El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 7 de marzo del año 2003, se sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 100
Ajuste al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio del año 2003.
CONSIDERANDO |
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I. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 80, establece que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos del Estado de México. |
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II. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 29 de octubre del año 2002, mediante su acuerdo N° 39 publicado en la Gaceta del Gobierno el día 30 de octubre del mismo año, aprobó el Proyecto de Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año 2003, que ascendió a la cantidad de $863’328,753.90 (ochocientos sesenta y tres millones trescientos veintiocho mil setecientos cincuenta y tres pesos 90/100 M.N.), sustentado en el Programa de Actividades del año 2003 y tomando en consideración los requerimientos del gasto ordinario propio de la Institución y las acciones necesarias para la organización, desarrollo y vigilancia de los Procesos Electorales 2002-2003 que actualmente se realizan en nuestra Entidad. |
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III. |
Que en el punto segundo del acuerdo previamente citado, se ordenó a la Consejera Presidenta del Consejo General, remitiera el Proyecto de Presupuesto aprobado al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para que se incorporara al Proyecto consolidado de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado para el Ejercicio Fiscal del año 2003, que se enviaría a la LIV Legislatura Local para su discusión y aprobación, en su caso. |
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IV. |
Que la LIV Legislatura del Estado en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, mediante Decreto Número 107, aprobó en su sesión del día 15 de noviembre del año próximo pasado, el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal de 2003, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 6 de diciembre del 2002, ordenando en su punto transitorio segundo que el mismo entraría en vigor a partir del 1 de enero del 2003. |
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V. |
Que la LIV Legislatura del Estado en el artículo 14 del Decreto citado en el considerando que antecede, asignó al Instituto Electoral del Estado de México, la cantidad de $802’793,100.00 (ochocientos dos millones setecientos noventa y tres mil cien pesos 00/100 M.N.) como Presupuesto de Egresos para el año 2003, de los que $264’921,723.00 (doscientos sesenta y cuatro millones novecientos veintiún mil setecientos veintitrés pesos 00/100 M.N.) corresponden a Prerrogativas para el Financiamiento Público y Acceso a los Medios de Comunicación que deben entregarse a los Partidos Políticos. |
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VI. |
Que el Consejo General en sesión ordinaria del día 9 de enero del presente año, mediante su acuerdo N° 67, aprobó el Financiamiento Público Ordinario y para la Obtención del Voto a Partidos Políticos para el año 2003, estableciendo por ambos conceptos la cantidad de $ 417’877,707.30 (Cuatrocientos diecisiete millones ochocientos setenta y siete mil setecientos siete pesos 30/100 M.N.). |
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VII. |
Que en los considerandos XII, XIII y XIV del mencionado acuerdo 67 del Consejo General, se precisó que a pesar de la disponibilidad de recursos existentes derivados del presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2002, aprobado por el Órgano Superior de Dirección mediante acuerdo N° 4 de fecha 22 de enero del año próximo pasado, la cantidad aprobada por la Legislatura del Estado para las prerrogativas de financiamiento público y de acceso a medios de comunicación que asciende a la cantidad de $ 264’921,723.00 (Doscientos sesenta y cuatro millones novecientos veintiún mil setecientos veintitrés pesos 00/100 M.N.), resultaba insuficiente para que el Instituto cubriera las prerrogativas de los partidos políticos, en términos de lo ordenado por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y del Código Electoral del Estado de México. |
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VIII. |
Que en razón de lo manifestado en el considerando anterior, el Consejo General en el punto quinto del citado acuerdo N° 67 ordenó solicitar a la Legislatura del Estado de México, vía el Ejecutivo del Estado, la ampliación presupuestal para el ejercicio 2003 del Instituto, por la cantidad de $58’056,733.50 (Cincuenta y ocho millones cincuenta y seis mil setecientos treinta y tres pesos 50/100 M.N.), con el propósito de que el Instituto pudiera cumplir, en tiempo y forma, con la obligación de otorgar las prerrogativas de financiamiento público y acceso a medios de comunicación que corresponde constitucionalmente a los partidos políticos legalmente acreditados y con derecho a recibirlos en el año 2003. |
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IX. |
Que el Consejo General del Instituto, mediante oficio IEEM/SG/410/03, de fecha 13 de enero del año en curso, y en cumplimiento de lo ordenado en el punto quinto del citado acuerdo 67, solicitó respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, la ampliación presupuestal para el Instituto Electoral del Estado de México. |
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X. |
Que mediante Oficio 203A00000/090/2003, suscrito por el C.P. Salvador Martínez Cervantes, Secretario de Finanzas y Planeación, dirigido a la Presidencia del Consejo General, comunicó al Instituto que por instrucciones del Gobernador Constitucional del Estado de México, es dable autorizar la ampliación presupuestal solicitada, de los propios recursos autorizados al Poder Ejecutivo. |
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XI. |
Que en razón de que la cantidad originalmente aprobada por el Consejo General en el Proyecto de Presupuesto 2003 es de $863’328,753.90 (ochocientos sesenta y tres millones trescientos veintiocho mil setecientos cincuenta y tres pesos 90/100 M.N.) y la autorizada por la Legislatura del Estado mediante el citado Decreto número 107, incluyendo la ampliación presupuestal solicitada, asciende a $860,849,832.52 (ochocientos sesenta millones ochocientos cuarenta y nueve mil ochocientos treinta y dos pesos 05/100 M.N.) es necesario realizar un ajuste general al Presupuesto del Instituto para el año 2003. |
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XII. |
Que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto, conoció en su sesión ordinaria del día 27 de febrero del año en curso, el informe sobre la integración del Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2003, aprobándose por sus integrantes, acordando asimismo remitirlo con las observaciones y sugerencias realizadas por la propia Comisión al Consejo General, para su análisis y aprobación, en su caso. |
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XIII |
Que mediante oficio IEEM/CVAAF/022/2003, suscrito por el Secretario Técnico de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, se remitió a la Secretaria General del Instituto la integración del Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2003, solicitando se incluyera en el orden del día de la próxima sesión del Consejo General. |
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En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
ÚNICO.- El Consejo General aprueba el Ajuste al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2003, en los términos del documento que se adjunta al presente acuerdo formando parte del mismo.
TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese el presente acuerdo en Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Toluca de Lerdo, Méx., a 7 de marzo del año 2003
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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