El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del 1º de julio de 2005, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° 90
Sustitución de Consejeros Electorales Distritales.

CONSIDERANDO

 
I.
Que el Consejo General, en ejercicio de la atribución que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95, fracción X, es el órgano facultado para designar de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, a los consejeros electorales distritales.
 
II.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95, fracción XI, otorga al Consejo General la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles.
 
III.
Que el Consejo General, mediante su acuerdo número 4, aprobado en sesión extraordinaria celebrada el 31 de enero de 2005 y publicado en la Gaceta del Gobierno el día 1° de febrero del mismo año, designó a los ciudadanos que integran a losconsejos distritales electorales:
 
IV.
Que el Acuerdo número 4 del Consejo General establece en su punto cuarto, que el Órgano Superior de Dirección, en cualquier momento, podrá sustituir, a petición fundada y motivada, a losconsejeros distritales electorales.
 
V.
Que habiendo sido nombrados consejeros electorales distritales, los ciudadanos Elba Laura Rodríguez Segovia y Armando Canto González presentaron su renuncia al Instituto con carácter de irrevocable, documentos que se anexan al expediente de la Secretaría General, razón por la que es necesaria y procedente su sustitución.
 
VI.
Que el Consejo General en sesión extraordinaria celebrada el 17 de junio del año en curso, mediante Acuerdo número 72, designó en el Distrito XXI a la Consejera Suplente, Sonia Ávila Márquez, como Consejera Propietaria Número 2, quedando pendiente la designación del Consejero Suplente correspondiente.
 
VII.
Que la Junta General, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 99 fracción VI, revisó los expedientes de los aspirantes a consejeros electorales para determinar en estricto orden progresivo, las mejores evaluaciones en las escalas curriculares, a fin de realizar la propuesta de al menos el doble de ciudadanos para sustituir, en su caso, a los consejeros electorales.
 
VIII.
Que la Junta General, en su sesión del 28 de junio de este año, conoció la propuesta de al menos el doble de los ciudadanos a sustituir a los consejeros electorales, determinando que se sometieran a consideración del Consejo General, a través de la Dirección General, para su aprobación definitiva.
   
En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México ha tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México sustituye como consejeros distritales electorales a las personas que fueron designadas en su oportunidad y se nombran en su lugar a los siguientes ciudadanos:

Distrito
Cargo
Motivo de Sustitución
Motivo por el que se Sustituye
Nuevo Nombramiento
XXI
Consejero Suplente 2
Pasó de Suplente a Consejera Propietaria 2
Sonia Ávila Márquez
Sergio Antonio Méndez Silva
XXVIII
Consejero Suplente 4
Renuncia
Elaba Laura Rodríguez Segovia
Salvador Castillo Ramos
XXXI
Consejero Suplente
Renuncia
Armando Canto González
Esmeralda Páez Juárez.

SEGUNDO.- El Consejero Presidente del Consejo General, el Director General y el Secretario General expedirán el nombramiento a los consejeros electorales que se designan en el punto primero de este Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO.- Notifíquese a los consejos distritales electorales señalados las sustituciones acordadas, para los efectos legales correspondientes.

Toluca de Lerdo, México, a 1º de julio de 2005.

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)