El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 20 de marzo del año 2000, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo N° 30
Auditoría Externa al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores

CONSIDERANDO

 
I.
Que el Consejo General en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 93, en su sesión ordinaria del día 27 de enero del presente año mediante su acuerdo N° 7, integró la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 29 de enero del mismo año.
 
II.
Que el Consejo General en su sesión del día 21 de febrero del presente año, mediante su acuerdo N° 14 publicado en la Gaceta del Gobierno el día 22 de febrero del año que cursa, aprobó que el objeto de la Comisión de referencia será el de auxiliar al Consejo General en la elaboración de Proyectos sobre los Mecanismos y Programas para la Verificación de Gabinete y Campo del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, con la autoridad de la materia.
 
III.
Que el Organo superior de Dirección en su mismo acuerdo estableció como atribuciones de la Comisión en materia de verificación y auditoría del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, las siguientes:
 
a)
Definir los mecanismos y programas de verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, tomando en consideración las propuestas de los integrantes de la Comisión, en coordinación con la autoridad de la materia.
 
b)
Definir los Mecanismos y Programas de Auditoría del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electorales en coordinación con la autoridad de la materia.
 
c)
Vigilar que los Programas de Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, se desarrollen de conformidad a lo establecido por la Comisión.
 
d)
Proponer los mecanismos que se consideren necesarios para determinar la confiabilidad del Padrón Electoral.
 
e)
Establecer los canales de comunicación necesarios para que los integrantes de la Comisión tengan una amplía participación en la Observación y Vigilancia de los Mecanismos y Programas de Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores.
 
IV.
Que la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, en ejercicio de estas atribuciones, en su sesión del día 15 de marzo del presente año, aprobó el documento denominado Proyecto de Auditoría Externa al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores que se adjunta, acordándose también su remisión al Consejo General, vía el Consejero Presidente, para su aprobación definitiva.
 
V.
Que el Presidente de la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, mediante oficio N° IEEM/CVADVPLNE/63/00, remitió al Consejero Presidente del Consejo General, la solicitud de someter al Consejo General el Proyecto de Auditoría Externa al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores.
   
VI.
Que el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 95 fracción XLIV establece como atribución del Consejo General, la de aprobar los Mecanismos y Programas para la Verificación de Gabinete y Campo del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, en coordinación con la autoridad en la materia.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprueba el Proyecto de Auditoría Externa al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores que se adjunta al presente acuerdo formando parte del mismo y lo convierte en definitivo.

SEGUNDO.- La contratación de empresas que realicen la auditoría externa al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores que se autoriza, deberá sujetarse previamente a concurso público abierto, que realizará el Instituto Electoral del Estado de México a través de la Junta General, para la adjudicación definitiva por parte del Consejo General.

TERCERO.- La Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, vigilará y observará el procedimiento de licitación pública que desarrolle la Junta General para la contratación de las empresas para que, en su oportunidad, se apruebe por el Consejo General.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, México, a 20 de marzo del 2000

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)