El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 26 de marzo del año 2004, se sirvió expedir lo siguiente:

Acuerdo N° 12
Procedimiento para la Revisión de los Informes Financieros de los Partidos Políticos por sus Actividades
Ordinarias 2003 y Autorización para la Contratación del Despacho Contable Auxiliar de la Comisión.

CONSIDERANDO

 
I.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 61 dispone que los Partidos Políticos deberán presentar ante la Comisión de Fiscalización, los informes del origen y monto de los ingresos por financiamiento, así como su aplicación y empleo, estableciendo una serie de reglas según se trate de informes anuales o de campaña.
 
II.
Que el mismo ordenamiento legal en su fracción I, señala las normas a las que deberá sujetarse la revisión de los informes anuales de los Partidos Políticos acreditados ante el Instituto Electoral del Estado de México de los ingresos que percibieron por financiamiento, en cualquiera de sus modalidades, el año inmediato anterior, a más tardar el día 30 de marzo.
 
III.
Que el Consejo General, en su sesión extraordinaria del día 4 de marzo del año 2004, aprobó, mediante su acuerdo N° 10, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 8 del mismo mes y año, la integración de las Comisiones Permanentes y Especiales del Instituto, dentro de las cuales se encuentra la Comisión de Fiscalización, misma que tiene por objeto atender y ejercer las atribuciones en materia de fiscalización que se establecen en el Código Electoral del Estado de México en su artículo 61 y demás relativos.
 
IV.
Que los 12 Partidos Políticos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Convergencia, de la Sociedad Nacionalista, Alianza Social, México Posible, Liberal Mexicano, Fuerza Ciudadana y Parlamento Ciudadano, que contaron con su acreditación ante el Consejo General del Instituto el año próximo pasado, están obligados a presentar ante la Comisión de Fiscalización, sus informes anuales donde den cuenta de sus ingresos y gastos ordinarios correspondientes al año 2003, mismos que tendrán que ser revisados y analizados por la mencionada comisión para determinar el cumplimiento de las reglas establecidas en el Código Electoral del Estado de México y en los Lineamientos Técnicos de Fiscalización sobre el origen, monto, aplicación y empleo de los ingresos de los Partidos Políticos.
 
V.
Que el Consejo General del Instituto, en su sesión ordinaria del día 9 de enero del año 2003, mediante acuerdo número 67, aprobó el Financiamiento Público Ordinario y para la Obtención del Voto a Partidos Políticos para el año 2003.
 
VI.
Que la Comisión de Fiscalización en su sesión del día 11 de marzo del presente año, analizó y aprobó el procedimiento de revisión de los informes de los partidos políticos por sus actividades ordinarias de 2003, documento que tiene como sustento las disposiciones relativas a la materia contenidas en el Código Electoral del Estado de México y en los Lineamientos Técnicos de Fiscalización.
 
VII.
Que en el procedimiento de revisión de los informes de los partidos políticos por sus actividades ordinarias de 2003, la Comisión de Fiscalización acordó que se contara con la asesoría de un Despacho Contable en la revisión de los informes.
 
VIII.
Que la Comisión de Fiscalización remitió a la Secretaría General, mediante oficio IEEM/CG/CF/032/04, de fecha 11 de marzo del año en curso, la petición de someter a la consideración del Órgano Superior de Dirección y, en su caso, a su aprobación, el acuerdo N° 1 relativo al procedimiento de revisión a los informes de los partidos políticos por sus actividades ordinarias de 2003.
 
IX.
Que mediante oficio N° IEEM/CF/001/04 de fecha 11 de marzo del año en curso, suscrito por el Consejero Electoral Isael Teodomiro Montoya Arce, Presidente de la Comisión de Fiscalización, solicitó a la Dirección General que invitara a diversos despachos contables con reconocida capacidad, con el propósito de que la Comisión seleccionara a la que reuniera las mejores condiciones de auxilio y asesoría en la materia.
 
X.
Que la Comisión de Fiscalización en reunión de trabajo del día 18 de marzo del año que cursa, conoció y analizó las propuestas remitidas oportunamente por la Dirección General, estimando que el Despacho Contable Solloa Tello de Meneses y Cía. S.C., sustenta la mejor propuesta técnica y económica, garantizando los conocimientos técnicos, así como la experiencia y confiabilidad que son requisitos exigidos por el Instituto en materia de fiscalización.
 
XI.
Que como resultado de lo anterior, la Comisión de Fiscalización, en su sesión del día 22 de marzo del año en curso, aprobó mediante su acuerdo N° 2 lo siguiente:
   
La Comisión de Fiscalización aprueba por unanimidad de votos y con el consenso de los Partidos Políticos, recomendar al Comité Unico de Adquisiciones, Arrendamientos, Mantenimientos, Servicios y Almacenes del Instituto Electoral del Estado de México, la contratación del Despacho Contable que auxiliará a la Comisión de Fiscalización en la revisión y dictaminación de los informes anuales de los Partidos Políticos del año 2003.
 
XII.
Que la Comisión de Fiscalización mediante oficio N° IEEM/CG/CF/068/04 del día 22 de marzo del año en curso, remitió a la Presidencia del Consejo General, la petición de someter a la consideración del Órgano Superior de Dirección y, en su caso, a su aprobación, la propuesta de contratación del Despacho Contable Solloa Tello de Meneses y Cía. S.C.
 
XIII.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XVII, establece como atribución del Consejo General, vigilar que en lo relativo a las prerrogativas de los Partidos Políticos se actúe con apego a la legislación electoral; facultándolo asimismo para autorizar la contratación del personal profesional que sea necesario para auxiliar a la Comisión de Fiscalización en la revisión de los Informes de los Partidos Políticos; por lo que en ejercicio de las atribuciones conferidas a este Órgano Superior de Dirección, se estima que las propuestas que realiza la Comisión de Fiscalización se apegan a las disposiciones legales vigentes en materia de fiscalización y garantiza la adecuada revisión de los informes anuales de gastos ordinarios de los Partidos Políticos, por lo que es procedente se autorice a la Dirección General a contratar al Despacho Solloa Tello de Meneses y Cía. S.C., para que en auxilio y asesoría de la Comisión de Fiscalización, realice el análisis y revisión de los informes anuales que presenten los Partidos Políticos correspondientes al año 2003.
   

En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General aprueba el acuerdo numero 1 de la Comisión de Fiscalización denominado Procedimiento de Revisión de los Informes de los partidos políticos por sus actividades ordinarias 2003 y lo convierte en definitivo, documento que se acompaña al presente acuerdo formando parte del mismo.

SEGUNDO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprueba el acuerdo N° 2 de la Comisión de Fiscalización y autoriza la contratación del Despacho Contable Solloa Tello de Meneses y Cía. S.C., para que auxilie a la Comisión de Fiscalización en el análisis y revisión de los informes de los Partidos Políticos por sus actividades ordinarias 2003.

TERCERO.- Se instruye y se autoriza a la Dirección General a suscribir el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales con el Despacho Contable que se autoriza, para que de inmediato auxilie a la Comisión de Fiscalización en el ejercicio de las obligaciones que en materia de fiscalización le impone el Código Electoral del Estado de México.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo y su anexo en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, Méx., a 26 de marzo del 2004

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)