El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 9 de enero del año 2003, se sirvió aprobar lo siguiente:
Acuerdo Nº 65
Sustitución de integrantes de Juntas y Consejos Distritales Electorales y Juntas y Consejos Municipales Electorales. CONSIDERANDO |
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I. |
Que el Consejo General, mediante su acuerdo N° 33 aprobado en su sesión del día 30 de septiembre del 2002, publicado en la Gaceta del Gobierno el mismo día, designó a los ciudadanos para integrar las Juntas Distritales Ejecutivas y los Consejos Distritales Electorales y mediante sus acuerdos números 40, 46 y 54 de fechas 29 de octubre, 28 de noviembre y 28 de diciembre del 2002, la sustitución de aquellos vocales y consejeros distritales electorales que renunciaron al cargo. |
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II. |
Que el Consejo General, en su sesión del día 29 de octubre del año en curso, aprobó mediante su acuerdo N° 41, publicado en la Gaceta del Gobierno en fecha 30 de octubre del mismo año, la designación de los ciudadanos para integrar las Juntas Municipales Ejecutivas y los Consejos Municipales Electorales y mediante sus acuerdos números 46 y 54 de fechas 28 de noviembre y 28 de diciembre del 2002, la sustitución de aquellos vocales y consejeros municipales electorales que renunciaron al cargo. |
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III. |
Que a partir de la sesión del Consejo General del día 28 de diciembre del 2002, se han recibido en la Presidencia del Consejo General diversos escritos presentados por Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales que fueron designados por el Organo Superior de Dirección, presentando sus renuncias a los cargos conferidos por el Consejo General. |
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IV. |
Que asimismo, se han presentado algunas otras razones por las que se hace necesario sustituir a algunos vocales y consejeros que fueron designados por el Consejo General con base en los acuerdos de referencia. |
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V. |
Que los acuerdos números 33 y 41 del Consejo General, establecen en su punto cuarto que el Organo Superior de Dirección, en cualquier momento podrá sustituir a los Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales, a petición fundada y motivada, procediendo en consecuencia, a realizar en el presente caso las sustituciones correspondientes. |
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VI. |
Que la Comisión Especial del Servicio Electoral Profesional en sesión celebrada el día 4 de enero del año en curso, conoció de las renuncias de Vocales Distritales y Municipales, designados mediante acuerdos números 33, 41 y 54 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta al Consejo General para su aprobación definitiva. |
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VII. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación en sesión celebrada en fecha 8 de enero del presente año, conoció de las renuncias de Consejeros Distritales y Municipales designados mediante los citados acuerdos N° 33, 41 y 54 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta para su aprobación definitiva. |
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VIII. |
Que la Junta General, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 99 fracciones IV y VI, revisó los expedientes, tanto de los ciudadanos que cursaron el Programa del Servicio Electoral Profesional y de los ciudadanos que fueron enlistados en la primera propuesta realizada al Consejo General, presentando a la consideración del Órgano Superior de Dirección, vía la Comisión del Servicio Electoral Profesional y de la Comisión de Organización y Capacitación, la propuesta de los ciudadanos para ocupar el cargo de Vocales y Consejeros Distritales Electorales y Vocales y Consejeros Municipales Electorales, a fin de sustituir a los que originalmente fueron designados. |
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IX. |
Que el Consejo General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracciones IX segundo párrafo y XI segundo párrafo, es el órgano facultado para designar a los vocales de acuerdo al Programa del Servicio Electoral Profesional, así como a los Consejeros Distritales y Municipales que le proponga la Junta General del Instituto. |
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X. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XI, otorga al Consejo General la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles. |
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En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Vocales de las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas, a las personas que fueron designadas en su oportunidad y se nombran en su lugar a los siguientes ciudadanos:
JUNTAS DISTRITALES EJECUTIVAS
Junta Distrital No. |
Cabecera |
Vocal |
12 |
El Oro |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
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Vocal de Capacitación |
Miguel Ruiz Pérez |
19 |
Cuautitlan |
Vocal Ejecutivo |
Juan José Regalado Aranda |
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Vocal de Organización |
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Vocal de Capacitación |
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JUNTAS MUNICIPALES EJECUTIVAS
Junta Municipal |
Vocales |
Nextlalpan |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
Clara Oviedo Zúñiga |
Vocal de Capacitación |
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Papalotla |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
Jorge Efraín Pérez Galicia |
Vocal de Capacitación |
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Villa de Luvianos |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
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Vocal de Capacitación |
Juan Carlos Lucio Salinas |
Valle de Chalco Solidaridad
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Vocal Ejecutivo |
Angelica Muñoz Reyes |
Vocal de Organización |
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Vocal de Capacitación |
Laura Mora Mondragón |
SEGUNDO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Consejeros Distritales y Municipales Electorales a los ciudadanos que fueron designados en su oportunidad y se nombran en su lugar a las siguientes personas:
CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES
Consejo Distrital N° |
Cabecera |
Propietario |
Suplente |
VII |
Tenancingo |
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Garduño Sanchez Ruth |
CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES
Consejo Municipal |
Propietario |
Suplente |
Isidro Fabela |
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Rosas Rosas Paulino |
Jilotzingo |
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Contreras Jacobo José Juan |
Otzoloapan |
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Aguirre Benítez Isaías Enrique |
La Paz |
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Barrón Galindo José Hilario Román |
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San Mateo Atenco |
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Ramírez Taboada Jorge Alberto |
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San Simón de Guerrero |
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Ortiz Maya Irineo Salvador |
Casiano Mejía Norma Esmeralda |
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Santo Tomás de los Plátanos
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Medina Ramírez Jorge |
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Temascalcingo |
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De la Cruz Cruz Catalina |
García Romero Felipe |
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Hernández Buenaventura José Luis |
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Texcalyacac |
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Aguirre Flores Alma Lilia |
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Tianguistenco |
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Nava Olvera Jaime |
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Romero Antonio María de los Angeles |
Toluca |
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Alegría García Josefina |
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Tultepec |
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Zúñiga Aguilar Guillermo |
Zinacantepec
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Aguilar Rodríguez Carlos Alberto |
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Alvarado García René Joel |
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Álvarez Contreras Natividad |
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Zumpahuacán
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Díaz Salgado Eva |
TERCERO.- La Presidenta del Consejo General, el Director General y el Secretario General expedirán los nombramientos a los Vocales Distritales y Municipales; y, a los Consejeros Distritales y Municipales que se designan en los puntos primero y segundo de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
SEGUNDO.- Notifíquese a las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas las sustituciones acordadas para todos los efectos legales correspondientes.
Toluca de Lerdo, México, a 9 de enero del 2003.
“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E
LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA) |