El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del 11 de mayo de 2005, se sirvió aprobar el siguiente:
Acuerdo N° 61
Metodología para la evaluación de la capacitación electoral y el desempeño de instructores y capacitadores
CONSIDERANDO |
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I. |
Que el Código Electoral del Estado de México establece en el artículo 78, que el Instituto Electoral es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales. |
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II. |
Que el artículo 79 del ordenamiento electoral en cita, establece que el Instituto se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código Electoral. |
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III. |
Que el Código Electoral del Estado de México en el artículo 81, fracciones IV y V, establece como fines del Instituto los de garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo,, del titular del Poder Ejecutivo y de los ayuntamientos de la entidad, así como velar por la autenticidad y efectividad del sufragio. |
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IV. |
Que el Código Electoral del Estado de México en el artículo 84, establece que los órganos centrales del Instituto Electoral del Estado de México son: El Consejo General, la Junta General y la Dirección General. |
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V. |
Que el Código Electoral del Estado de México establece en el artículo 93, el Consejo General mediante su Acuerdo número 10 aprobado en sesión de fecha 4 de marzo del año 2004, integró la Comisión de Organización y Capacitación. |
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VI. |
Que el mismo ordenamiento en su artículo 95, fracción XLVII, determina como una atribución del Consejo General la de aprobar el Programa de Capacitación para los ciudadanos que resulten insaculados, dando seguimiento y evaluación periódica. |
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VII. |
Que el Consejo General en sesión de fecha 31 de enero de este año, mediante su Acuerdo número 7 publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha 1° de febrero del año en curso, aprobó el Programa de Capacitación Electoral para el Proceso Electoral 2005 y los materiales didácticos que fueron remitidos por la Junta General del Instituto. |
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VIII. |
Que en el Programa de Capacitación Electoral para el Proceso Electoral 2005 se tiene como objetivo general el de promover la participación responsable e informada de los ciudadanos, con base en la normatividad electoral vigente, para que integren las mesas directivas de casilla. |
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IX. |
Que el Programa de Capacitación Electoral para el Proceso Electoral 2005, establece en el apartado 8.4 que la actividad de evaluación a la calidad de la capacitación electoral y al desempeño de los instructores y capacitadores, será la aplicada de acuerdo a los lineamientos que elabore la Comisión de Organización y Capacitación del órgano central, mismos que deberán ser aprobados y emitidos por el Consejo General. |
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X. |
Que el Programa de Capacitación Electoral para el Proceso Electoral 2005, establece que el objetivo de la evaluación será el de medir la calidad de la capacitación electoral a fin de corregirla o mejorarla y el de vigilar el desempeño de los instructores y capacitadores. |
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XI. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación, en su sesión ordinaria de fecha 5 de mayo de este año, aprobó el Acuerdo número 5 denominado “Metodología para la evaluación de la Capacitación Electoral y el Desempeño de Instructores y Capacitadores”, acordando remitirlo al Consejo General para su conocimiento, discusión y aprobación definitiva, en su caso. |
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XII. |
Que los integrantes del Consejo General se avocaron a revisar la propuesta de “Metodología para la evaluación de la Capacitación Electoral y el Desempeño de Instructores y Capacitadores”, determinando aprobarla en sus términos. |
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En mérito de lo anterior se expide el siguiente: |
ACUERDO
UNICO.-Se aprueba en todos sus términos la “Metodología para la evaluación de la Capacitación Electoral y el Desempeño de Instructores y Capacitadores”, que se anexa al presente formando parte del mismo.
TRANSITORIO
UNICO.-Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Toluca de Lerdo, México, a 11 de mayo del 2005.
“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)