El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 31 de agosto del año 2004, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° 41
Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2005.

CONSIDERANDO

   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 determina que el Instituto Electoral del Estado de México será el organismo público encargado de la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de gobernador; diputados a la legislatura del Estado; y, ayuntamientos, otorgándole además, entre otras atribuciones las relacionadas con la capacitación y educación cívica; geografía electoral; derechos, prerrogativas y fiscalización de financiamiento público y gastos de los partidos políticos; y, vigilancia, auditoría y actualización del padrón electoral y lista nominal de electores.
 
II.
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 81, establece como fines del Instituto: contribuir al desarrollo de la vida democrática; contribuir al fortalecimiento del régimen de partidos políticos; garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo, del titular del Poder Ejecutivo y los integrantes de los ayuntamientos; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura política democrática.
 
III.
Que para el cumplimiento de los postulados y fines que señalan la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y el Código Electoral del Estado de México, así como para el desarrollo de las actividades ordinarias que establece la ley, es necesario para el Instituto Electoral del Estado de México, contar con la herramienta que le permita cumplir eficaz y puntualmente con la responsabilidad que tiene a su encomienda y que se derivada de los ordenamientos legales aludidos.
 
IV.
Que en cumplimiento de la atribución señalada por el Código Electoral del Estado de México en el artículo 95 fracción XXX, en relación con el 102, fracción V, la Dirección General se abocó a elaborar el proyecto del Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral para someterlo a la consideración del Consejo General, en el que se toman en consideración, aquellas actividades relacionadas con el desarrollo del proceso electoral 2005, en el que se elegirá al titular del Poder Ejecutivo y, se dará inicio formal y legalmente a los procesos electorales 2005-2006 que se realizarán para elegir diputados a la LVI Legislatura y 125 ayuntamientos de los municipios del estado de México.
 
V.
Que el Director General, previo a la presentación del Programa Anual de Actividades 2005 ante el Consejo General, lo sometió a la consideración de la Junta General en su sesión del día 27 de agosto de este año, donde fue enriquecido con comentarios vertidos por sus integrantes, acordándose remitirlo al órgano superior de dirección.
 
VI.
Que es conveniente mencionar que para el desarrollo del Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2003, el Instituto Electoral requiere contar con recursos económicos necesarios para el desarrollo del proceso electoral 2005 y el inicio de los procesos electorales 2005-2006, así como para cubrir también las actividades ordinarias que se contienen una vez concluidos, en su caso, los procesos electorales referidos.
 
VII.
Que en virtud de los razonamientos expresados en los anteriores considerandos, el Consejo General estima indispensable aprobar el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2005, para de esta forma responder eficaz y oportunamente con la responsabilidad constitucional de organizar, desarrollar y vigilar el proceso electoral mediante el cual se elegirá al gobernador del Estado y se iniciarán legal y formalmente los procesos electorales para renovar la integración del congreso local y de los 125 ayuntamientos de los municipios de la entidad.
 
VIII.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XXX, establece como atribución del Consejo General, la de aprobar el Programa Anual de Actividades del Instituto que presente el Director General.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2005, documento que se acompaña al presente acuerdo formando parte del mismo.

SEGUNDO.- La Junta General del Instituto Electoral procederá a ejecutar las acciones, conforme al cronograma del Programa Anual de Actividades 2005, que permitan la consecución de los fines y objetivos planteados en el mismo.}

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese el presente acuerdo en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, México, a 31 de agosto del 2004

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)