El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 25 de febrero del año 2003, se sirvió aprobar lo siguiente:
Acuerdo Nº 95
Sustitución de Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales. CONSIDERANDO |
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I. |
Que el Consejo General, mediante su acuerdo N° 33 aprobado en su sesión del día 30 de septiembre del 2002, publicado en la Gaceta del Gobierno el mismo día, designó a los ciudadanos para integrar las Juntas Distritales Ejecutivas y los Consejos Distritales Electorales y mediante sus acuerdos números 40, 46, 54, 65, 78, 81 y 88 de fechas 29 de octubre, 28 de noviembre y 28 de diciembre del 2002; y, 9, 20 y 24 de enero y 11 de febrero del año 2003, la sustitución de aquellos vocales y consejeros distritales electorales que renunciaron al cargo. |
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II. |
Que el Consejo General, en su sesión del día 29 de octubre del año en curso, aprobó mediante su acuerdo N° 41, publicado en la Gaceta del Gobierno en fecha 30 de octubre del mismo año, la designación de los ciudadanos para integrar las Juntas Municipales Ejecutivas y los Consejos Municipales Electorales y mediante sus acuerdos números 46, 54, 65, 78, 81 y 88 de fechas 28 de noviembre y 28 de diciembre del 2002; 9, 20 y 24 de enero; y, 11 de febrero del año 2003, la sustitución de aquellos vocales y consejeros municipales electorales que renunciaron al cargo. |
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III. |
Que a partir de la sesión del Consejo General del día 11 de febrero del 2003, se han recibido en la Presidencia del Consejo General diversos escritos presentados por Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales que fueron designados por el Organo Superior de Dirección, presentando sus renuncias a los cargos conferidos por el Consejo General. |
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IV. |
Que asimismo, se han presentado algunas otras razones por las que se hace necesario sustituir a algunos vocales y consejeros que fueron designados por el Consejo General con base en los acuerdos de referencia. |
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V. |
Que los acuerdos números 33 y 41 del Consejo General, establecen en su punto cuarto que el Organo Superior de Dirección, en cualquier momento podrá sustituir a los Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales, a petición fundada y motivada, procediendo en consecuencia, a realizar en el presente caso las sustituciones correspondientes. |
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VI. |
Que la Comisión Especial del Servicio Electoral Profesional en sesiones celebradas los días 17 y 21 de febrero del año en curso, conoció de las renuncias de Vocales Distritales y Municipales, designados mediante acuerdos números 33, 41, 54, 65, 78, 81 y 88 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta al Consejo General para su aprobación definitiva. |
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VII. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación en sesión celebrada en fecha 20 de febrero del presente año, conoció de las renuncias de Consejeros Distritales y Municipales designados mediante los citados acuerdos N° 33, 41, 54, 65, 78, 81 y 88 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta para su aprobación definitiva. |
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VIII. |
Que la Junta General del Instituto en su sesión del día 24 de febrero del año en curso, aprobó, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 99 fracciones IV y VI del Código Electoral del Estado de México, las propuestas de vocales y de consejeros electorales, acordando remitirlas a la consideración del Consejo General para que proceda, en su caso, a la designación correspondiente. |
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IX. |
Que el Consejo General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracciones IX segundo párrafo y X segundo párrafo, es el órgano facultado para designar a los vocales de acuerdo al Programa del Servicio Electoral Profesional, así como a los Consejeros Distritales y Municipales que le proponga la Junta General del Instituto. |
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X. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XI, otorga al Consejo General la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles. |
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En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Vocales de las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas, a las personas que fueron designadas en su oportunidad y se nombran en su lugar a los siguientes ciudadanos:
JUNTAS DISTRITALES EJECUTIVAS
Junta Distrital Nº |
Cabecera |
Vocal |
19 |
Cuautitlán
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Vocal Ejecutivo |
Gonzalo Betancourt Martínez |
Vocal de Organización |
José Arturo Macias Arriola |
Vocal de Capacitación |
Arturo Gerardo Campos Tarano |
21 |
Ecatepec |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
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Vocal de Capacitación |
Marco Antonio Rivera Bedolla |
26 |
Nezahualcóyotl |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
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Vocal de Capacitación |
Patricia Alejandra Merino Peregrina |
44 |
Nicolás Romero |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
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Vocal de Capacitación |
María de Jesús Fuentes Arana |
JUNTAS MUNICIPALES EJECUTIVAS
Junta Municipal |
Vocales |
Cuautitlán |
Vocal Ejecutivo |
Sonia Irene Castañeda Carballido |
Vocal de Organización |
Miguel Raymundo Salazar Méndez |
Vocal de Capacitación |
José Luis Villalobos Rodríguez |
Cuautitlán Izcalli |
Vocal Ejecutivo |
Javier Picazo Romo |
Vocal de Organización |
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Vocal de Capacitación |
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Huixquilucan |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
Jorge Martínez Aramendiz |
Vocal de Capacitación |
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Ixtapan de la Sal |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
Javier Alejandro Herrera Ortiz |
Vocal de Capacitación |
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Jilotzingo |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
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Vocal de Capacitación |
Juan Vargas Osnaya |
Zumpahuacán |
Vocal Ejecutivo |
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Vocal de Organización |
Aarón García Velásquez |
Vocal de Capacitación |
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SEGUNDO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Consejeros Distritales y Municipales Electorales a los ciudadanos que fueron designados en su oportunidad y se nombran en su lugar a las siguientes personas:
CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES
Consejo Distrital Nº |
Cabecera |
Propietario |
Suplente |
I |
Toluca |
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Bernal Laredo José Luis |
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CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES
Consejo Municipal |
Propietario |
Suplente |
Acambay |
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Navarrete Luna Socorro Esther |
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Almoloya del Río |
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Landa Gutiérrez Leonel |
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Apaxco |
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Anaya Sánchez Juliana |
Carbajal Jiménez Irma Beatríz |
Atizapán de Zaragoza |
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Reyes Castillo Dora |
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Chiautla |
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Constantino Espinosa Lisandra |
Moreno Cortés Iván Alvaro |
Chimalhuacán |
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De la O Castillo Javier |
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Ixtlahuaca |
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González Pineda Arturo |
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Lerma |
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Ulloa Camacho Maribel |
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Malinalco |
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Mora González Roberto |
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Metepec |
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Padua Díaz Luciano Nahúm |
Nopaltepec |
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Vázquez Fernández Sergio |
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San Antonio la Isla |
Olivares Serrano Rufino |
García Alvarez Leonor |
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Temascalapa |
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González Ramos Ruth Massiel |
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Teoloyucan |
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Sánchez Morales Eduardo |
Teotihuacan |
Montoya Vargas Paula |
Sánchez Montelongo Mario Alberto |
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Texcaltitlán |
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Estrada Reyes Gabriel |
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Texcoco |
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Gutiérrez Susano José Gerardo |
Durán Aguilar Evangelina |
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Tezoyuca |
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García Aria Noé |
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TERCERO.- La Presidenta del Consejo General, el Director General y el Secretario General expedirán los nombramientos a los Vocales Municipales y a los Consejeros Distritales y Municipales que se designan en los puntos primero y segundo de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
SEGUNDO.- Notifíquese a las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas las sustituciones acordadas para todos los efectos legales correspondientes.
Toluca de Lerdo, México, a 25 de febrero del año 2003.
“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E
EL PRESIDENTE INTERINO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. FERNANDO BAHENA ALVAREZ
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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