El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 30 de marzo del año 2001, se sirvió expedir lo siguiente:

Acuerdo N° 10
Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos, Objeto,
Atribuciones y Lineamientos de Organización y Funcionamiento

CONSIDERANDO

 
I.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 93 se establece que el Consejo General integrará las Comisiones que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, con el número de miembros que para cada caso acuerde.
 
 
III.
Las Comisiones Especiales serán aquellas que se formen para atender asuntos particulares y las cuales no puedan ser atendidos por las demás comisiones, debiéndose establecer en el acuerdo de su creación, los motivos de su creación, objetivos, propósitos y tiempo de vigencia…"
 
II.

Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en ejercicio de la atribución que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 93 fracción III, en su sesión del día 25 de enero del año 2001, creó la Comisión Especial para la Elaboración de Programas Especiales de Fortalecimiento de los Partidos Políticos, quedando integrada de la siguiente forma:

Presidente:
Mtro. Alvaro Arreola Ayala, Consejero Electoral
Com. Miguel Angel Juárez Franco, Consejero Electoral
Lic. Nelly Sofía Gómez Haaz, Consejera Electoral
Lic. José Bernardo García Cisneros, Secretario General
Un Representante por cada uno de los Partidos Políticos
acreditados en el Instituto Electoral del Estado de México;
y,
 
Secretario Técnico:
Lic. Ezequiel Jiménez Garcés, Director de Administración
   
 
III.
Que en la misma sesión del día 25 de enero del presente año, el Organo Superior de Dirección, instruyó a la Comisión de referencia a instalarse a la brevedad y elaborar el Proyecto de Objeto, Atribuciones y Lineamientos de Organización y Funcionamiento para que se presente, en su oportunidad, a la consideración y, en su caso, a la aprobación del Consejo General.
 
IV.
Que la Comisión creada por el Consejo General, llevó a cabo el día 6 de marzo del año en curso, sesión de Instalación Formal aprobándose por unanimidad de votos, con el consenso de los Partidos Políticos sus acuerdos 1 y 2 relativos al objeto, atribuciones y duración de la Comisión; y, a los lineamientos de organización y funcionamiento respectivamente, acordándose su remisión a la consideración y, en su caso, aprobación del Consejo General.
 
V.
Que todos los integrantes de la Comisión de referencia, en esa misma sesión, se pronunciaron por solicitar respetuosamente al Consejo General, la modificación de la denominación de la misma, estimando que el nombre de la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos abarca en su concepto la intención del Organo Superior de Dirección, al constituirla el día 25 de enero del año 2001, aprobándose también que se remita por oficio al Consejo General la propuesta de cambio de denominación y, como consecuencia de ello, la modificación del acuerdo que le dio origen.
 
VI.
Que la Comisión, estimando que el Consejo General habrá de aceptar el cambio de denominación que se propone, elaboró sus acuerdos 1 y 2 que han quedado señalados en el considerando cuatro de este acuerdo con la denominación de "Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos" y así fueron remitidos por su Presidente Maestro Alvaro Arreola Ayala y Secretario Técnico, Lic. Ezequiel Jiménez Garcés, a la Secretaría General del Instituto, mediante oficio N° IEEM/CEFPP/20/2001, solicitando su incorporación en el orden del día de la próxima sesión para el estudio y aprobación en sus términos.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General aprueba la modificación de su acuerdo del día 25 de enero del año 2001, en cuanto al nombre de la Comisión denominándose a partir de la fecha del presente acuerdo, como "Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos".

SEGUNDO.- Se aprueban los acuerdos números 1 y 2 remitidos por la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos denominados "Objeto, Atribuciones y Duración de la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos" y "Lineamientos de Organización y Funcionamiento de la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos" y, como consecuencia de ello, se tiene como:

 
a)
Motivos de Creación: Utilizar el remanente por la cantidad de $15,256,785.84 (quince millones doscientos cincuenta y seis mil setecientos ochenta y cinco pesos 84/100), que resulta del decreto N° 14 de la LIV Legislatura del Estado, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 29 de diciembre del año 2000, relacionado con la Partida de Prerrogativas autorizada a favor de los Partidos Políticos para el año 2001.
   
b)

Objeto: La Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos tendrá por objeto elaborar, aprobar y ordenar la publicación de programas que fortalezcan a los Partidos Políticos legalmente acreditados ante el Instituto Electoral del Estado de México y a su militancia, en su formación, capacitación e intercambio de experiencias, respecto de la legislación y Justicia Electoral, temáticas generales de política social y partidista; así como las que promoverán la cultura político democrática, en el ámbito estatal, nacional e internacional.

Todos los Partidos Políticos participarán en forma igualitaria en los Programas de la Comisión.

   
c)
Propósitos: Se considera como propósitos de la Comisión, las atribuciones que se describen y que forman parte de este acuerdo en el punto segundo del acuerdo número 1 de la Comisión, los que aquí se tienen por reproducidos como si a la letra lo fueren.
   
d)
Tiempo de Vigencia: La Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos tendrá como vigencia la relacionada con el ejercicio presupuestal del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2001.

TERCERO.- La Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos, al concluir sus funciones deberá presentar al Consejo General un informe final de actividades y el proyecto de dictamen correspondiente.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, con los acuerdos 1 y 2 de la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos que se adjuntan y forman parte del presente acuerdo.

Toluca de Lerdo, México, a 30 de marzo del 2001

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)