El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 20 de marzo del año 2000, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo N° 28
Criterios para la Creación del Comité Técnico de Vigilancia

CONSIDERANDO

 
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 11 párrafo décimo, establece que el Organo Electoral tendrá a su cargo, una serie de actividades entre las cuales se señala la vigilancia, auditoría y actualización del padrón y la lista nominal de electores.
 
II.
Que el Consejo General en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 93, en su sesión ordinaria del día 27 de enero del presente año, mediante su acuerdo N° 7 integró las Comisiones Permanentes dentro de las cuales se encuentra la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 29 de enero del mismo año.
 
III.
Que el Consejo General en su sesión celebrada el día 21 de febrero del presente año, mediante su acuerdo N° 14 publicado en la Gaceta del Gobierno el día 22 de febrero del año que cursa, aprobó el objeto, atribuciones y lineamientos de la mencionada Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores.
 
IV.
Que una de las atribuciones conferidas por el Consejo General mediante su acuerdo N° 14 señaladas en el inciso a) fracciones I y II, como específicas son:
 
1.
Elaborar los proyectos relacionados con lo dispuesto por el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XLIV.
 
2.
Elaborar los estudios que permitan dar cumplimiento a lo establecido en el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XXXIII.
 
a)
Para el desarrollo de estas atribuciones la Comisión creará un órgano técnico interdisciplinario de especialistas en la materia, el cual se integrará con personal del Instituto y de los Partidos Políticos que será el encargado de formular los estudios necesarios que permitan valorar la creación del Registro Estatal de Electores. Además servirá de apoyo a la Comisión en la planeación, seguimiento y desarrollo de los trabajos de actualización, depuración, verificación y auditoría del padrón electoral y lista nominal de electores.
 
V.
Que la Comisión de Vigilancia tiene como objeto auxiliar al Consejo General en la elaboración de los proyectos sobre los mecanismos y programas para la verificación de gabinete y campo del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, en coordinación con la autoridad de la materia. Asimismo, elaborará y presentará al Consejo General, el resultado de los estudios que le permitan valorar la procedencia o improcedencia de reglamentar, en su caso, la organización y funcionamiento del Registro Estatal de Electores.
 
VI.
Que la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, en su sesión del día 15 de marzo del año 2000, sometió a la consideración de sus integrantes, el documento denominado "Criterios para la Creación del Comité Técnico", habiéndose aprobado en sus términos, acordándose asimismo, remitirlo a la consideración del Consejo General del Instituto, vía el Consejero Presidente.
 
VII.
Que mediante oficio N° IEEM/CVADVPLNE/063/00 de fecha 15 de marzo del presente año, suscrito por el Presidente de la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, remitió el documento denominado "Criterios para la Creación del Comité Técnico", que se adjunta al presente acuerdo formado parte del mismo, solicitando su incorporación al orden del día de la próxima sesión que celebre el Organo Superior de Dirección del Instituto.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO: El Consejo General del Instituto, aprueba los Criterios para la Creación del Comité Técnico, presentado por la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, que se adjunta al presente acuerdo.

SEGUNDO: El Comité Técnico de Vigilancia de la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, se integrará de la siguiente forma:

COMITÉ TÉCNICO DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA PARA LA ACTUALIZACIÓN, DEPURACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PADRÓN Y LISTA NOMINAL DE ELECTORES.

PROPUESTAS DE LOS CONSEJEROS ELECTORALES

NOMBRE

CARGO

Lic.Gabriel Guadalupe Barrios Cortéz

Integrante

Mtro. Fortino Vela Peón

Inegrante

PROPUESTAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO

NOMBRE

CARGO

Ing. Francisco López Sepulveda

Integrante

Lic. David de la O. Iñiguez

Integrante

PROPUESTAS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

PARTIDO POLÍTICO

NOMBRE

CARGO

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

Ing. Jesús J. Souto y Alvarado
C. Jorge Raymundo Huizar Villavicencio

Propietario
Suplente

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

C. Héctor Reyes Calderón
Lic. José Luis Flores Gómez

Propietario
Suplente

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCATICA

Lic. Felipe Villanueva EretzaI
C. Araceli Guerra Martínez

Propietario
Suplente

PARTIDO DEL TRABAJO

Pd. Armando Bautista Gómez
C. Alberto C. San Juan Vázquez

Propietario
Suplente

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

Ing. Ma. Cristina Moctezuma Lule
Dip. Carlos Cadena Corona

Propietario
Suplente

PARTIDO CONVERGENCIA POR LA DEMOCRACIA

C. Lucio Arturo Moreno Vidal
C. Edgar Gómez Melecio

Propietario
Suplente

PARTIDO DE CENTRO DEMOCRATICO

Lic. Ma. del Carmen Meis Gómez
Lic. Edgar Amaya Solís

Propietario
Suplente

PARTIDO DE LA SOCIEDAD NACIONALISTA

Lic. Ignacio Villareal Mendoza
C. Ma. Elena Sánchez Castro

Propietario
Suplente

PARTIDO AUTENTICO DE LA REVOLUCIÓN MEXICANA

C. Leticia Hernández Salazar
C. Laura Silvia Pulido Jiménez

Propietario
Suplente

PARTIDO ALIANZA SOCIAL

C. Edmundo Gutiérrez Segoviano
C. Alejandro Pantaleón Montoya

Propietario
Suplente

PARTIDO DEMOCRACIA SOCIAL

C. Martín Virgilio Bravo Peralta
Lic. Aracelí Herrera Mandujano

Propietario
Suplente

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo en la "Gaceta del Gobierno" del Estado de México.

Toluca de Lerdo, Méx., a 20 de marzo del 2000

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)