El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 3 de noviembre del año 2003, se sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 157
Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral
del Estado de México para el año 2004.
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 11 señala que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos, otorgándole además la obligación de realizar entre otras, las actividades relativas a la capacitación y educación cívica; geografía electoral; derechos, prerrogativas y fiscalización; financiamiento público y topes de gastos de los partidos políticos; y, vigilancia, auditoría y actualización del padrón y lista nominal de electores. |
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 81, establece como fines del Instituto: contribuir al desarrollo de la vida democrática; contribuir al fortalecimiento del régimen de partidos políticos; garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo, del Titular del Poder Ejecutivo y los integrantes de los Ayuntamientos; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; y, coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura política-democrática. |
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III. |
Que para el cumplimiento de los postulados y fines que señalan la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y el Código Electoral del Estado de México, así como para el desarrollo de las actividades ordinarias que establece la ley, es necesario que el Instituto Electoral del Estado de México, cuente con un instrumento normativo de planeación que le permita cumplir eficaz y puntualmente con la responsabilidad que tiene derivada de los ordenamientos legales antes citados. |
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IV. |
Que en cumplimiento de la obligación que le impone el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XXX, en relación con el 102, fracción V, la Dirección General se avocó a elaborar el proyecto del Programa de Actividades del Instituto para el año 2004 y presentarlo a la consideración del Consejo General, conteniendo aquellas actividades relativas al funcionamiento ordinario que debe desarrollar el Instituto en su carácter de entidad pública y alcanzar los fines que se establecen en el Código Electoral del Estado de México en su artículo 81. |
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V. |
Que en ese contexto, la Junta General en su sesión ordinaria del día 20 de octubre del año en curso aprobó, a propuesta del Director General, el Proyecto de Programa de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2004, acordando remitirlo al Consejo General, vía la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, para su consideración y, en su caso, aprobación definitiva. |
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VI. |
Que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto, en su sesión del día 27 de octubre del año en curso, conoció del Proyecto de Programa remitido por la Junta General, enriqueciéndose por sus integrantes, aprobándose remitirlo al Consejo General. |
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VII. |
Que el Consejo General estima que el Proyecto de Programa de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2004, establece con precisión y calendariza las acciones que deberá desarrollar el Instituto, para cumplir eficaz y oportunamente con los objetivos y fines que le señala la ley; razón por la que el Organo Superior de Dirección estima conveniente aprobar el Programa que se presenta. |
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VIII. |
Que con el Programa de Actividades del Instituto, se sustentará jurídica y financieramente el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Organo Electoral para el año 2004, que se deberá remitir a la Legislatura del Estado para su aprobación definitiva, por lo cual es conveniente que así se señale en el presente acuerdo. |
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IX. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XXX, confiere al Consejo General la atribución de aprobar el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México, que presente el Director General. |
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En mérito de lo anterior se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.-
Se aprueba el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral
del Estado de México para el año 2004, documento
que se acompaña al presente acuerdo formando parte del
mismo.
SEGUNDO.-
La Junta General del Instituto, procederá a ejecutar
las acciones conforme al cronograma del Programa Anual de Actividades
que permitan el desarrollo de las acciones ordinarias.
TERCERO.-
El Programa Anual de Actividades, servirá de base para
la elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos
del Instituto para el ejercicio 2004.
TRANSITORIO
UNICO.-
Publíquese el presente acuerdo en el periódico
oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.
Toluca
de Lerdo, Méx., a 3 de noviembre del 2003.
"TU
HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)
EL
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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