El Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión
ordinaria del día 20 de marzo del año 2000, se sirvió
aprobar lo siguiente:
Acuerdo N°
28
Criterios para la Creación del Comité Técnico
de Vigilancia
CONSIDERANDO |
|
I. |
Que la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México
en su artículo 11 párrafo décimo, establece
que el Organo Electoral tendrá a su cargo, una serie
de actividades entre las cuales se señala la vigilancia,
auditoría y actualización del padrón
y la lista nominal de electores. |
|
|
II. |
Que el Consejo General en
ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código
Electoral del Estado de México en su artículo
93, en su sesión ordinaria del día 27 de enero
del presente año, mediante su acuerdo N° 7 integró
las Comisiones Permanentes dentro de las cuales se encuentra
la Comisión de Vigilancia para la Actualización,
Depuración y Verificación del Padrón
Electoral y Lista Nominal de Electores, publicado en la Gaceta
del Gobierno el día 29 de enero del mismo año. |
|
|
III. |
Que el Consejo General en
su sesión celebrada el día 21 de febrero del
presente año, mediante su acuerdo N° 14 publicado
en la Gaceta del Gobierno el día 22 de febrero del
año que cursa, aprobó el objeto, atribuciones
y lineamientos de la mencionada Comisión de Vigilancia
para la Actualización, Depuración y Verificación
del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores. |
|
|
IV. |
Que una de las atribuciones
conferidas por el Consejo General mediante su acuerdo N°
14 señaladas en el inciso a) fracciones I y II, como
específicas son: |
|
|
|
1. |
Elaborar los proyectos
relacionados con lo dispuesto por el Código Electoral
del Estado de México en su artículo 95
fracción XLIV. |
|
|
2. |
Elaborar los estudios que permitan
dar cumplimiento a lo establecido en el Código
Electoral del Estado de México en su artículo
95 fracción XXXIII. |
|
|
|
a) |
Para el desarrollo
de estas atribuciones la Comisión creará
un órgano técnico interdisciplinario
de especialistas en la materia, el cual se integrará
con personal del Instituto y de los Partidos Políticos
que será el encargado de formular los estudios
necesarios que permitan valorar la creación
del Registro Estatal de Electores. Además
servirá de apoyo a la Comisión en
la planeación, seguimiento y desarrollo
de los trabajos de actualización, depuración,
verificación y auditoría del padrón
electoral y lista nominal de electores. |
|
|
|
|
V. |
Que la Comisión de Vigilancia
tiene como objeto auxiliar al Consejo General en la elaboración
de los proyectos sobre los mecanismos y programas para la
verificación de gabinete y campo del Padrón
Electoral y Lista Nominal de Electores, en coordinación
con la autoridad de la materia. Asimismo, elaborará
y presentará al Consejo General, el resultado de los
estudios que le permitan valorar la procedencia o improcedencia
de reglamentar, en su caso, la organización y funcionamiento
del Registro Estatal de Electores. |
|
|
VI. |
Que la Comisión de Vigilancia
para la Actualización, Depuración y Verificación
del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores,
en su sesión del día 15 de marzo del año
2000, sometió a la consideración de sus integrantes,
el documento denominado "Criterios para la Creación
del Comité Técnico", habiéndose
aprobado en sus términos, acordándose asimismo,
remitirlo a la consideración del Consejo General del
Instituto, vía el Consejero Presidente. |
|
|
VII. |
Que mediante oficio N° IEEM/CVADVPLNE/063/00
de fecha 15 de marzo del presente año, suscrito por
el Presidente de la Comisión de Vigilancia para la
Actualización, Depuración y Verificación
del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores,
remitió el documento denominado "Criterios para
la Creación del Comité Técnico",
que se adjunta al presente acuerdo formado parte del mismo,
solicitando su incorporación al orden del día
de la próxima sesión que celebre el Organo Superior
de Dirección del Instituto. |
|
|
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO: El
Consejo General del Instituto, aprueba los Criterios para la Creación
del Comité Técnico, presentado por la Comisión
de Vigilancia para la Actualización, Depuración
y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal
de Electores, que se adjunta al presente acuerdo.
SEGUNDO: El
Comité Técnico de Vigilancia de la Comisión
de Vigilancia para la Actualización, Depuración
y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal
de Electores, se integrará de la siguiente forma:
COMITÉ TÉCNICO
DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA PARA LA ACTUALIZACIÓN,
DEPURACIÓN
Y VERIFICACIÓN DEL PADRÓN Y LISTA
NOMINAL DE ELECTORES.
PROPUESTAS DE LOS CONSEJEROS
ELECTORALES
NOMBRE
|
CARGO
|
Lic.Gabriel Guadalupe Barrios Cortéz |
Integrante |
Mtro. Fortino Vela Peón |
Inegrante |
PROPUESTAS DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DEL INSTITUTO
NOMBRE
|
CARGO
|
Ing. Francisco López Sepulveda |
Integrante |
Lic. David de la O. Iñiguez |
Integrante |
PROPUESTAS DE LOS REPRESENTANTES
DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
PARTIDO
POLÍTICO |
NOMBRE
|
CARGO
|
PARTIDO ACCIÓN
NACIONAL |
Ing. Jesús J. Souto y Alvarado
C. Jorge Raymundo Huizar Villavicencio |
Propietario
Suplente |
PARTIDO REVOLUCIONARIO
INSTITUCIONAL |
C. Héctor Reyes Calderón
Lic. José Luis Flores Gómez |
Propietario
Suplente |
PARTIDO DE
LA REVOLUCIÓN DEMOCATICA |
Lic. Felipe Villanueva EretzaI
C. Araceli Guerra Martínez |
Propietario
Suplente |
PARTIDO DEL
TRABAJO |
Pd. Armando Bautista Gómez
C. Alberto C. San Juan Vázquez |
Propietario
Suplente |
PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO |
Ing. Ma. Cristina Moctezuma Lule
Dip. Carlos Cadena Corona |
Propietario
Suplente |
PARTIDO CONVERGENCIA
POR LA DEMOCRACIA |
C. Lucio Arturo Moreno Vidal
C. Edgar Gómez Melecio |
Propietario
Suplente |
PARTIDO DE
CENTRO DEMOCRATICO |
Lic. Ma. del Carmen Meis Gómez
Lic. Edgar Amaya Solís |
Propietario
Suplente |
PARTIDO DE
LA SOCIEDAD NACIONALISTA |
Lic. Ignacio Villareal Mendoza
C. Ma. Elena Sánchez Castro |
Propietario
Suplente |
PARTIDO AUTENTICO
DE LA REVOLUCIÓN MEXICANA |
C. Leticia Hernández Salazar
C. Laura Silvia Pulido Jiménez |
Propietario
Suplente |
PARTIDO ALIANZA
SOCIAL |
C. Edmundo Gutiérrez Segoviano
C. Alejandro Pantaleón Montoya |
Propietario
Suplente |
PARTIDO DEMOCRACIA
SOCIAL |
C. Martín Virgilio Bravo Peralta
Lic. Aracelí Herrera Mandujano |
Propietario
Suplente |
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese
el presente acuerdo en la "Gaceta del Gobierno" del Estado de
México.
Toluca de Lerdo, Méx., a
20 de marzo del 2000
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE
DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ
GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO
GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA
CISNEROS
(RUBRICA)
|