El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 18 de marzo del año 2005, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° 18
Sustitución de integrantes de Consejos Distritales Electorales.

CONSIDERANDO

   
I.
Que el Consejo General, en uso de las atribuciones conferidas por el Código Electoral del Estado de México en su articulo 95 fracciones IX y X, mediante su acuerdo N° 4 aprobado en sesión celebrada el día 31 de enero del 2005, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 1° de febrero del mismo año, designó a los ciudadanos para integrar las Juntas y Consejos Distritales Electorales.
 
II.
Que a partir de su designación como Consejeros Electorales Distritales mediante acuerdo N° 4, varios ciudadanos han presentado ante el Instituto, sus renuncias con carácter de irrevocable, razón por la que es procedente su sustitución.
 
III.
Que el acuerdo número 4 del Consejo General, establece en su punto cuarto que el Organo Superior de Dirección, en cualquier momento podrá sustituir, a petición fundada y motivada, a los Vocales y Consejeros Distritales Electorales; procediendo en consecuencia, a realizar en el presente caso la sustitución correspondiente.
 
IV.
Que la Junta General, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 99 fracción VI, revisó los expedientes de los aspirantes a Consejeros Electorales, para determinar en estricto orden progresivo las mejores evaluaciones en las escalas curriculares, para realizar la propuesta de al menos el doble de ciudadanos para sustituir en su caso, a los Consejeros Electorales Suplentes.
 
V.
Que la Junta General, en su sesión del día 15 de marzo del presente año, conoció de la propuesta de al menos el doble de los ciudadanos a sustituir a los Consejeros Electorales Suplentes, acordando que a través de la Dirección General se sometieran a consideración del Consejo General para su aprobación definitiva.
 
VI.
Que el Consejo General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción X, es el órgano facultado para designar de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, a los Consejeros Electorales Distritales.
 
VII.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XI, otorga al Consejo General la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Consejeros Distritales Electorales, a las personas que fueron designadas en su oportunidad y se nombran en su lugar a los siguientes ciudadanos:

CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES

Consejo Distrital
Propietario
Suplente
IV
Lerma
   
   
  José Luis Heraz Serrano
   
   
XV
Ixtlahuaca
   
José María Urcelay Limas Luis Arturo Vázquez García
   
   
   
   
XVII
Huixquilucan
   
  Margarita Moreno Reyes
   
   
   
   
XXIV
Nezahualcóyotl
   
   
   
   
  Margarita Jiménez Badillo
   
XXVIII
Amecameca
   
   
  Mariano Rocha Martínez
  Elba Laura Rodríguez Segovia
   
   
XXIX
Naucalpan
   
   
   
  Concepción Valle Barraza
   
   
XXX
Naucalpan
   
   
   
 
Jorge Ruiz Márquez
   
   
XXXVI
Villa del Carbón
   
   
   
  María Jacaranda Castillo Domínguez
   
   
XXXIX
Otumba
   
   
   
  Marcial Ruiz Quintanar
   
   
XLIV
Nicolás Romero
  Celia Torres González
   
   
   
   
   

SEGUNDO.- El Consejero Presidente del Consejo General, el Director General y el Secretario General expedirán el nombramiento a los Consejeros Electorales que se designan en el punto primero de este acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO.- Notifíquese a los Consejos Distritales Electorales correspondientes, las sustituciones acordadas para todos los efectos legales correspondientes.

Toluca de Lerdo, México, a 18 de marzo del 2005.

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA

(RUBRICA)