El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 9 de enero del año 2003, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo Nº 65
Sustitución de integrantes de Juntas y Consejos Distritales Electorales y Juntas y Consejos Municipales Electorales.

CONSIDERANDO

   
I.
Que el Consejo General, mediante su acuerdo N° 33 aprobado en su sesión del día 30 de septiembre del 2002, publicado en la Gaceta del Gobierno el mismo día, designó a los ciudadanos para integrar las Juntas Distritales Ejecutivas y los Consejos Distritales Electorales y mediante sus acuerdos números 40, 46 y 54 de fechas 29 de octubre, 28 de noviembre y 28 de diciembre del 2002, la sustitución de aquellos vocales y consejeros distritales electorales que renunciaron al cargo.
 
II.
Que el Consejo General, en su sesión del día 29 de octubre del año en curso, aprobó mediante su acuerdo N° 41, publicado en la Gaceta del Gobierno en fecha 30 de octubre del mismo año, la designación de los ciudadanos para integrar las Juntas Municipales Ejecutivas y los Consejos Municipales Electorales y mediante sus acuerdos números 46 y 54 de fechas 28 de noviembre y 28 de diciembre del 2002, la sustitución de aquellos vocales y consejeros municipales electorales que renunciaron al cargo.
 
III.
Que a partir de la sesión del Consejo General del día 28 de diciembre del 2002, se han recibido en la Presidencia del Consejo General diversos escritos presentados por Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales que fueron designados por el Organo Superior de Dirección, presentando sus renuncias a los cargos conferidos por el Consejo General.
 
IV.
Que asimismo, se han presentado algunas otras razones por las que se hace necesario sustituir a algunos vocales y consejeros que fueron designados por el Consejo General con base en los acuerdos de referencia.
 
V.
Que los acuerdos números 33 y 41 del Consejo General, establecen en su punto cuarto que el Organo Superior de Dirección, en cualquier momento podrá sustituir a los Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales, a petición fundada y motivada, procediendo en consecuencia, a realizar en el presente caso las sustituciones correspondientes.
 
VI.
Que la Comisión Especial del Servicio Electoral Profesional en sesión celebrada el día 4 de enero del año en curso, conoció de las renuncias de Vocales Distritales y Municipales, designados mediante acuerdos números 33, 41 y 54 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta al Consejo General para su aprobación definitiva.
 
VII.
Que la Comisión de Organización y Capacitación en sesión celebrada en fecha 8 de enero del presente año, conoció de las renuncias de Consejeros Distritales y Municipales designados mediante los citados acuerdos N° 33, 41 y 54 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta para su aprobación definitiva.
 
VIII.
Que la Junta General, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 99 fracciones IV y VI, revisó los expedientes, tanto de los ciudadanos que cursaron el Programa del Servicio Electoral Profesional y de los ciudadanos que fueron enlistados en la primera propuesta realizada al Consejo General, presentando a la consideración del Órgano Superior de Dirección, vía la Comisión del Servicio Electoral Profesional y de la Comisión de Organización y Capacitación, la propuesta de los ciudadanos para ocupar el cargo de Vocales y Consejeros Distritales Electorales y Vocales y Consejeros Municipales Electorales, a fin de sustituir a los que originalmente fueron designados.
 
IX.
Que el Consejo General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracciones IX segundo párrafo y XI segundo párrafo, es el órgano facultado para designar a los vocales de acuerdo al Programa del Servicio Electoral Profesional, así como a los Consejeros Distritales y Municipales que le proponga la Junta General del Instituto.
 
X.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XI, otorga al Consejo General la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Vocales de las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas, a las personas que fueron designadas en su oportunidad y se nombran en su lugar a los siguientes ciudadanos:

JUNTAS DISTRITALES EJECUTIVAS

Junta Distrital No.
Cabecera
Vocal
12
El Oro
Vocal Ejecutivo  
  Vocal de Organización  
  Vocal de Capacitación Miguel Ruiz Pérez
19
Cuautitlan
Vocal Ejecutivo Juan José Regalado Aranda
  Vocal de Organización  
  Vocal de Capacitación  

JUNTAS MUNICIPALES EJECUTIVAS

Junta Municipal
Vocales
Nextlalpan
Vocal Ejecutivo  
Vocal de Organización Clara Oviedo Zúñiga
Vocal de Capacitación  
Papalotla
Vocal Ejecutivo  
Vocal de Organización Jorge Efraín Pérez Galicia
Vocal de Capacitación  
Villa de Luvianos
Vocal Ejecutivo  
Vocal de Organización  
Vocal de Capacitación Juan Carlos Lucio Salinas
Valle de Chalco Solidaridad
Vocal Ejecutivo Angelica Muñoz Reyes
Vocal de Organización  
Vocal de Capacitación Laura Mora Mondragón

SEGUNDO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Consejeros Distritales y Municipales Electorales a los ciudadanos que fueron designados en su oportunidad y se nombran en su lugar a las siguientes personas:

CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES

Consejo Distrital N°
Cabecera
Propietario
Suplente
VII
Tenancingo
   
       
       
       
       
      Garduño Sanchez Ruth

CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES

Consejo Municipal
Propietario
Suplente
Isidro Fabela
   
   
   
   
   
  Rosas Rosas Paulino
Jilotzingo
   
   
   
   
   
  Contreras Jacobo José Juan
Otzoloapan
   
   
   
   
   
  Aguirre Benítez Isaías Enrique
La Paz
  Barrón Galindo José Hilario Román
   
   
   
   
   
San Mateo Atenco
   
   
   
  Ramírez Taboada Jorge Alberto
   
   
San Simón de Guerrero
   
   
Ortiz Maya Irineo Salvador Casiano Mejía Norma Esmeralda
   
   
   
Santo Tomás de los Plátanos
   
   
   
  Medina Ramírez Jorge
   
   
Temascalcingo
   
   
De la Cruz Cruz Catalina García Romero Felipe
  Hernández Buenaventura José Luis
   
   
Texcalyacac
   
   
  Aguirre Flores Alma Lilia
   
   
   
Tianguistenco
   
   
  Nava Olvera Jaime
   
   
  Romero Antonio María de los Angeles
Toluca
   
   
   
  Alegría García Josefina
   
   
Tultepec
   
   
   
   
   
  Zúñiga Aguilar Guillermo
Zinacantepec
  Aguilar Rodríguez Carlos Alberto
  Alvarado García René Joel
  Álvarez Contreras Natividad
   
   
   
Zumpahuacán
   
   
   
   
   
  Díaz Salgado Eva

TERCERO.- La Presidenta del Consejo General, el Director General y el Secretario General expedirán los nombramientos a los Vocales Distritales y Municipales; y, a los Consejeros Distritales y Municipales que se designan en los puntos primero y segundo de este acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO.- Notifíquese a las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas las sustituciones acordadas para todos los efectos legales correspondientes.

Toluca de Lerdo, México, a 9 de enero del 2003.

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)