El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 24 de enero del año 2003, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo Nº 81
Sustitución de Vocal y Consejeros Distritales y Municipales Electorales.

CONSIDERANDO

   
I.
Que el Consejo General, mediante su acuerdo N° 33 aprobado en su sesión del día 30 de septiembre del 2002, publicado en la Gaceta del Gobierno el mismo día, designó a los ciudadanos para integrar las Juntas Distritales Ejecutivas y los Consejos Distritales Electorales y mediante sus acuerdos números 40, 46, 54, 65 y 78 de fechas 29 de octubre, 28 de noviembre, 28 de diciembre del 2002, 9 y 20 de enero del 2003, la sustitución de aquellos vocales y consejeros distritales electorales que renunciaron al cargo.
 
II.
Que el Consejo General, en su sesión del día 29 de octubre del año en curso, aprobó mediante su acuerdo N° 41, publicado en la Gaceta del Gobierno en fecha 30 de octubre del mismo año, la designación de los ciudadanos para integrar las Juntas Municipales Ejecutivas y los Consejos Municipales Electorales y mediante sus acuerdos números 46, 54, 65 y 78 de fechas 28 de noviembre, 28 de diciembre del 2002 y 9 y 20 de enero del 2003, la sustitución de aquellos vocales y consejeros municipales electorales que renunciaron al cargo.
 
III.
Que a partir de la sesión del Consejo General del día 20 de enero del 2003, se han recibido en la Presidencia del Consejo General escritos presentados por un Vocal y Consejeros Distritales y Municipales Electorales que fueron designados por el Organo Superior de Dirección, presentando sus renuncias a los cargos conferidos por el Consejo General.
 
IV.
Que asimismo, se han presentado algunas otras razones por las que se hace necesario sustituir a algunos vocales y consejeros que fueron designados por el Consejo General con base en los acuerdos de referencia.
 
V.
Que los acuerdos números 33 y 41 del Consejo General, establecen en su punto cuarto que el Organo Superior de Dirección, en cualquier momento podrá sustituir a los Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales, a petición fundada y motivada, procediendo en consecuencia, a realizar en el presente caso las sustituciones correspondientes.
 
VI.
Que la Comisión de Organización y Capacitación en sesión celebrada en fecha 23 de enero del presente año, conoció de las renuncias de Consejeros Distritales y Municipales Electorales designados mediante los citados acuerdos N° 33, 41, 54, 65 y 78 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta para su aprobación definitiva.
 
VII.
Que el Consejo General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracciones IX segundo párrafo y X segundo párrafo, es el órgano facultado para designar a los Vocales de acuerdo al Programa del Servicio Electoral Profesional, así como a los Consejeros Distritales y Municipales que le proponga la Junta General del Instituto.
 
VIII.
Que la Comisión del Servicio Electoral Profesional, en su sesión del día 23 de enero del presente año y en cumplimiento a lo acordado por el Consejo General en sesión del día 20 de enero, conoció la renuncia del Vocal de Capacitación de la Junta Municipal Electoral de Cocotitlán y con fundamento en lo dispuesto por el Código Electoral del Estado de México, revisó los expedientes de los ciudadanos que cursaron el Programa del Servicio Electoral Profesional, acordando remitir a la consideración del Organo Superior de Dirección la propuesta para sustituir al vocal que originalmente fue designado.
 
IX.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XI, otorga al Consejo General la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como vocal de la Junta Municipal Ejecutiva de Cocotitlán, a la persona que fue designada en su oportunidad y se nombra en su lugar al siguiente ciudadano:

JUNTA MUNICIPAL EJECUTIVA

Junta Municipal
Vocales
Cocotitlán
Vocal Ejecutivo  
Vocal de Organización  
Vocal de Capacitación Crecencio Reyes Castro

SEGUNDO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Consejeros Distritales y Municipales Electorales a los ciudadanos que fueron designados en su oportunidad y se nombran en su lugar a las siguientes personas:

CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES

Consejo Distrital Nº
Cabecera
Propietario
Suplente
XXIV
Nezahualcóyotl
(Parte)
   
   
   
Martínez Ramírez Erick  
   
XXXV
Metepec
   
  López Gutiérrez Sonia
   
   
   
XLII
Ecatepec (Parte)    
   
   
Méndez Marines María Noemí Ortiz González Antonio
   

CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES

Consejo Municipal
Propietario
Suplente
Aculco
   
   
  Martínez Cruz Sergio
   
   
   
Apaxco
   
   
   
   
   
Flores Hernández Adriana Anaya Sánchez Juliana
Ecatepec
Martínez Gordillo Flor de Guadalupe Barreras Lagunas Gabriela
   
   
   
   
   
Hueypoxtla
   
  Quintero Corona Enriqueta Guadalupe
   
   
  Crispín Rosas Fernando
   
Ixtlahuaca
   
Remigio García Pedro Domínguez Hernández Alfonso
   
   
   
   
Otzolotepec
Aranda Zepeda Patricia Mejía Hernández Felipa
   
   
   
   
   
San Mateo Atenco
   
   
García Martha Sandra Luz Castillo Manjarrez Fabiola
   
   
   
San Simón de Guerrero
  Jaimes Varela Ma. Isabel
   
  Ramírez Morales María Guadalupe
   
   
   
Texcaltitlán
   
   
   
   
  Colín Mondragón Sara Elpidia
   
Tezoyuca
   
  Lazcano Hernández Martha
   
   
   
   
Tultitlán
   
   
   
   
Arellano Jiménez Ricardo Robledo Rivera Gabriela
   
Valle de Bravo
   
   
  Salazar Loza Víctor Manuel
   
   
   
Zacualpan
   
   
Díaz Arismendi Nelly Bustos Díaz Luis Alfredo
   
   
   
Valle de Chalco Solidaridad
   
   
   
   
  Carrillo Martínez María Guadalupe
   

TERCERO.- La Presidenta del Consejo General, el Director General y el Secretario General expedirán los nombramientos al Vocal y a los Consejeros Distritales y Municipales que se designan en los puntos primero y segundo de este acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO.- Notifíquese a las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas las sustituciones acordadas para todos los efectos legales correspondientes.

Toluca de Lerdo, México, a 24 de enero del 2003.

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS

(RUBRICA)