El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del 17de junio de 2005, se sirvió aprobar el siguiente:
Acuerdo N° 72
Sustitución de Consejero Distrital Electoral.
CONSIDERANDO |
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I. |
Que el Consejo General, en ejercicio de la atribución que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95, fracción X, es el órgano facultado para designar de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, a los consejeros electorales distritales. |
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95, fracción XI, otorga al Consejo General la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles. |
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III. |
Que el Consejo General, mediante su Acuerdo número 4, aprobado en sesión extraordinaria celebrada el 31 de enero de 2005 y publicado en la Gaceta del Gobierno el día 1° de febrero del mismo año, designó a los ciudadanos que integran a losconsejos distritales electorales. |
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IV. |
Que el referido Acuerdo número 4 del Consejo General establece en su punto cuarto, que el Órgano Superior de Dirección, en cualquier momento, podrá sustituir, a petición fundada y motivada, a los consejeros distritales electorales. |
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V. |
Que habiendo sido nombrado consejero electoral distrital, el ciudadano Pablo Leonardo González Ortega, presentó su renuncia al Instituto con carácter de irrevocable, documento que se anexa al expediente de la Secretaría General, razón por la que es necesaria y procedente su sustitución. |
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VI. |
Que la Junta General, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 99 fracción VI, revisó el expediente del aspirante a consejero electoral para determinar en estricto orden progresivo, las mejores evaluaciones en las escalas curriculares, a fin de realizar la propuesta de al menos el doble de ciudadanos para sustituir, en su caso, al consejero electoral. |
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VII. |
Que la Junta General, en su sesión ordinaria del 14 de junio de este año, conoció la propuesta de al menos el doble de los ciudadanos a sustituir al consejero electoral, determinando que se sometiera a consideración del Consejo General, a través de la Dirección General, para su aprobación definitiva. |
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En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México ha tenido a bien expedir el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México sustituye como consejero distrital electoral a la persona que fue designada en su oportunidad y se nombra en su lugar a la siguiente ciudadana:
Distrito |
Cargo |
Motivo de Sustitución |
Persona a la que sustituye |
Nuevo nombramiento |
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Pablo Leonado González Ortega
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SEGUNDO.- El Consejero Presidente del Consejo General, el Director General y el Secretario General expedirán el nombramiento a la consejera electoral que se designa en el punto primero de este Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
SEGUNDO.- Notifíquese al consejo distrital electoral respectivo, señalando la sustitución acordada para los efectos legales correspondientes.
Toluca de Lerdo, México, a 17 de junio de 2005.
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)
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