El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 14 de junio del año 2000, se sirvió expedir lo siguiente:
Acuerdo N° 75
Segunda Revisión Precautoria sobre Topes de Campaña para los Procesos Electorales del año 2000
CONSIDERANDO |
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I. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 61 fracción II inciso c), establece que el Consejo General podrá aprobar hasta dos Revisiones Precautorias sobre el cumplimiento de los topes de campaña; la primera, se realizará a la mitad de tiempo de duración de las campañas electorales; la segunda, será realizada en los últimos diez días de la campaña electoral correspondiente. |
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II. |
Que el mismo dispositivo legal en esa fracción, pero en el inciso e), establece que los Partidos Políticos en un plazo no menor a diez días previos a la revisión precautoria, deberán ser notificados de los Distritos y Municipios que resulten sorteados de acuerdo al inciso anterior, acompañando a ésta, la solicitud de la documentación necesaria para efectuar dicha revisión. |
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III. |
Que el Consejo General aprobó en sesión del día 27 de enero del presente año, mediante su acuerdo N° 7 publicado en la Gaceta del Gobierno el día 29 de enero del año que cursa, la integración de la Comisión de Fiscalización del Instituto, a efecto de atender y ejercer las atribuciones que se establecen en el Código Electoral del Estado de México en su artículo 61 y relativos a la materia de fiscalización, de los recursos que reciben los Partidos Políticos y la forma de su aplicación.
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IV. |
Que el Consejo General en su sesión ordinaria del día 9 de mayo del año 2000, se sirvió aprobar mediante su acuerdo N° 45 publicado en la Gaceta del Gobierno el día 11 de mayo del presente año, la realización de dos Revisiones Precautorias para los Procesos Electorales del año 2000, facultando a la Comisión de Fiscalización para su realización. |
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V. |
Que la Comisión de Fiscalización en su séptima sesión ordinaria celebrada el día 5 de junio del presente año, aprobó el procedimiento para la realización de la Segunda Revisión Precautoria para los Procesos Electorales del año 2000, acordándose asimismo, someter la propuesta al Consejo General, considerando que existen dos alternativas para llevar a cabo la Segunda Revisión Precautoria, mismas que enseguida se indican: |
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1. |
Celebrar un sorteo para seleccionar un 20% del total de las campañas de Diputados y Ayuntamientos como se hizo para la Primera Revisión Precautoria.
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2. |
Ratificar la muestra de campañas Municipales y Distritales seleccionada, para realizar la Primera Revisión Precautoria, para que sobre esa misma se lleve a cabo la Segunda Revisión Precautoria.
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VI. |
Que mediante oficio N° IEEM/CF/415/00 de fecha 5 de junio del presente año, suscrito por el Secretario Técnico de la Comisión de Fiscalización, remitido a la Secretaria General del Consejo General, solicita someter a la consideración del Consejo General, la aprobación del criterio para determinar la realización de la Segunda Revisión Precautoria en las campañas de Diputados y Ayuntamientos del año 2000. |
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En mérito de lo anterior se expide el siguiente |
ACUERDO
PRIMERO: El Consejo General aprueba como criterio para practicar la Segunda Revisión Precautoria sobre Topes de Campaña de los Procesos Electorales del año 2000, el muestreo en municipios y distritos que se utiliza para el monitoreo de medios alternos, adjuntándose los mapas donde se describe el número de municipios y de distritos.
SEGUNDO: La Comisión de Fiscalización procederá de inmediato a notificar a los Partidos Políticos el presente acuerdo, para los fines y efectos legales a que haya lugar, el muestro en municipios y distritos que se utiliza para el monitoreo de medios alternos.
TERCERO: La Segunda Revisión Precautoria sobre Topes de Campaña de los Procesos Electorales del año 2000, se realizará del día 25 al día 28 del mes de junio del año en curso.
TRANSITORIO
UNICO: Publíquese el presente acuerdo, en el periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Toluca de Lerdo, Méx., a 14 de junio del 2000
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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