El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 25 de febrero del año 2003, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo Nº 95
Sustitución de Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales.

CONSIDERANDO

   
I.
Que el Consejo General, mediante su acuerdo N° 33 aprobado en su sesión del día 30 de septiembre del 2002, publicado en la Gaceta del Gobierno el mismo día, designó a los ciudadanos para integrar las Juntas Distritales Ejecutivas y los Consejos Distritales Electorales y mediante sus acuerdos números 40, 46, 54, 65, 78, 81 y 88 de fechas 29 de octubre, 28 de noviembre y 28 de diciembre del 2002; y, 9, 20 y 24 de enero y 11 de febrero del año 2003, la sustitución de aquellos vocales y consejeros distritales electorales que renunciaron al cargo.
   
II.
Que el Consejo General, en su sesión del día 29 de octubre del año en curso, aprobó mediante su acuerdo N° 41, publicado en la Gaceta del Gobierno en fecha 30 de octubre del mismo año, la designación de los ciudadanos para integrar las Juntas Municipales Ejecutivas y los Consejos Municipales Electorales y mediante sus acuerdos números 46, 54, 65, 78, 81 y 88 de fechas 28 de noviembre y 28 de diciembre del 2002; 9, 20 y 24 de enero; y, 11 de febrero del año 2003, la sustitución de aquellos vocales y consejeros municipales electorales que renunciaron al cargo.
   
III.
Que a partir de la sesión del Consejo General del día 11 de febrero del 2003, se han recibido en la Presidencia del Consejo General diversos escritos presentados por Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales que fueron designados por el Organo Superior de Dirección, presentando sus renuncias a los cargos conferidos por el Consejo General.
   
IV.
Que asimismo, se han presentado algunas otras razones por las que se hace necesario sustituir a algunos vocales y consejeros que fueron designados por el Consejo General con base en los acuerdos de referencia.
   
V.
Que los acuerdos números 33 y 41 del Consejo General, establecen en su punto cuarto que el Organo Superior de Dirección, en cualquier momento podrá sustituir a los Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales, a petición fundada y motivada, procediendo en consecuencia, a realizar en el presente caso las sustituciones correspondientes.
   
VI.
Que la Comisión Especial del Servicio Electoral Profesional en sesiones celebradas los días 17 y 21 de febrero del año en curso, conoció de las renuncias de Vocales Distritales y Municipales, designados mediante acuerdos números 33, 41, 54, 65, 78, 81 y 88 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta al Consejo General para su aprobación definitiva.
   
VII.
Que la Comisión de Organización y Capacitación en sesión celebrada en fecha 20 de febrero del presente año, conoció de las renuncias de Consejeros Distritales y Municipales designados mediante los citados acuerdos N° 33, 41, 54, 65, 78, 81 y 88 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta para su aprobación definitiva.
   
VIII.
Que la Junta General del Instituto en su sesión del día 24 de febrero del año en curso, aprobó, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 99 fracciones IV y VI del Código Electoral del Estado de México, las propuestas de vocales y de consejeros electorales, acordando remitirlas a la consideración del Consejo General para que proceda, en su caso, a la designación correspondiente.
   
IX.
Que el Consejo General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracciones IX segundo párrafo y X segundo párrafo, es el órgano facultado para designar a los vocales de acuerdo al Programa del Servicio Electoral Profesional, así como a los Consejeros Distritales y Municipales que le proponga la Junta General del Instituto.
   
