El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del 17 de junio de 2005, se sirvió aprobar el siguiente:

Acuerdo N° 88
Asignación a la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras
del Instituto Electoral del Estado de México de la investigación sobre la adjudicación
correspondiente a la licitación pública número IEEM/LPN/10/2005.

CONSIDERANDO

 
I.
Que el Código Electoral del Estado de México en el artículo 85, establece que el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, de promover la cultura política democrática, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.
 
II.
Que el Código Electoral del Estado de México en el artículo 93, párrafo primero, otorga al Consejo General la facultad de crear las comisiones que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, con el número de miembros que para cada caso acuerde.
 
III.
Que el Código Electoral del Estado de México, artículo 93, fracción I, establece que las comisiones permanentes se integrarán previamente al inicio del proceso electoral respectivo y serán aquéllas que por sus atribuciones requieran de un trabajo frecuente, ordenando la constitución de las siguientes:
 
1.
Comisión de Organización y Capacitación.
   
2.
Comisión de Vigilancia de las actividades administrativas y financieras.
   
3.
Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores.
   
4.
Comisión de Radiodifusión y Propaganda.
   
5.
Comisión de Fiscalización.
   
6.
Comisión Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos.
 
IV.
Que el Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria de fecha 4 de marzo de 2004, integró mediante su Acuerdo número 10, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 8 del mismo mes y año, las comisiones permanentes y especiales, dando cumplimiento a lo establecido por el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 93, fracciones I y III, para atender y resolver los asuntos vinculados con el proceso electoral 2005.
 
V.
Que el Consejo General en sesión ordinaria de 1º de junio de este año aprobó el Acuerdo número 65 denominado “Sustitución de Integrantes de las Comisiones Permanentes y Especiales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México ”, por medio del cual determinó integrar a las comisiones permanentes y especiales, a los consejeros electorales designados por la Legislatura del Estado, con el propósito de que se continuaran, con toda oportunidad, los trabajos relativos a la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral, por el que se elegirá al Gobernador Constitucional del Estado de México y además para dar cumplimiento a lo ordenado por el Código Electoral del Estado de México en los artículos 85 y 93.
 
VI.
Que el Consejo General en sesión extraordinaria de fecha 31 de agosto de 2004 y mediante Acuerdo número 44, aprobóel objeto, atribuciones y Lineamientos de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México.
 
VII.
Que el artículo 1º de los Lineamientos de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México determina que esta Comisión tendrá como objeto auxiliar al Consejo General en sus actividades de vigilancia, conocimiento, revisión, evaluación y formulación de recomendaciones para que las actividades administrativas y financieras del Instituto se apeguen a la legalidad, dando seguimiento oportuno a las actividades que desarrolle la Contraloría Interna del propio Instituto.
 
VIII.
Que el artículo 2, fracción I, de los Lineamientos de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México señala como atribución de esta Comisión la de vigilar que se apliquen oportuna y adecuadamente las disposiciones, políticas, normas, lineamientos, planes, programas, proyectos, acciones, presupuestos, procedimientos y demás instrumentos aprobados por el Consejo General, relacionados con los recursos humanos, materiales y financieros del Instituto, que garanticen el cumplimiento de sus fines y la protección de su patrimonio, proponiendo las medidas preventivas o correctivas pertinentes.
 
IX.
Que el artículo 2, fracción VI, de los Lineamientos de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México señala como atribución de esta Comisión la de supervisar al Comité Único de Adquisiciones, en todas las Operaciones de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios que el Instituto realice, revisando periódicamente sus operaciones y validándolas en su caso, después de haberse realizado las mismas, a través de los informes que rinda a la Comisión.
 
X.
Que el artículo 2, fracción VII, de los Lineamientos de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México señala como atribución de esta Comisión la de vigilar que los recursos financieros otorgados al Instituto por la Legislatura del Estado, se apliquen de conformidad con las disposiciones legales, normas y lineamientos que regulan su ejercicio, así como por los Acuerdos que emita el Consejo General.
 
XI.
Que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas, en cumplimiento del Acuerdo número 65 del Consejo General, aprobado en sesión ordinaria del 1º de junio de 2005, se instaló el 7 de junio del mismo año, a efecto de continuar con sus actividades.
 
XII.
Que en fecha 8 de junio del año en curso, mediante oficio número IEEM/PCG/660/2005, el Consejero Presidente solicitó al Presidente de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras convocar a la Comisión en referencia, a efecto de conocer el contenido de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México, recaída en los expedientes RA/16/2005 y RA/17/2005 acumulados, a fin de determinar si de ella se desprenden a violaciones a disposiciones de carácter administrativo, por parte de funcionarios del Instituto, atento a las facultades que le concede a esta Comisión el artículo 2, fracciones I y VII de los Lineamientos que regulan sus actividades.
 
XIII.
Que el Secretario General del Instituto Electoral del Estado de México, informó al Consejo General, en sesión extraordinaria celebrada el 17 de junio del año en curso, que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México realizó un breve informe sobre la Resolución del Tribunal Electoral del Estado de México, respecto a los recursos de apelación con números de expedientes RA/16/2005 y RA/17/2005 acumulados, interpuestos por las Coaliciones “PAN-Convergencia” y “Unidos para Ganar”, contra el Acuerdo número 50 del Consejo General, denominado “Adjudicación del Concurso Público de Materiales Electorales, correspondiente a la licitación pública número IEEM/LPN/10/2005."
 
XIV.
Que en sesión extraordinaria del Consejo General, celebrada el 17 de junio del año en curso, el Consejero Electoral Norberto López Ponce, Presidente de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, solicitó al Consejo General ratificar la solicitud que el Consejero Presidente le hizo mediante oficio número IEEM/PCG/660/2005, a fin de poder allegarse de los elementos necesarios para continuar con el proceso de revisión de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México, recaída en los expedientes RA/16/2005 y RA/17/2005 acumulados, las actuaciones que la misma refiere y sus eventuales consecuencias para la Institución.
 
XV.
Que el Consejo General, en sesión extraordinaria celebrada el 17 de junio del año en curso, aprobó por mayoría de votos, turnar a la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras la investigación sobre la adjudicación correspondiente a la licitación pública número IEEM/LPN/10/2005.
   
En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México ha tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General instruye a la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México a efecto de que ejerza las atribuciones señaladas en los Considerandos VIII, IX y X de este Acuerdo, en todo lo relacionado a la adjudicación correspondiente a la licitación pública número IEEM/LPN/10/2005.

SEGUNDO.- La Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México, iniciará el ejercicio de sus atribuciones para el objeto indicado en el punto primero anterior, a partir de la aprobación del presente Acuerdo, debiendo presentar informes periódicos de los trabajos desarrollados; un informe final de actividades; y, en su caso, el dictamen del asunto encomendado, a la brevedad posible.

TERCERO.- El Consejo General instruye a la Dirección General para que, de manera inmediata, entregue a la Presidencia de laComisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México toda la documentación relacionada con la adjudicación correspondiente a la licitación pública número IEEM/LPN/10/2005, en los términos y extensión que ésta le requiera.

TRANSITORIO

ÚNICO .- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, Estado de México, a 17 de junio de 2005.

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)