El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 2 de julio de 1999, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo N° 69
Acuerdo por medio del cual no podrán votar en las casillas los Representantes acreditados por el
Partido Revolucionario Institucional y las Coaliciones PAN-PVEM y PRD-PT, cuya credencial
para votar corresponda a otra entidad federativa

CONSIDERANDO

   
I.
Que el artículo 29 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establece que son prerrogativas de los ciudadanos del Estado, votar y ser votados para los cargos públicos de elección popular del Estado y de los Municipios y desempeñar cualquier otro empleo o comisión si reúnen los requisitos que las normas determinen.
 
II.
Que el artículo 6 del Código Electoral del Estado de México establece que el ejercicio del derecho al voto, corresponde a los ciudadanos mexiquenses y vecinos del Estado que se encuentren en pleno ejercicio de sus derechos políticos, estén inscritos en el padrón electoral correspondiente, cuenten con la credencial para votar respectiva y no tengan impedimento legal para el ejercicio de ese derecho.
 
III.
Que en cada municipio y distrito, el voto se emitirá en la sección electoral que corresponda al domicilio de los ciudadanos, salvo los casos de excepción expresamente establecidos en el Código Electoral del Estado de México.
 
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- Solo los representantes del Partido Político y las Coaliciones que sean ciudadanos mexiquenses y que cuenten con la credencial para votar con fotografía expedida en el Estado, podrán ejercer su derecho al voto en la elección del día 4 de julio de 1999.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.

SEGUNDO.- Notifíquese de inmediato, a los Consejos Distritales Electorales, para su cumplimiento.

Toluca de Lerdo, Méx., a 2 de julio de 1999

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)