El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 14 de mayo de 1999, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo N° 49
Comisión de Vigilancia y Evaluación de las Actividades Financieras y Administrativas del
Instituto Electoral del Estado de México

CONSIDERANDO

 
I.

Que el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 82 primer párrafo, establece que las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

 
II.
Que el Consejo General del Instituto, de acuerdo con lo dispuesto por el Código Electoral del Estado de México en su artículo 85, es el Organo Superior de Dirección responsable de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.
 
III.

Que el Consejo General conforme lo dispone el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción VII, tiene la atribución de vigilar el adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles.

 
IV.

Que la LIII Legislatura del Estado de México, mediante decreto N° 91 publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el día 30 de diciembre de 1998, aprobó el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México, para el ejercicio fiscal de 1999, incluyéndose en su artículo 14 el Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de México.

 
V.

Que con el propósito de que el Consejo General cumpla con las atribuciones de vigilancia que han quedado señaladas en los considerandos anteriores, se hace indispensable crear una Comisión específica que se encargue de verificar la aplicación de los recursos públicos aprobados para el año de 1999 al Instituto Electoral del Estado de México y con ello, dar transparencia al Gasto Público del Organo Electoral.

 
VI.

Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 93, otorga la atribución al Consejo General para integrar las Comisiones que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, con el número de miembros que para cada caso acuerde; y, que para todos los asuntos que se les encomienden deberán presentar un proyecto de resolución o de dictamen.

   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General integra la Comisión de Vigilancia y Evaluación de las Actividades Financieras y Administrativas del Instituto Electoral del Estado de México, que tendrá como objeto vigilar, revisar y evaluar que las actividades financieras y administrativas de los Organos Centrales y Desconcentrados del Instituto y el ejercicio de las mismas se apeguen a la legalidad.

SEGUNDO.- La Comisión de Vigilancia y Evaluación de las Actividades Financieras y Administrativas del Instituto Electoral del Estado de México, una vez instalada formalmente, elaborará el Proyecto de sus Atribuciones, de sus Lineamientos de Organización y Funcionamiento y sus procedimientos, que presentará oportunamente a la consideración del Consejo General para su aprobación correspondiente.

TERCERO.- la Comisión de Vigilancia y Evaluación de las Actividades Financieras y Administrativas del Instituto Electoral del Estado de México, se integrará por tres Consejeros Electorales fungiendo uno como su Presidente; por un representante del Partido Político y de las Coaliciones; por el Director de Administración y por un Secretario Técnico que será el Secretario General del Instituto.

CUARTO: Los Consejeros Electorales integrantes de la Comisión, tendrán derecho a voz y voto. El Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate. El Director de Administración y el Secretario Técnico solo tendrán derecho a voz.

En las sesiones de la Comisión, podrán ser invitados a participar los titulares de los Organos Centrales y Desconcentrados del Instituto, responsables de la administración y ejercicio de los recursos financieros.

QUINTO.- El Secretario Técnico de la Comisión de Vigilancia y Evaluación de las Actividades Financieras y Administrativas del Instituto Electoral del Estado de México, tendrá las siguientes atribuciones:

 
I.
Auxiliar a la Comisión y al Presidente en el ejercicio de sus atribuciones.
   
II.
Acordar con el Presidente la elaboración del orden del día de las sesiones.
   
III.
Declarar la existencia de quórum en las sesiones de la Comisión.
   
IV.
Levantar el acta correspondiente de cada una de las sesiones de la Comisión y someterla a la aprobación de sus integrantes.
   
V.
Informar del cumplimiento de los acuerdos de la Comisión.
   
VI.
Llevar el archivo de los asuntos que trate la Comisión en ejercicio de sus atribuciones.
   
VII.
Dar a conocer a los integrantes de la Comisión, la documentación necesaria para tomar los acuerdos correspondientes.
   
VIII.
Las demás que le señale la Comisión y su Presidente.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.

SEGUNDO.- La Comisión de Vigilancia y Evaluación de las Actividades Financieras y Administrativas del Instituto Electoral del Estado de México, iniciará sus trabajos dentro de los siete días inmediatos siguientes a la aprobación del presente acuerdo.

TERCERO.- Notifíquese a todos los Organos del Instituto Electoral del Estado de México, el presente acuerdo para los efectos a que haya lugar

Toluca de Lerdo, Méx., a 14 de mayo de 1999

“TU HACES LA MEJOR ELECCIÓN”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)