X.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XI, otorga al Consejo General la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Vocales de las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas, a las personas que fueron designadas en su oportunidad y se nombran en su lugar a los siguientes ciudadanos:

JUNTAS DISTRITALES EJECUTIVAS

Junta Distrital Nº
Cabecera
Vocal
19
Cuautitlán
Vocal Ejecutivo
Gonzalo Betancourt Martínez
Vocal de Organización
José Arturo Macias Arriola
Vocal de Capacitación
Arturo Gerardo Campos Tarano
21
Ecatepec
Vocal Ejecutivo
 
Vocal de Organización
 
Vocal de Capacitación
Marco Antonio Rivera Bedolla
26
Nezahualcóyotl
Vocal Ejecutivo
 
Vocal de Organización
 
Vocal de Capacitación
Patricia Alejandra Merino Peregrina
44
Nicolás Romero
Vocal Ejecutivo
 
Vocal de Organización
 
Vocal de Capacitación
María de Jesús Fuentes Arana

JUNTAS MUNICIPALES EJECUTIVAS

Junta Municipal
Vocales
Cuautitlán
Vocal Ejecutivo Sonia Irene Castañeda Carballido
Vocal de Organización Miguel Raymundo Salazar Méndez
Vocal de Capacitación José Luis Villalobos Rodríguez
Cuautitlán Izcalli
Vocal Ejecutivo Javier Picazo Romo
Vocal de Organización  
Vocal de Capacitación  
Huixquilucan
Vocal Ejecutivo  
Vocal de Organización Jorge Martínez Aramendiz
Vocal de Capacitación  
Ixtapan de la Sal
Vocal Ejecutivo  
Vocal de Organización Javier Alejandro Herrera Ortiz
Vocal de Capacitación  
Jilotzingo
Vocal Ejecutivo  
Vocal de Organización  
Vocal de Capacitación Juan Vargas Osnaya
Zumpahuacán
Vocal Ejecutivo  
Vocal de Organización Aarón García Velásquez
Vocal de Capacitación  

SEGUNDO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Consejeros Distritales y Municipales Electorales a los ciudadanos que fueron designados en su oportunidad y se nombran en su lugar a las siguientes personas:

CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES

Consejo Distrital Nº
Cabecera
Propietario
Suplente
I
Toluca    
      Bernal Laredo José Luis
       
       
       
       

CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES

Consejo Municipal
Propietario
Suplente
Acambay
   
   
   
   
  Navarrete Luna Socorro Esther
   
Almoloya del Río
   
  Landa Gutiérrez Leonel
   
   
   
   
Apaxco
   
   
   
   
   
Anaya Sánchez Juliana Carbajal Jiménez Irma Beatríz
Atizapán de Zaragoza
   
   
Reyes Castillo Dora  
   
   
   
Chiautla
   
   
   
   
   
Constantino Espinosa Lisandra Moreno Cortés Iván Alvaro
Chimalhuacán
   
   
  De la O Castillo Javier
   
   
   
Ixtlahuaca
   
  González Pineda Arturo
   
   
   
   
Lerma
   
   
   
  Ulloa Camacho Maribel
   
   
Malinalco
  Mora González Roberto
   
   
   
   
   
Metepec
   
   
   
   
   
  Padua Díaz Luciano Nahúm
Nopaltepec
   
   
   
  Vázquez Fernández Sergio
   
   
San Antonio la Isla
Olivares Serrano Rufino García Alvarez Leonor
   
   
   
   
   
Temascalapa
   
   
   
   
  González Ramos Ruth Massiel
   
Teoloyucan
   
   
   
   
   
  Sánchez Morales Eduardo
Teotihuacan
Montoya Vargas Paula Sánchez Montelongo Mario Alberto
   
   
   
   
   
Texcaltitlán
   
   
   
   
  Estrada Reyes Gabriel
   
Texcoco
   
Gutiérrez Susano José Gerardo Durán Aguilar Evangelina
   
   
   
   
Tezoyuca
   
  García Aria Noé
   
   
   
   

TERCERO.- La Presidenta del Consejo General, el Director General y el Secretario General expedirán los nombramientos a los Vocales Municipales y a los Consejeros Distritales y Municipales que se designan en los puntos primero y segundo de este acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO.- Notifíquese a las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas las sustituciones acordadas para todos los efectos legales correspondientes.

Toluca de Lerdo, México, a 25 de febrero del año 2003.

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL PRESIDENTE INTERINO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. FERNANDO BAHENA ALVAREZ
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)