El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 3 noviembre del año 2003, se sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 159
Incremento de la Reserva Financiera del Instituto Electoral
del Estado de México.
CONSIDERANDO |
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I. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 78 determina que el Instituto Electoral del Estado de México es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales. |
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 80 señala que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el presupuesto de Egresos del Estado. |
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III. |
Que el ordenamiento legal en cita establece en su artículo 85 que el Consejo General del Instituto es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, de promover la cultura política democrática, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto. |
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IV. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México en sesión celebrada el día 25 de enero del año 2001 al aprobar, mediante su acuerdo N° 1, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 26 del mes de enero del mismo año, el Presupuesto de Egresos para el Instituto Electoral del Estado de México, ordenó en sus considerandos VII y VIII y punto resolutivo tercero del acuerdo en cita, la creación de la Reserva Financiera del Instituto destinada a la reposición de activos que se deprecien y a cubrir emergencias en las actividades institucionales; reserva que para ser utilizada requiere de la autorización expresa del Consejo General. |
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V. |
Que la reserva financiera a que se hace mención en el considerando anterior al mes de septiembre del año 2003, esta constituida por la cantidad de $9,405,787.47 (nueve millones cuatrocientos cinco mil setecientos ochenta y siete pesos 47/100), como se desprende del informe de la situación financiera del Instituto, rendido por la Dirección de Administración en sesión de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, celebrada el día 27 de octubre del 2003 y remitido a la Secretaría General mediante oficio N° IEEM/DA/2252/2003 de fecha 30 de octubre del presente año, suscrito por el Director de Administración del Instituto. |
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VI. |
Que el Instituto Electoral del Estado de México, en los ejercicios presupuestales de años anteriores, ha tenido ahorros en diferentes conceptos entre los que destacan el de Comunicación Social; el de materiales electorales; el de materiales y suministros; entre otros, lo que ha generado remanentes por el buen manejo administrativo, permitiendo contar a la fecha, con cantidades que sumadas de diferentes partidas presupuestales de esos años, hacen la cantidad de $31,131,570.88 (treinta y un millones ciento treinta y un mil quinientos setenta pesos 88/100), siendo conveniente que ordene el Consejo General, se integre y forme parte de la reserva financiera del Instituto, cantidad que en su oportunidad podrá ser destinada para garantizar el adecuado desarrollo de las actividades del Instituto, la correcta ejecución de los programas de trabajo o afrontar alguna situación de emergencia para la cual no exista soporte financiero en las partidas señaladas en el Presupuesto de Egresos del Instituto, previa aprobación del Consejo General. |
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VII. |
Que el Instituto obtuvo las sentencias favorables en las tres instancias legales, en los juicios contra la Empresa Informática DSI S.A. de C.V., por el incumplimiento a las obligaciones contraídas en el contrato de prestación de servicios profesionales en materia de Informática, al no transmitir oportunamente los resultados electorales preliminares en las elecciones del Proceso Electoral del año 2000, recuperando por este concepto la cantidad de $5,931,240.00 (cinco millones novecientos treinta y un mil doscientos cuarenta pesos 00/100), cantidad que a la fecha por intereses bancarios asciende a $6,146,109.99 (seis millones ciento cuarenta y seis mil ciento nueve pesos 99/100), siendo también procedente que el Consejo General, determine su inclusión a la reserva financiera, para el incremento de esta última. |
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VIII. |
Que de acuerdo con el informe rendido por la Dirección de Administración, remitido por la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto, sumadas las cantidades que se indican en los considerandos VI y VII resulta un total de $37,277,680.87 (treinta y siete millones doscientos setenta y siete mil seiscientos ochenta pesos 87/100), que de aprobarse por el Consejo General, incrementaría la Reserva Financiera, misma que a la fecha del presente acuerdo contaría con un total de $46,683,468.34 (cuarenta y seis millones seiscientos ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos 34/100). |
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En mérito de lo anterior se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México autoriza el incremento de la Reserva Financiera del Instituto, por la cantidad de $37,277,680.87 (treinta y siete millones doscientos setenta y siete mil seiscientos ochenta pesos 87/100), cantidad que resulta de los conceptos que se describen en los considerandos VI y VII del presente acuerdo, para que sumada la cantidad existente por ese concepto, el Instituto cuente a la fecha con un total de $46,683,468.34 (cuarenta y seis millones seiscientos ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos 34/100). SEGUNDO.- Para la disposición de la Reserva Financiera del Instituto se requerirá de la aprobación del Consejo General, previo conocimiento y aprobación de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto.
TERCERO.- La Dirección de Administración, vía la Dirección General, deberá informar a la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, trimestralmente sobre los estados financieros de la Reserva Financiera del Instituto.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Toluca de Lerdo, Méx., a 3 de noviembre del 2003.
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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