El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del 30 de agosto de 2005, se sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 118
Proyecto de Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el Ejercicio Fiscal del año 2006.
CONSIDERANDO |
|
|
I. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 80 establece, que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos del Estado de México. |
|
|
II. |
Que el Director General del Instituto, en ejercicio de la atribución que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 102 fracción XVIII, elaboró el Anteproyecto del Presupuesto del Instituto para el año 2006, sustentado en el Programa de Actividades del año 2006 y tomando en consideración los requerimientos del gasto ordinario de la Institución y del Proceso Electoral que deberá desarrollarse en la Entidad, para renovar a la Legislatura del Estado y los integrantes de los 125 Ayuntamientos de la Entidad, en la elección que se celebrará el segundo domingo del mes de marzo del próximo año. |
|
|
III. |
Que la Junta General en su sesión ordinaria del día 29 de agosto del presente año, conoció y aprobó el Anteproyecto de Presupuesto del Instituto para el año 2006, acordándose remitirlo a la Presidencia del Consejo General para que, de estimarlo procedente, se turne al Órgano Superior de Dirección para su análisis, discusión y aprobación, en su caso. |
|
|
IV. |
Que una vez aprobado por el Consejo General el Anteproyecto del Presupuesto para el Instituto Electoral del Estado de México, el Código Electoral del Estado de México en su artículo 96 fracción V, otorga la atribución al Consejero Presidente de someterlo oportunamente a la consideración del Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México. |
|
|
V. |
Que el Consejo General estima que el Anteproyecto de Presupuesto presentado por la Presidencia del Consejo General, contempla los recursos que serán indispensables para el desarrollo de las actividades ordinarias programadas para el año 2006 y para la continuidad en la organización, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral 2005-2006 mediante el cual, los ciudadanos mexiquenses elegirán a los miembros LVI Legislatura del Estado y a los integrantes de los 125 Ayuntamientos de la Entidad; y da estricto cumplimento a lo ordenado por el Código Electoral del Estado de México en sus artículos 57, 58 y 63, previendo dentro del anteproyecto de presupuesto las partidas relativas al acceso de los partidos políticos a medios de comunicación social propiedad del Gobierno del Estado y de Financiamiento Público Ordinario y para Gastos de Campaña; permitiendo de esta manera que el Instituto cumpla con las metas, objetivos y fines que le señala el Código Electoral del Estado de México en sus artículos 78 y 81. |
|
|
VI. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XXX, otorga al Consejo General la atribución de aprobar el Proyecto de Presupuesto para el Instituto Electoral del Estado de México, a propuesta del Consejero Presidente. |
|
|
En mérito de lo anterior se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba el Proyecto de Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el Ejercicio del año 2006, documento que forma parte integrante del presente acuerdo por la cantidad de $1’496,566,664.92 (Un mil cuatrocientos noventa y seis millones, quinientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y cuatro pesos 92/100 M.N.); de los cuales se asignan $555,833,856.00 (Quinientos cincuenta y cinco millones, ocho cientos treinta y tres mil ochocientos cincuenta y seis pesos 00/100 M.N.), por concepto de financiamiento público a los partidos políticos debidamente acreditados, para el desarrollo de sus actividades ordinarias y de sus campañas electorales para la elección de diputados y miembros de los ayuntamientos a celebrarse el 12 de marzo del 2006; de igual forma se asignan $2,090,628.00, (Dos millones noventa mil seiscientos veintiocho pesos 00/100 M.N.), como prerrogativas para el acceso de los partidos políticos a los medios de comunicación social, en términos de ley.
SEGUNDO.- El Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, remitirá a más tardar el último día hábil de agosto, el Proyecto de Presupuesto aprobado por el Órgano Superior de Dirección del Instituto, al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para que se incorpore al presupuesto consolidado que se envíe a la LV Legislatura para el año 2006, como lo establece el artículo 299 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
TERCERO.- Solicítese al Ejecutivo del Estado, que el Presupuesto de Egresos del Instituto que se apruebe por la LV Legislatura del Estado, sea liberado a partir del día primero del mes de enero del año 2006, a efecto de cumplir oportunamente con las acciones que señale el Programa de Actividades correspondiente a ese año electoral.
CUARTO.- Para sustentar el Proyecto de Presupuesto que se enviará al Poder Ejecutivo, agréguese el Programa de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2006.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese el presente acuerdo, con el Concentrado del Proyecto de Presupuesto 2006 en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Toluca de Lerdo, México, a 30 de agosto de 2005.
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)