El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 18 de enero del año 2000, se sirvió expedir lo siguiente:

Acuerdo N° 3
Financiamiento Público a Partidos Políticos para el año del 2000

CONSIDERANDO

 
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establece en su artículo 12 que el financiamiento público para los Partidos Políticos se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes y las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y se otorgará conforme a las reglas que establezca la ley de la materia.
 
II.
Que el Código Electoral del Estado, en su artículo 51 fracción IV otorga como uno de los derechos de los Partidos Políticos legalmente acreditados ante el Instituto Electoral del Estado de México, el de disfrutar de las prerrogativas que les corresponden como entidades de interés público.
 
III.
Que el mismo ordenamiento en su artículo 57 dispone que una de las prerrogativas que tendrán los Partidos Políticos que actúan legalmente en la entidad es gozar de financiamiento público para el ejercicio de sus actividades ordinarias y para su participación en las campañas electorales de Gobernador, diputados y ayuntamientos del Estado; señalando como requisito que el derecho de la prerrogativa la tendrán los Partidos Políticos que obtengan por lo menos el 1.5% de la votación efectiva en el Estado.
 
IV.
Que el Código Electoral del Estado, en su artículo 58 contiene las bases, los criterios y los términos en que debe asignarse y distribuirse el financiamiento público a favor de los Partidos Políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes y para la obtención del voto en campañas electorales.
 
V.
Que en aplicación de las reglas de referencia el financiamiento anual para actividades ordinarias permanentes que disfrutarán los Partidos Políticos: -Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo y Verde Ecologista de México-, que están legalmente acreditados ante el Instituto Electoral del Estado de México en el año 2000, será la cantidad de $98,664,768.24 (Noventa y ocho millones seiscientos sesenta y cuatro mil setecientos sesenta y ocho pesos 24/100), que resulta de multiplicar el 40% del salario mínimo vigente en la capital del Estado (13.08) por el número de ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral de la entidad (7,543,178) con corte al mes de diciembre de 1999.
 
VI.
Que la cantidad total de $98,664,768.24 (Noventa y ocho millones seiscientos sesenta y cuatro mil setecientos sesenta y ocho pesos 24/100), del financiamiento público para actividades ordinarias será distribuida en un 15% en forma paritaria a favor de los cinco Partidos Políticos que se enuncian en el considerando V de este acuerdo, resultando por este concepto un monto de $14,799,715.24 (Catorce millones setecientos noventa y nueve mil setecientos quince pesos 24/100) y, el 85% en forma proporcional directa a la votación valida efectiva obtenida por cada uno de esos Partidos Políticos en la elección de diputados de 1996, por la que se eligieron diputados a la LIII Legislatura del Estado, resultando en este rubro la cantidad de $83,865,053.00 (Ochenta y tres millones ochocientos sesenta y cinco mil cincuenta y tres pesos 00/100).
 
VII.
Que los Partidos Políticos: Convergencia por la Democracia; de Centro Democrático; de la Sociedad Nacionalista; Auténtico de la Revolución Mexicana; Alianza Social; y, Democracia Social, al haber obtenido el registro como Partidos Políticos Nacionales por el Instituto Federal Electoral, con fecha posterior a la última elección, conforme a lo dispuesto por el Código Electoral del Estado de México en su artículo 58 fracción III, tienen derecho a que se les otorgue financiamiento público conforme a las siguientes bases: se otorgará a cada Partido Político el 2% del monto que por financiamiento total les corresponda a los cinco Partidos Políticos que se indican en el considerando IV de este acuerdo, resultando por este concepto la cantidad de $11,839,772.19 (Once millones ochocientos treinta y nueve mil setecientos setenta y dos pesos 19/100), que se entregarán en forma proporcional e igualitaria a cada uno de los seis nuevos Partidos Políticos Nacionales.
 
VIII.
Que en el año 2000, se llevarán a cabo los procesos electorales que tendrán como finalidad elegir a los Diputados a la LIV Legislatura del Estado de México y a los integrantes de los 122 Ayuntamientos de la entidad, por lo cual es procedente establecer el financiamiento para la obtención del voto en las campañas electorales de los Partidos Políticos, en los términos de lo ordenado por el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 58 fracción II incisos B y C.
 
