El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 29 de julio del año 2004, se sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 33
Objeto, Atribuciones, Vigencia y Lineamientos de Organización y Funcionamiento de la Comisión
Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos.
CONSIDERANDO |
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I. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 93 se establece que el Consejo General integrará las Comisiones que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, con el número de miembros que para cada caso acuerde. |
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II. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en ejercicio de la atribución que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 93 fracción III, en su sesión del día 4 de marzo del año 2004, mediante su acuerdo N° 10, publicado en la Gaceta del Gobierno de fecha 5 de marzo de este año, creó la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos, quedando integrada de la siguiente forma: |
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Presidente: |
Lic. Isael Teodomiro Montoya Arce, Consejero Electoral |
Integrantes: |
Mtro. Julio César Olvera García, Consejero Electoral
Lic. Manuel Silva Sánchez, Consejero Electoral
Un Representante por cada uno de los Partidos Políticos acreditados en el Instituto Electoral del Estado de México; y, |
Secretario Técnico: |
El Director de Administración |
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III. |
Que en el resolutivo segundo del acuerdo N° 10 mencionado en el párrafo anterior, el Organo Superior de Dirección, instruyó a la Comisión de referencia a dar continuidad y vigencia de su objeto, propósitos y atribuciones con las que han estado actuando. |
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IV. |
Que la Comisión integrada por el Consejo General, llevó a cabo el día 11 de marzo del año en curso, sesión de Instalación Formal en cumplimiento a lo establecido por el referido acuerdo N° 10 del Consejo General, en su artículo segundo transitorio. |
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V. |
Que todos los integrantes de la Comisión de referencia, en la sesión de instalación se pronunciaron por destacar que los trabajos se han desarrollado bajo el marco irrestricto de los principios democráticos, consolidando las estructuras de los partidos políticos y el pluralismo democrático, considerando que son instrumentos fundamentales para la participación política, concluyendo que la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos asume en su concepto la intención del Organo Superior de Dirección, al constituirla el día 25 de enero del año 2001. |
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VI. |
Que la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos, en términos del resolutivo cuarto del acuerdo N° 10 del Consejo General llevó a cabo el estudio y análisis del objeto, atribuciones y lineamientos de organización y funcionamiento con que venía actuando y en sesión celebrada en fecha 7 de julio del año en curso, mediante su acuerdo N° 1, aprobó los lineamientos de organización y funcionamiento de la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos, argumentando principalmente la necesidad de construir un nuevo ejercicio de la política, basado en el principio de rendición de cuentas y de la ética pública, la búsqueda de una mejor representatividad, de creación de mecanismos de control de los recursos más eficaces y de una mayor participación de los partidos políticos, de sus militantes y de los integrantes de la Comisión, acordando remitirlos a la consideración del Consejo General para, en su caso, su aprobación definitiva. |
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VII. |
Que mediante oficio de fecha 7 de julio del año en curso, la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos, remitió a la Secretaría General el acuerdo N° 1 aprobado en esa fecha, solicitando su inclusión en la próxima sesión del Consejo General. |
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En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General aprueba el acuerdo N° 1 de la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos denominado “Objeto, Atribuciones, Vigencia y Lineamientos de Organización y Funcionamiento de la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos”.
SEGUNDO.- La Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos, al concluir sus funciones deberá presentar al Consejo General un informe final de actividades.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, con el acuerdo N° 1 de la Comisión Especial para el Fortalecimiento de los Partidos Políticos que se adjunta y forma parte del mismo.
SEGUNDO.- Se deroga el acuerdo N° 10 del Consejo General aprobado en sesión celebrada en fecha 30 de marzo del año 2001 y publicado en la Gaceta del Gobierno el mismo día.
Toluca de Lerdo, México, a 29 de julio del 2004
“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)
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