El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 14 de junio del año 2000, se sirvió expedir lo siguiente:

Acuerdo N° 77
Lineamientos para la Contratación y Actuación del Personal de Apoyo para la
Jornada Electoral del día 2 de julio del año 2000

CONSIDERANDO

   
I.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 193 establece que los Consejos Municipales y Distritales Electorales podrán solicitar a las Juntas Ejecutivas correspondientes, la contratación del personal eventual que se requiera para los actos preparatorios de la jornada electoral y para el día de la elección, pudiendo valorar y, en su caso, objetar la calidad y la idoneidad del personal que se pretenda contratar.
   
II.
Que la Comisión de Organización y Capacitación en su sesión del día 6 de junio, conoció y aprobó la propuesta del documento denominado Lineamientos para la Contratación y Actuación del Personal de Apoyo que será contratado por las Juntas Municipales y Distritales Ejecutivas en uso de la facultad que les corresponde y que ha quedado señalada en el considerando anterior, lo cual permitirá uniformar la contratación y las actividades del mencionado personal y garantizará a su vez el eficaz apoyo para los funcionarios electorales que actúen antes, durante y después de la jornada electoral del día 2 de julio del año 2000.
   
III.
Que con este propósito se estimó conveniente por la Comisión de Organización y Capacitación elevar a la consideración del Consejo General la propuesta de Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo, documento donde se describen con toda precisión las atribuciones que tendrá el personal de apoyo, a efecto de que se aprueben y se recomiende su aplicación por parte de los órganos desconcentrados del Instituto que operan el proceso electoral en toda la Entidad.
   
IV.
Que la Comisión de Organización y Capacitación, mediante oficio suscrito por la Presidenta de la misma, remitió a la Presidencia del Consejo General, el Proyecto de Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo, solicitándose someterlo a la consideración del Consejo General.
 
   
En mérito de lo anterior se expide el siguiente

ACUERDO

PRIMERO: El Consejo General aprueban los Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo que presenta la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto, que se adjunta al presente acuerdo formando parte del mismo.

SEGUNDO: Se considerará como personal de apoyo para los procesos electorales del año 2000, aquellos ciudadanos que a solicitud de los Consejos Municipales y Distritales contraten las Juntas Municipales y Distritales Electorales en cada uno de sus municipios y distritos, para apoyar las actividades que se realicen antes, durante y después de la jornada electoral del día 2 de julio del año 2000.

El personal de apoyo quedará bajo las órdenes e instrucciones de los Consejos Distritales y Municipales correspondientes.

Los Consejos Distritales y Municipales Electorales entregarán a los representantes de los Partidos Políticos, la relación del personal de apoyo contratado

TERCERO: Los Consejos Municipales y Distritales Electorales, informarán a la Dirección General del Instituto, la contratación del personal de apoyo que realicen para conocimiento del órgano central y para su pago correspondiente.

CUARTO: El personal de apoyo se identificará con un gafete expedido por el Consejo Municipal o Distrital correspondiente.

QUINTO: Los Consejos Municipales o Distritales Electorales en cualquier momento podrán sustituir, a petición fundada y motivada de sus integrantes, al personal de apoyo que contraten las Juntas Municipales o Distritales Ejecutivas.

TRANSITORIOS

PRIMERO: Publíquese el presente acuerdo con los Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de apoyo, en el periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO: Notifíquese a las Juntas y Consejos Municipales y Distritales Electorales para su cumplimiento.

Toluca de Lerdo, Méx., a 14 de junio del 2000

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)