El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 4 de octubre del año 2003, se sirvió aprobar el siguiente:
Acuerdo N° 150
Sustitución de Candidatos a Miembros de los Ayuntamientos en los Municipios de
Chalco y Tepotzotlán,
Estado de México, para la Elección Extraordinaria del 2003.
CONSIDERANDO
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I. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 51 fracción I, establece el derecho de los partidos políticos para postular candidatos en las elecciones municipales. |
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II. |
Que el mismo ordenamiento en su artículo 145 señala que corresponde exclusivamente a los partidos políticos el derecho de solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular.
Las candidaturas a miembros de los ayuntamientos, se registrarán por planillas integradas por propietarios y suplentes.
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III. |
Que el ordenamiento electoral en cita establece en el artículo 151 fracciones II y III que para la sustitución de candidatos, los partidos políticos deberán realizarlo por escrito ante el Consejo General, observando las siguientes disposiciones:
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a) |
Vencido el plazo establecido para el registro de candidatos, exclusivamente podrán sustituirlos por causas de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia. |
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b) |
Cuando la renuncia del candidato fuera notificada por éste al Consejo General, se hará del conocimiento del partido que lo registró para que proceda, en su caso, a la sustitución. |
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IV. |
Que la LIV Legislatura del Estado, en ejercicio de las facultades que le otorga la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 61 fracción XII, expidió mediante decreto N° 148 publicado en el periódico oficial, “Gaceta del Gobierno“, el día 25 de julio de este año, la convocatoria a elecciones extraordinarias de ayuntamientos en los municipios de Atenco, Chalco y Tepotzotlán para el periodo constitucional comprendido del día 1 de diciembre del año 2003 al 17 de agosto del año 2006 . |
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V. |
Que cuentan con registro ante el Instituto Electoral del Estado de México y con derecho a participar en los procesos electorales extraordinarios 2003 que se desarrollan en los municipios referidos, los siguientes partidos políticos: Acción Nacional; Coalición “Alianza para Todos” integrada por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México; de la Revolución Democrática; del Trabajo; Convergencia; Alianza Social; y, Parlamento Ciudadano Partido Político del Estado de México. |
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VI. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, mediante acuerdo número 138, aprobado en su sesión ordinaria del día 19 de agosto del año 2003, publicado en el periódico oficial, “Gaceta del Gobierno“, el día 20 del mismo mes y año, aprobó el registro de planillas de candidatos a miembros de los ayuntamientos en los municipios de Atenco, Chalco y Tepotzotlán Estado de México. |
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VII. |
Que la Presidencia del Consejo General en fechas 1° y 3 de octubre del año en curso, recibió escritos firmados por el Lic. Horacio Jiménez Lopez, representante propietario de Convergencia, Partido Político Nacional, y por el Lic. César Fajardo de la Mora, Representante Propietario de la Coalición “Alianza para Todos”, mediante los cuales solicitan la sustitución, vía renuncia, de diversos candidatos a miembros de los ayuntamientos en los municipios de Chalco y Tepotzotlán, Estado de México. |
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VIII. |
Que los representantes del partido político y la Coalición, acreditados ante el Consejo General que se indican en el considerando anterior, al solicitar las sustituciones acompañaron las renuncias y la documentación que acredita la elegibilidad de los mismos, dando cumplimiento con lo establecido por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en los artículos 119 y 120 y con los requisitos legales que establece el Código Electoral del Estado de México en sus artículos 15 tercer párrafo, 16 y 148, por lo que es procedente su registro, vía sustitución. |
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En razón de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
UNICO: Se aprueba el registro, vía sustitución por causa de renuncia, de los candidatos para la elección extraordinaria de miembros de los ayuntamientos de Chalco y Tepotzotlán, Estado de México, que se efectuará el día 12 de octubre de este año, a los ciudadanos postulados por la Coalición “Alianza para Todos” y Convergencia, Partido Político Nacional, que se nombran en el listado que en seguida se detalla:
COALICION "ALIANZA PARA TODOS"
Municipio |
Cargo |
Propietario |
Suplente |
CHALCO |
Segundo Regidor |
David Alejandro Chavarria Carbajal |
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Quinto Regidor |
María del Socorro Laurrabaquio García |
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Municipio |
Cargo |
Propietario |
Suplente |
CHALCO |
Síndico Primero |
Fidel Ramírez Ramírez |
Margarito Ortíz |
Primer Regidor |
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José Macario Moreno Váldez |
TEPOTZOTLAN |
Síndico Primero |
José Luis Esguerra Martínez |
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Segundo Regidor |
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Cecilia Vázquez Hernández |
Sexto Regidor |
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Agustín Mendoza Cantero |
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en el periódico oficial, “Gaceta del Gobierno”, del Estado de México.
SEGUNDO.- Notifíquese a los Consejos Municipales Electorales de Chalco y Tepotzotlán, respectivamente, y a los representantes de los partidos políticos acreditados ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Toluca de Lerdo, Méx., a 4 de octubre del 2003.
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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