El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 25 de junio de 1999, se sirvió expedir lo siguiente:

Acuerdo N° 60
Reforzamiento de Capacitación de funcionarios de Mesas Directivas de Casillas

CONSIDERANDO

   
I.
Que el Consejo General mediante su acuerdo N° 10 publicado en la Gaceta del Gobierno el día 29 de enero del presente año, relativo al procedimiento para la primera y segunda insaculación de ciudadanos que integrarán las mesas directivas de casilla en el Proceso Electoral de 1999, aprobó en el punto número undécimo que el plazo para capacitar a los integrantes de las mesas directivas de casilla sería del 15 de mayo al día 15 de junio del año que cursa.
   
II.
Que el Consejo General mediante su acuerdo N° 33 publicado en la Gaceta del Gobierno el día 29 de abril del presente año, relativo a los lineamientos de capacitación para ciudadanos que integrarán las mesas directivas de casilla en el Proceso Electoral de 1999, ratificó en su punto décimo quinto como plazo para capacitar a los ciudadanos que fueron designados como funcionarios de las mesas directivas de casilla el periodo comprendido del día 15 de mayo al 15 de junio del presente año.
   
III.
Que la Comisión de Organización y Capacitación en su sesión del día 14 de junio del presente año, analizó la posibilidad de reforzar la capacitación de los ciudadanos, tomando en cuenta para ello la importancia que representa contar con ciudadanos que estén debidamente preparados para recibir el voto ciudadano el día 4 de julio y para cumplir con la delicada responsabilidad que representa ser funcionario electoral en el proceso por el que se elegirá al titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, aprobándose el reforzamiento de la capacitación por un periodo que abarca del día de la aprobación del presente acuerdo por el Consejo General al 30 de junio del presente año, conforme lo acordado por la propia Comisión y que la aprobación se remita al Consejo General para los efectos de su aprobación definitiva.
 
En mérito de lo anterior se expide el siguiente:


ACUERDO

PRIMERO: El Consejo General modifica el plazo para la capacitación de ciudadanos que integrarán las mesas directivas de casilla en el proceso electoral de 1999 que fue establecido en los acuerdos números 10, punto undécimo y 33 punto décimo quinto.

SEGUNDO: Se autoriza la ampliación del periodo para reforzar la capacitación de ciudadanos que integrarán las mesas directivas de casilla, aprobado por la Comisión de Organización y Capacitación por el periodo que comprende del día de la aprobación del presente acuerdo al 30 de junio de 1999.

TRANSITORIOS

PRIMERO: Publíquese el presente acuerdo en el periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO: Notifíquese a las Juntas y Consejos Distritales Electorales para su cumplimiento.

Toluca de Lerdo, Méx., a 25 de junio de 1999

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)