El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 26 de marzo del año 2004, se sirvió expedir lo siguiente:

Acuerdo N° 16
Procedimiento a seguir en la investigación sobre el Origen y Aplicación de los Recursos, a los
Actos Anticipados de Campaña del Partido Acción Nacional, así como la autorización para la
contratación del Despacho Contable Auxiliar de la Comisión para la realización de la investigación.

CONSIDERANDO

 
I.
Que el Consejo General, en sesión extraordinaria del día 12 de marzo del año 2004, aprobó, mediante su acuerdo N° 11, publicado en la Gaceta del Gobierno el mismo día, el Dictamen sobre las Solicitudes de Investigación de Actividades del Partido Acción Nacional, realizadas por el Partido Revolucionario Institucional y el Partido México Posible.
 
II.
Que el acuerdo N° 11 del Consejo General en su punto resolutivo octavo ordenó remitir copia de los expedientes a la Comisión de Fiscalización, a efecto de realizar una investigación sobre el origen y destino de los recursos utilizados en las campañas anticipadas del Partido Acción Nacional.
 
III.
Que mediante oficio N° IEEM/UAJYC/111/04, de fecha 18 de marzo del año en curso, fueron remitidos los expedientes derivados del dictamen aprobado mediante acuerdo N° 11 del Consejo General a la Comisión de Fiscalización a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el resolutivo octavo del acuerdo de referencia.
 
IV.
Que la Comisión de Fiscalización en sesión del 22 de marzo del 2004, analizó y aprobó el procedimiento a seguir en la investigación sobre el origen y aplicación de los recursos a los actos anticipados de campaña del Partido Acción Nacional, así como la recomendación para la contratación del Despacho Contable Solloa Tello de Meneses y Cía. S.C., como despacho que auxilie a la Comisión para la revisión, documento que tiene como sustento las disposiciones relativas a la materia contenidas en el Código Electoral del Estado de México y en los Lineamientos Técnicos de Fiscalización.
 
V.
Que la Comisión de Fiscalización remitió a la Secretaría General, mediante oficio IEEM/CG/CF/068/04, de fecha 22 de marzo del año en curso, la petición de someter a la consideración del Órgano Superior de Dirección y, en su caso, a su aprobación definitiva, los acuerdos números 3 y 4, relativos al procedimiento a seguir para la investigación sobre el origen y aplicación de los recursos a los actos anticipados de campaña del Partido Acción Nacional, así como la recomendación para contratar al Despacho Contable Solloa Tello de Meneses y Cía. S.C., como despacho para auxiliar a la Comisión para la investigación, en relación con lo ordenado por el acuerdo N° 11 del Consejo General, emitido en su sesión extraordinaria del 12 de marzo del 2004.
 
VI.
Que la Comisión de Fiscalización en reunión de trabajo del día 22 de marzo del año que cursa, conoció y analizó la propuesta del Despacho Contable Solloa Tello de Meneses y Cía. S.C., ya que garantiza los conocimientos técnicos, así como la experiencia y confiabilidad que son requisitos exigidos por el Instituto en materia de fiscalización.
 
VII.
Que como resultado de lo anterior, la Comisión de Fiscalización, en su sesión del día 22 de marzo del año en curso, aprobó mediante sus acuerdos números 3 y 4, lo siguiente:

Acuerdo N° 3.-

PRIMERO.- Se aprueba el procedimiento a seguir en la investigación sobre el origen y aplicación de los recursos a los actos anticipados de campaña del Partido Acción Nacional.

SEGUNDO.- Solicitar al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México autorice a la Comisión de Fiscalización la práctica de auditoría al Partido Acción Nacional, tomando como base el procedimiento de investigación que se propone.

Acuerdo N° 4.- Recomendación para contratar el Despacho Contable Solloa Tello de Meneses y Cía. S.C., como el despacho que auxilie a la Comisión de Fiscalización en la investigación.

VIII.
Que la Comisión de Fiscalización mediante oficio N° IEEM/CG/CF/068/04 del día 23 de marzo del año en curso, remitió a la Secretaría General, la petición de someter a la consideración del Órgano Superior de Dirección y, en su caso, a su aprobación, el procedimiento, la solicitud de autorización a la Comisión de Fiscalización para la práctica de una auditoría al Partido Acción Nacional y la recomendación de contratación del Despacho Contable Solloa Tello de Meneses y Cía. S.C.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General aprueba el acuerdo N° 3 de la Comisión de Fiscalización denominado Procedimiento a seguir en la investigación sobre el origen y aplicación de los recursos a los actos anticipados de campaña del Partido Acción Nacional que se adjunta al presente, formando parte del mismo y en consecuencia,

SEGUNDO.- Se autoriza a la Comisión de Fiscalización para la práctica de la auditoría al Partido Acción Nacional, tomando como base el procedimiento de investigación.

TERCERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprueba el acuerdo N° 4 de la Comisión de Fiscalización y autoriza la contratación de la prestación de servicios profesionales del Despacho Contable Solloa Tello de Meneses y Cía. S.C., para que auxilie a la Comisión de Fiscalización en la auditoría sobre el origen y aplicación de los recursos a los actos anticipados de campaña del Partido Acción Nacional.

CUARTO.- Se instruye y se autoriza a la Dirección General para suscribir el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales con el Despacho Contable que se autoriza, para que auxilie a la Comisión de Fiscalización, en la auditoría sobre el origen y aplicación de los recursos a los actos anticipados de campaña del Partido Acción Nacional.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo y su anexo en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, Méx., a 26 de marzo del 2004

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)