IX.
Que conforme a las reglas del Código Electoral del Estado de México, el financiamiento público para la obtención del voto en campañas electorales será el equivalente al doble del monto del financiamiento por actividades ordinarias para el año 2000, que corresponda a cada uno de los siguientes Partidos Políticos: Acción Nacional; Revolucionario Institucional; de la Revolución Democrática; del Trabajo; y, Verde Ecologista de México; resultando por este concepto la cantidad de $197,329,536.48 (Ciento noventa y siete millones trescientos veintinueve mil quinientos treinta y seis pesos 48/100), que será entregada a las Direcciones Estatales de los Partidos Políticos en 4 exhibiciones: una de 40% en la fecha del registro de candidatos y las tres restantes de 20% cada una durante el plazo que el calendario electoral determine para las campañas electorales.
 
X.
Que los nuevos Partidos Políticos: Convergencia por la Democracia; de Centro Democrático; de la Sociedad Nacionalista; Auténtico de la Revolución Mexicana; Alianza Social; y, Democracia Social, también tienen derecho al financiamiento público para la obtención del voto, en términos de lo dispuesto por el Código Electoral del Estado de México en su artículo 58 fracción III, donde se señala que en el año de la elección se entregará a cada partido político, una cantidad adicional igual al monto que reciban por concepto de financiamiento para el sostenimiento de sus actividades ordinarias, que les servirá para gastos de campaña, con lo cual los Partidos Políticos que se indican, recibirán por este concepto la cantidad de $11,839,772.19 (Once millones ochocientos treinta y nueve mil setecientos setenta y dos pesos 19/100).
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO: Se aprueba el financiamiento público ordinario para el sostenimiento de actividades permanentes de los once Partidos Políticos acreditados ante el Organo Superior de Dirección del Instituto Electoral del Estado, por la cantidad de $110,504,540.43 (Ciento diez millones quinientos cuatro mil quinientos cuarenta pesos 43/100), que serán distribuidas en la siguiente forma:

FINANCIAMIENTO PUBLICO PARA EL SOSTENIMIENTO DE ACTIVIDADES PERMANENTES PARA EL AÑO 2000

Partido

Distrib.
Paritaria
15%

*V.V.E.

Proporción directa de
V.V.E.

