El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 11 de febrero del año 2003, se sirvió aprobar lo siguiente:
Acuerdo Nº 88
Sustitución de Vocales y Consejeros Distritales y
Municipales Electorales.
CONSIDERANDO |
|
|
I. |
Que el Consejo General, mediante su acuerdo N° 33 aprobado en su sesión del día 30 de septiembre del 2002, publicado en la Gaceta del Gobierno el mismo día, designó a los ciudadanos para integrar las Juntas Distritales Ejecutivas y los Consejos Distritales Electorales y mediante sus acuerdos números 40, 46, 54, 65, 78 y 81 de fechas 29 de octubre, 28 de noviembre y 28 de diciembre del 2002; y, 9, 20 y 24 de enero del 2003, la sustitución de aquellos vocales y consejeros distritales electorales que renunciaron al cargo. |
|
|
II. |
Que el Consejo General, en su sesión del día 29 de octubre del año en curso, aprobó mediante su acuerdo N° 41, publicado en la Gaceta del Gobierno en fecha 30 de octubre del mismo año, la designación de los ciudadanos para integrar las Juntas Municipales Ejecutivas y los Consejos Municipales Electorales y mediante sus acuerdos números 46, 54, 65, 78 y 81 de fechas 28 de noviembre y 28 de diciembre del 2002; y, 9, 20 y 24 de enero del año 2003, la sustitución de aquellos vocales y consejeros municipales electorales que renunciaron al cargo. |
|
|
III. |
Que a partir de la sesión del Consejo General del día 24 de enero del 2003, se han recibido en la Presidencia del Consejo General diversos escritos presentados por Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales que fueron designados por el Organo Superior de Dirección, presentando sus renuncias a los cargos conferidos por el Consejo General. |
|
|
IV. |
Que asimismo, se han presentado algunas otras razones por las que se hace necesario sustituir a algunos vocales y consejeros que fueron designados por el Consejo General con base en los acuerdos de referencia. |
|
|
V. |
Que los acuerdos números 33 y 41 del Consejo General, establecen en su punto cuarto que el Organo Superior de Dirección, en cualquier momento podrá sustituir a los Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales, a petición fundada y motivada, procediendo en consecuencia, a realizar en el presente caso las sustituciones correspondientes. |
|
|
VI. |
Que la Comisión Especial del Servicio Electoral Profesional en sesión celebrada el día 7 de febrero del año en curso, conoció de las renuncias de Vocales Municipales, designados mediante acuerdos números 33, 41, 54, 65, 78 y 81 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta al Consejo General para su aprobación definitiva. |
|
|
VII. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación en sesión celebrada en fecha 7 de febrero del presente año, conoció de las renuncias de Consejeros Distritales y Municipales designados mediante los citados acuerdos N° 33, 41, 54, 65, 78 y 81 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta para su aprobación definitiva. |
|
|
VIII. |
Que la Junta General del Instituto en su sesión del día 7 de febrero del año en curso, aprobó, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 99 fracción IV y VI del Código Electoral del Estado de México, las propuestas de vocales y de consejeros electorales, acordando remitirlas a la consideración del Consejo General para que proceda, en su caso, a la designación correspondiente. |
|
|
IX. |
Que el Consejo General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracciones IX segundo párrafo y X segundo párrafo, es el órgano facultado para designar a los vocales de acuerdo al Programa del Servicio Electoral Profesional, así como a los Consejeros Distritales y Municipales que le proponga la Junta General del Instituto. |
|
|
X. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XI, otorga al Consejo General la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles. |
|
|
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Vocales de las Juntas Municipales Ejecutivas, a las personas que fueron designadas en su oportunidad y se nombran en su lugar a los siguientes ciudadanos:
JUNTAS MUNICIPALES EJECUTIVAS
Junta Municipal |
Vocales |
Nextlalpan |
Vocal Ejecutivo |
Juan Rubén García Lastiri |
Vocal de Organización |
|
Vocal de Capacitación |
|
San Antonio la Isla |
Vocal Ejecutivo |
Oscar Mayorga Cuevas |
Vocal de Organización |
|
Vocal de Capacitación |
|
Temoaya |
Vocal Ejecutivo |
|
Vocal de Organización |
|
Vocal de Capacitación |
Saraí Quiroz Rangel |
SEGUNDO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Consejeros Distritales y Municipales Electorales a los ciudadanos que fueron designados en su oportunidad y se nombran en su lugar a las siguientes personas:
CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES
Consejo Distrital Nº |
Cabecera |
Propietario |
Suplente |
XVlll |
Tlanepantla
(parte) |
|
|
|
|
|
|
|
Torres Alvarado José |
|
|
|
|
CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES
Consejo Municipal |
Propietario |
Suplente |
|
|
|
|
García Becerríl Domingo |
|
|
|
|
|
|
|
|
Naucalpan |
|
|
|
Contreras López Leobigilda |
|
|
|
|
|
|
|
|
Ocoyoacac |
|
|
Vidal Montes Felipe |
|
|
Peña Jiménez Victor |
|
|
|
|
|
|
San Antonio la Isla |
|
|
|
Valdéz Sánchez Dolores Martha |
|
|
|
|
|
García Hernández Esthela |
|
|
San Felipe del Progreso |
|
|
|
|
|
Garduño Salazar Modesta |
|
|
|
|
|
|
San Simón de Guerrero |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Estrada García Esthela |
Tenango del Aire |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Castro Xinacle Berenice |
|
Tlalnepantla |
|
|
|
Arias Lomelí Claudia |
|
|
Estrada Valdéz Elizabeth |
Ponce Alcántara Manuel |
|
Rodriguez Carreola Benjamín |
|
|
Tultepec |
|
|
LópezCamacho Ana Laura |
Ramírez Valdés Rosalinda |
|
|
|
|
|
|
|
|
TERCERO.- La Presidenta del Consejo General, el Director General y el Secretario General expedirán los nombramientos a los Vocales Distritales y Municipales; y, a los Consejeros Distritales y Municipales que se designan en los puntos primero y segundo de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
SEGUNDO.- Notifíquese a las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas las sustituciones acordadas para todos los efectos legales correspondientes.
Toluca de Lerdo, México, a 11 de febrero del año 2003.
“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E
LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA) |