El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 29 de octubre del año 2004, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° 49
Reglamento de Sesiones de la Junta General.

CONSIDERANDO

   
I.
Que el Código Electoral del Estado de México señala en su artículo 85, que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, es el Órgano Superior de Dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, promover la cultura política democrática, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia y objetividad, guíen todas las actividades del Instituto.
 
II.
Que el artículo 79 del ordenamiento legal en cita, establece que el Instituto se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código Electoral.
 
III.
Que el Código Comicial del Estado de México, en términos del artículo 84, establece que los órganos centrales del Instituto Electoral del Estado de México son: El Consejo General, la Junta General y la Dirección General.
 
IV.
Que el mismo ordenamiento en su artículo 95, fracción I, determina como una atribución del Consejo General la de expedir los reglamentos interiores que sean necesarios para el buen funcionamiento del Instituto.
 
V.
Que ha sido norma de la Junta General, en cada una de las acciones que ha realizado en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Código Electoral del Estado de México, sujetarse al marco jurídico que rige su actuación, dando cabal cumplimiento al principio de legalidad que enmarca el desarrollo de las actividades del propio Instituto Electoral; por ello, se hace necesario continuar avanzando en la creación de los instrumentos legales que coadyuven a eficientar las instituciones electorales.
 
VI.
Que desde su creación la Junta General ha dado cumplimiento a lo establecido por el Código Electoral del Estado de México en el artículo 99, primer párrafo, sin contar con un ordenamiento de carácter interno aprobado por el Consejo General. Con base en lo anterior, se hace preciso contar con un ordenamiento que permita regular las sesiones de la Junta General, para que con agilidad y de manera ordenada, los integrantes del órgano central cumplan de manera eficiente las atribuciones que la ley les confiere.
 
VII.
Que la Junta General en su sesión ordinaria de fecha 27 de agosto del año 2004, aprobó en lo general el Reglamento de Sesiones de la Junta General que fue sometido a su consideración por la Secretaria General.
 
VIII.
Que los integrantes de la Junta General se avocaron a revisar el dispositivo reglamentario del órgano central, acordando en su sesión de fecha 22 de octubre del 2004, aprobar el ordenamiento con las modificaciones propuestas por sus integrantes y remitirlo al Consejo General para su aprobación, en su caso.
   
En mérito de lo anterior se expide el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- Se aprueba en todos sus términos el Reglamento de Sesiones de la Junta General que se anexa al presente formando parte del mismo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO.- El Reglamento de Sesiones de la Junta General entrará en vigor a partir de su aprobación por el Consejo General.

Toluca de Lerdo, México, a 29 de octubre del 2004.

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)