Distrib.
Proporcional
85%

Total

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

2,959,943.05

834,899

0.3151109

26,426,794.42

29,386,737.47

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

2,959,943.05

1,030,557

0.3889570

32,619,895.31

35,579,838.36

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

2,959,943.05

597,430

0.2254844

18,910,263.15

21,870,206.19

PARTIDO DEL TRABAJO

2,959,943.05

67,783

0.0255829

2,145,513.90

5,105,456.94

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

2,959,943.05

118,871

0.0448648

3,762,586.23

6,722,529.28

SUMA

14,799,715.24

2,649.540

1.0000000

83,865,053.00

98,664,768.24

NUEVOS PARTIDOS POLITICOS

Aty. 58 Fracc. III CEEM

2%

-

-

-

2%

CONVERGENCIA POR LA DEMOCRACIA
1,973,295.36

-

-

-

1,973,295.36
PARTIDO DE CENTRO DEMOCRÁTICO
1,973,295.36

-

-

-

1,973,295.36
PARTIDO DE LA SOCIEDAD NACIONALISTA
1,973,295.36

-

-

-

1,973,295.36
PARTIDO AUTÉNTICO DE LA REVOLUCIÓN MEXICANA
1,973,295.36

-

-

-

1,973,295.36
PARTIDO ALIANZA SOCIAL
1,973,295.36

-

-

-

1,973,295.36
DEMOCRACIA SOCIAL
1,973,295.36

-

-

-

1,973,295.36
SUMA
11,839,772.19

-

-

-

11,839,772.19
TOTAL
26,639,487.43
2,649,540.00
1.0000000
83,865,053.00
110,504,540.43

SEGUNDO: Se aprueba el financiamiento público para la obtención del voto en las campañas electorales de los Partidos Políticos que participarán en el año 2000 para elegir a los Diputados a la LIV Legislatura del Estado de México y a los integrantes de los 122 Ayuntamientos de esta entidad federativa, por la cantidad de $209,169,308.67 (Doscientos nueve millones ciento sesenta y nueve mil trescientos ocho pesos 67/100), que es el equivalente al doble del financiamiento público ordinario para el año 2000 que corresponde a los Partidos Políticos; Acción Nacional; Revolucionario Institucional; de la Revolución Democrática; del Trabajo; y, Verde Ecologista de México; así como una cantidad adicional igual al financiamiento por actividades ordinarias permanentes en favor de los Partidos Políticos: Convergencia por la Democracia; de Centro Democrático; de la Sociedad Nacionalista; Auténtico de la Revolución Mexicana; Alianza Social; y, Democracia Social, el que será distribuido de la siguiente forma:

FINANCIAMIENTO PUBLICO PARA LA OBTENCION DEL VOTO AÑO 2000

Partido

Actividades Ordinarias

Actividades para la obtención del voto

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

29,386,737.47

58,773,474.93

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

35,579,838.36

71,159,676.72

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

21,870,206.19

43,740,412.39

PARTIDO DEL TRABAJO

5,105,456.94

10,210,913.89

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

6,722,529.28

13,445,058.55

SUMA

98,664,768.24

197,329,536.48

NUEVOS PARTIDOS POLITICOS

CONVERGENCIA POR LA DEMOCRACIA

1,973,295.36

1,973,295.36

PARTIDO DE CENTRO DEMOCRÁTICO

1,973,295.36

1,973,295.36

PARTIDO DE LA SOCIEDAD NACIONALISTA

1,973,295.36

1,973,295.36

PARTIDO AUTÉNTICO DE LA REVOLUCIÓN MEXICANA

1,973,295.36

1,973,295.36

PARTIDO ALIANZA SOCIAL

1,973,295.36

1,973,295.36

DEMOCRACIA SOCIAL

1,973,295.36

1,973,295.36

SUMA

11,839,772.19

11,839,772.19

TOTAL

110,504,540.43

209,169,308.67

TERCERO: El Instituto Electoral del Estado de México, entregará las cantidades que se indican por concepto de financiamiento, para la obtención del voto a las Direcciones Estatales de los Partidos Políticos, que se encuentren acreditadas ante el Instituto Electoral del Estado, en las siguientes exhibiciones:

EXHIBICIONES DEL FINANCIAMIENTO PARA LA OBTENCION DEL VOTO

Partido

1ª Exhibición 40% FRC*

2ª Exhibición 20% 15 de mayo

3ª Exhibición 20% 30 de mayo

4ª Exhibición 20% 15 de junio

Total

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

23,509,389.972

11,754,694.986

11,754,694.986

11,754,694.986

58,773,474.93

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

28,463,870.688

14,231,935.344

14,231,935.344

14,231,935.344

71,159,676.72

PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

17,496,164.956

8,748,082.478

8,748,082.478

8,748,082.478

43,740,412.39

PARTIDO DEL TRABAJO

4,084,365.556

2,042,182.778

2,042,182.778

2,042,182.778

10,210,913.89

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

5,378,023.42

2,689,011.71

2,689,011.71

2,689,011.71

13,445,058.55

NUEVOS PARTIDOS POLITICOS
CONVERGENCIA POR LA DEMOCRACIA

789,318.146

394,659.072

394,659.072

394,659.072

1,973,295.36
PARTIDO DE CENTRO DEMOCRATICO
789,318.146
394,659.072
394,659.072
394,659.072
1,973,295.36
PARTIDO DE LA SOCIEDAD NACIONALISTA
789,318.146
394,659.072
394,659.072
394,659.072
1,973,295.36
PARTIDO AUTENTICO DE LA REVOLUCION MEXICANA
789,318.146
394,659.072
394,659.072
394,659.072
1,973,295.36
PARTIDO ALIANZA SOCIAL
789,318.146
394,659.072
394,659.072
394,659.072
1,973,295.36
DEMOCRACIA SOCIAL
789,318.146
394,659.072
394,659.072
394,659.072
1,973,295.36
TOTAL
83,667,723468
41,833,861.734
41,833,861.734
41,833,861.734
209,169,308.67

