El Consejo General del Instituto Electoral
del Estado de México, en su sesión extraordinaria
del día 19 de mayo del año 2000, se sirvió aprobar lo siguiente:
Acuerdo
N° 52
Sustitución de Candidatos a Miembros de los Ayuntamientos
del Estado de México
CONSIDERANDO
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I. |
Que el Consejo General
del Instituto mediante acuerdo N° 42 publicado en la
Gaceta del Gobierno, el día 4 de mayo del presente
año, aprobó el registro de candidatos a miembros
de los Ayuntamientos del Estado de México. |
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II. |
Que el Código
Electoral del Estado de México, en su artículo
151 fracción II, contemplan la posibilidad de que
los Partidos Políticos puedan proceder a la sustitución
por renuncia de sus candidatos, debiendo hacerlo por escrito
ante el Consejo General del Instituto. |
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III. |
Que el Consejo General,
recibió las solicitudes de sustitución, vía
renuncia, de candidatos a miembros de los Ayuntamientos
del Estado de México, acompañada de las renuncias
correspondientes de los Partidos: Partido Acción
Nacional; Partido de la Revolución Democrática;
Partido del Trabajo; Partido Verde Ecologista de México;
Convergencia por la Democracia; Partido de Centro Democrático;
Partido de la Sociedad Nacionalista; Partido Auténtico
de la Revolución Mexicana; Partido Alianza Social;
y, Democracia Social. |
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IV. |
Que los Partidos Políticos
que se indican en el considerando anterior, al solicitar
las sustituciones acompañaron con sus nuevas postulaciones
de candidatos a miembros de los Ayuntamientos, la documentación
que acredita la elegibilidad de las mismas, cumpliendo con
lo establecido por la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo
119 y no se encuentra en los supuestos que establece el
artículo 120 de la Constitución Local y que
asimismo cumplen con los requisitos legales establecidos
por el Código Electoral del Estado de México,
en sus artículos 15, 16 y 148, por lo cual es procedente
que el Consejo General otorgue el registro, vía sustitución,
por renuncia. |
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En mérito de lo
anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO: Se aprueba el registro, vía sustitución por causa de renuncia de candidatos para la elección ordinaria de miembros de los ayuntamientos del Estado de México, que se efectuará el día 2 de julio del año 2000, a los ciudadanos que se señalan en el anexo del presente acuerdo, por haber reunido los requisitos de elegibilidad que se señalan en el artículo 119 y no están dentro de lo previsto en el artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 15, 16 Y 148 del Código Electoral del Estado.
SEGUNDO: La Dirección General notificará a la empresa Lithoformas S.A. de C.V., para la impresión de boletas electorales, de los nombres de los candidatos sustitutos que autoriza el presente acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese
el presente acuerdo en la "Gaceta del Gobierno" del
Estado de México.
SEGUNDO.- Notifíquese
a los Consejos Municipales Electorales, y a los representantes
de los Partidos Políticos acreditados ante el Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de México, para su conocimiento
y efectos consiguientes.
Toluca de Lerdo, Méx., a
19 de mayo del 2000
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL
CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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