El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del 17 de junio de 2005, se sirvió aprobar el siguiente:
Acuerdo N° 74
Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo para
la Jornada Electoral del
día 3 de
julio del año 2005.
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 señala que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público, autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, diputados a la Legislatura del Estado y ayuntamientos; será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño; contando en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. |
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México en el artículo 79, determina que el Instituto se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código. |
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III. |
Que el Código Comicial en el artículo 82, párrafos primero y segundo, establece que las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad y que para el desempeño de sus actividades contará con el personal calificado necesario para prestar el Servicio Electoral Profesional. |
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IV. |
Que el Código Electoral del Estado de México en el artículo 95, fracción XI, establece que es atribución del Consejo General vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles. |
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V. |
Que el artículo 99, fracción I, del Código Electoral del Estado de México establece dentro de las atribuciones de la Junta General proponer al Consejo General las políticas generales, los programas y los procedimientos administrativos del Instituto.
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VI. |
Que el Consejo General en su sesión del 31 de marzo de 2001, aprobó mediante Acuerdo No. 8, publicado en la Gaceta del Gobierno del 27 de abril del mismo año, el Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México, documento que contiene la estructura de organización y funcionamiento de todas las áreas del Instituto, sustentándose con precisión el objetivo, las atribuciones, las funciones y las actividades del órgano central. |
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VII. |
Que el Código Electoral del Estado de México enel artículo 102,fracción XIII, establece dentro de las atribuciones de la Dirección General, proveer a los órganos del Instituto de los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. |
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VIII. |
Que el documento elaborado por la Dirección General que contiene los Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo para la Jornada Electoral del día 3 de julio del año 2005,se fundamenta en lo dispuesto por el Código Electoral del Estado de México en el artículo 193, al señalar que los consejos distritales podrán solicitar a las juntas distritales correspondientes, la contratación del personal eventual que se requiera para los actos preparatorios de la jornada electoral y para el día de la elección. |
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IX. |
Que la Dirección General, mediante oficio IEEM/DG/1554/2005,fechado el 3 del mes y año en curso solicitó a la Secretaría General incluir en la sesión de la Junta General, la presentación y, en su caso, aprobación del documento que contiene los Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo para la Jornada Electoral del día 3 de julio del año 2005. |
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X. |
Que en la propuesta de Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo para la Jornada Electoral del día 3 de julio del año 2005, se contemplan las funciones del personal eventual de apoyo antes, durante y después de la jornada electoral, en las que, entre otras cosas, se encuentran las de apoyar la entrega-recepción de documentación y material electoral; verificar la instalación de mesas directivas de casilla y coordinar y auxiliar en los trabajos correspondientes a los centros de acopio. |
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XI. |
Que en la propuesta de Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo para la Jornada Electoral del día 3 de julio del año 2005, se determina el procedimiento de contratación, el cualse ajusta a las disposiciones legales aplicables. |
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XII. |
Que la Junta General en sesión ordinariacelebrada el 9 de mayo del año en curso, conoció, revisó, analizó y aprobó el documento que contiene la propuesta deLineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo para la Jornada Electoral del 3 de julio de 2005, que sometió a su consideración la Dirección General, acordando remitirlo a la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto para su conocimiento, estudio y análisis correspondiente. |
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XIII. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto, en su sesión del 10 de junio del año en curso, conoció la propuesta presentada por la Junta General, enriqueciendo su contenido, aprobándose de esta forma el Acuerdo número 8 de la Comisión, cuyo único transitorio determina remitirlo al Consejo General para su aprobación definitiva, en su caso. |
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XIV. |
Que como consecuencia de las consideraciones vertidas y del análisis cuidadoso de la propuesta de Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo para la Jornada Electoral del día 3 de julio del año 2005,el Consejo General se pronunció por aprobar en sus términos el proyecto presentado por la Comisión de Organización y Capacitación. |
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En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, ha tenido a bien expedir el siguiente: |
ACUERDO
ÚNICO.- El Consejo General aprueba en sus términos el Acuerdo número 8 de la Comisión de Organización y Capacitación, denominado “Lineamientos de Contratación y Actuación del Personal de Apoyo para la Jornada Electoral del día 3 de julio del año 2005”, documento que se anexa al presente Acuerdo, formando parte del mismo:
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
SEGUNDO.- Notifíquese a las juntas distritales ejecutivas, para su cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Estado de México, a 17 de junio de 2005.
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)
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