuesto por el Código Electoral
del Estado en su artículo 63 para celebrar con el
organismo estatal correspondiente los convenios en materia
de radio y televisión. |
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IV. |
Que el Consejo General del Instituto
en su sesión del día 25 de noviembre de 1998,
al aprobar su acuerdo N° 14, los criterios para el otorgamiento
de la prerrogativa de acceso a los medios de comunicación
de los Partidos Políticos, instruyó a la Dirección
General a presentar el proyecto de Convenio con el Sistema
de Radio y Televisión Mexiquense, en el que se integrarán
los criterios aprobados por el Organo Superior de Dirección
del Instituto. |
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V. |
Que el Consejo General, en su mismo
acuerdo N° 14 del día 25 de noviembre de 1998,
acordó con fundamento en el artículo 93 del
Código Electoral del Estado, crear una Comisión
con integrantes del Consejo General que se denominará
Comisión de Radiodifusión que se encargará
de atender todo lo relacionado con la Prerrogativa de Acceso
de los Partidos Políticos a los Medios de Comunicación
propiedad del Estado. |
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VI. |
Que la Dirección General ha
sostenido diversas reuniones con los directivos del Sistema
de Radio y Televisión Mexiquense para establecer
las bases sobre las cuales se celebre el convenio entre
ambas Instituciones para cumplir con las disposiciones constitucionales
y legales y se otorgue oportunamente la prerrogativa de
acceso a medios de comunicación a favor de los Partidos
Políticos. |
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En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO: Se aprueba
el Proyecto de Convenio que se adjunta, que presenta la Dirección
General que celebrarán el Instituto Electoral del Estado
y el Sistema de Radio y Televisión mexiquense para el otorgamiento
de la prerrogativa de acceso de los Partidos Políticos a
los medios de comunicación del Gobierno del Estado.
SEGUNDO: Se autoriza
a la Presidencia, Dirección General y Secretaría General
para que suscriban el Convenio con el Sistema de Radio y Televisión
Mexiquense.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese
el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Toluca de Lerdo, Méx., a 7
de enero de 1999
TU HACES LA
MEJOR ELECCION
AT E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE
DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO
GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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