El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 19 de mayo del año 2000, se sirvió expedir lo siguiente:

Acuerdo N° 57
Lineamientos para el Funcionamiento de la Comisión Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos

CONSIDERANDO

   
I.
Que el Consejo General en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Código Electoral del Estado de México en su artículo 93, en su sesión del día 27 de enero del año 2000, aprobó mediante su acuerdo N° 7, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 29 de enero del año en curso, la integración de las Comisiones Permanentes para el año 2000.
   
II.
Que una de las Comisiones Permanentes aprobadas por el Consejo General es la Comisión Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos, integrada por tres Consejeros Electorales con derecho a voz y voto y un representante de cada Partido Político con derecho a voz, así como por el Director de Partidos Políticos como Secretario Técnico.
   
III.
Que con fecha 1° de febrero del año en curso, se instaló formalmente la Comisión Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos, dando cumplimiento con ello, al artículo segundo transitorio del acuerdo de su creación.
   
IV.
Que conforme a lo establecido en el artículo 93 último párrafo del Código Electoral del Estado de México, las circulares, proyectos de acuerdo, de resolución o de dictamen que emitan las Comisiones para que adquieran obligatoriedad, deben ser aprobadas por el Consejo General.
   
V.
Que el Consejo General en el punto segundo del acuerdo N° 7, impuso la obligación a las Comisiones Permanentes para formular y presentar a la consideración del Organo Superior de Dirección, sus proyectos de objeto, atribuciones, lineamientos y procedimientos para su aprobación correspondiente y poder con el ello, desarrollar con un marco jurídico sus actividades durante los Procesos Electorales del año 2000.
   
VI.
Que la Comisión Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos, en su sesión celebrada el día 12 de mayo del año 2000, conoció y aprobó el Proyecto de los Lineamientos para el Funcionamiento de la Comisión Dictaminadora de Registro de Partidos Políticos, acordándose remitirlo al Consejero Presidente del Consejo General para someterse a la consideración y, en su caso, aprobación del Consejo General.
   
VII.
Que mediante oficio N° IEEM/CDRPP/027/00 de fecha 15 de mayo del presente año, dirigido a la Secretaría General, suscrito por el Secretario Técnico de la Comisión, fue remitido el Proyecto de Lineamientos de Funcionamiento de la Comisión Dictaminadora de Registro de Partidos Políticos, solicitando ser sometida a la consideración y, en su caso, aprobación del Consejo General.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprueba en sus términos el Proyecto de Lineamientos para el Funcionamiento de la Comisión Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos y se les otorga el carácter de definitivo, mismo que se adjuntan al presente acuerdo, formando parte del mismo.

TRANSITORIO

UNICO: Publíquese el presente acuerdo en la "Gaceta del Gobierno" del Estado de México.

Toluca de Lerdo, Méx., a 19 de mayo del 2000

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)