* Fecha de Registro de Candidatos

CUARTO: El Calendario para la entrega total de ministraciones tanto del financiamiento público ordinario como del financiamiento para la obtención de votos en el año 2000, será:

CALENDARIO DE MINISTRACIONES DEL FINANCIAMIENTO PUBLICO PARA EL AÑO DEL 2000

PARTIDO
MES

PAN

PRI

PRD

PT

PVEM

TOTAL

ENERO

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

8,222,064.019

FEBRERO

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

8,222,064.019

MARZO

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

8,222,064.019

ABRIL

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

-

PRIMERA EXHIBICION

23,509,389.972

28,463,870.688

17,496,164.956

4,084,365.556

5,378,023.42

-

TOTAL ABRIL

25,958,284.76

31,428,857.218

19,318,682.138

4,509,820.301

5,938,234.193

87,153,878.61

MAYO

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

-

SEGUNDA EXHIBICION

11,754,694.986

14,231,935.344

8,748,082.478

2,042,182.778

2,689,011.71

-

TERCERA EXHIBICION

11,754,694.986

14,231,935.344

8,748,082.478

2,042,182.778

2,689,011.71

-

TOTAL MAYO

25,958,284.76

31,428,857.218

19,318,682.138

4,509,820.301

5,938,234.193

87,153,878.61

JUNIO

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

-

CUARTA EXHIBICION

11,754,694.986

14,231,935.344

8,748,082.478

2,042,182.778

2,689,011.71

-

TOTAL JUNIO

14,203,589.775

17,196,921.874

10,570,599.66

2,467,637.523

3,249,222.483

47,687,971.315

JULIO

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

8,222,064.019

AGOSTO

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

8,222,064.019

SEPTIEMBRE

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

8,222,064.019

OCTUBRE

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

8,222,064.019

NOVIEMBRE

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

8,222,064.019

DICIEMBRE

2,448,894.789

2,964,986.53

1,822,517.182

425,454.745

560,210.773

8,222,064.019

TOTAL
88,160,212.40
106,739,515.08
65,610,618.58
15,316,370.83
20,167,587.83
295,994,304.72
NUEVOS PARTIDOS POLITICOS

PARTIDO

MES

CD

PCD

PSN

PARM

PAS

DS

TOTAL

ENERO

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

986,647.68

FEBRERO

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

986,647.68

MARZO

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

986,647.68

ABRIL

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

-

PRIMERA EXHIBICION

789,318.146

789,318.146

789,318.146

789,318.146

789,318.146

789,318.146

-

TOTAL ABRIL

953,759.426

953,759.426

953,759.426

953,759.426

953,759.426

953,759.426

5,722,556.556

MAYO

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

-

SEGUNDA EXHIBICION

394,659.072

394,659.072

394,659.072

394,659.072

394,659.072

394,659.072

-

TERCERA EXHIBICION

394,659.072

394,659.072

394,659.072

394,659.072

394,659.072

394,659.072

-

TOTAL MAYO

953,759.426

953,759.426

953,759.426

953,759.426

953,759.426

953,759.426

5,722,556.556

JUNIO

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

-

CUARTA EXHIBICION

394,659.072

394,659.072

394,659.072

394,659.072

394,659.072

394,659.072

-

TOTAL JUNIO

559,100.352

559,100.352

559,100.352

559,100.352

559,100.352

559,100.352

3,354,602.112

JULIO

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

986,647.68

AGOSTO

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

986,647.68

SEPTIEMBRE

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

986,647.68

OCTUBRE

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

986,647.68

NOVIEMBRE

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

986,647.68

DICIEMBRE

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

164,441.28

986,647.68

TOTAL

3,946,590.73

3,946,590.73

3,946,590.73

3,946,590.73

3,946,590.73

3,946,590.73

23,679,544.38

 GRAN TOTAL:

319,673,849.10

QUINTO: Los Partidos Políticos deberán contar con un órgano interno encargado de la percepción y administración de sus recursos generales y de campaña, así como de la presentación de los informes correspondientes, debiendo informar de su integración en el mes de enero del año 2000, al Instituto Electoral del Estado de México.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, Méx., a 18 de enero del 2000

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)