El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día treinta de noviembre del año dos mil cinco, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° 151
Traspaso de recursos financieros de la partida 1307 “Compensación por servicios
especiales” del Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de México,
para la creación de una provisión contable destinada a cubrir contingencias laborales.

CONSIDERANDO

   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México establece en su artículo 11, que el Instituto Electoral del Estado de México es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los Procesos Electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos.

El Instituto será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño.

   
II.
Que el Código Electoral del Estado de México señala en su artículo 78, que el Instituto Electoral del Estado de México es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios responsable de la organización, desarrollo y vigilancia de los Procesos Electorales.
   
III.
Que el Código Electoral aludido, en el artículo 80 establece que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos del Estado.
   
IV.
Que el ordenamiento legal en cita, en su artículo 95 en su fracción XXXIV, otorga al Consejo General la atribución de aprobar las políticas generales, los programas y los procedimientos administrativos del Instituto.
   
V.
Que en sesión ordinaria del día veintiséis de agosto del año dos mil dos, el Consejo General aprobó mediante acuerdo número veintiséis, la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto General del Estado de México, publicado en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, el día veintinueve de agosto del año dos mil dos.
   
VI.
Que el Órgano Superior de Dirección aprobó mediante Acuerdo número 32 de fecha veintinueve de julio del año dos mil cuatro, publicado en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” el día treinta de julio del mismo año, reformas y adiciones a la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto Electoral del Estado de México.
   
VII.
Que la H. LV Legislatura del Estado de México en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, mediante Decreto número 114, de fecha quince de diciembre del año dos mil cuatro, publicado el veintidós del mismo mes y año, aprobó el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México, asignando, en su artículo 14 el Presupuesto de Egresos para el Instituto Electoral del Estado de México.
   
VIII.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria del día siete de enero del año dos mil cinco, aprobó mediante su acuerdo No. 1, el ajuste del Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año dos mil cinco.
   
IX.
Que siendo el Presupuesto Autorizado por el Consejo General un resumen de previsiones de gastos proyectados, pueden darse situaciones que generen la necesidad de efectuar modificaciones de recursos financieros.
   
X.
Que la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto Electoral del Estado de México establece en su artículo 8, fracción II, inciso b), la atribución del Consejo General para autorizar traspasos presupuestarios.
   
XI.
Que la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales en el artículo 50 establece, que las autoridades en materia financiera del Instituto observarán el cumplimiento de los traspasos de partidas, reservas financieras y demás disposiciones del ejercicio del presupuesto, en el ámbito de su competencia, estableciendo las medidas necesarias para su correcta aplicación y control.
   
XII.
Que la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto Electoral del Estado de México, en su artículo 53, dispone que el presupuesto se distribuirá y se ejercerá conforme a los objetivos y metas contemplados en sus programas y proyectos autorizados por el Consejo. Los recursos financieros, para las actividades adicionales que realicen las diferentes Unidades Administrativas del Instituto fuera de programa, deberán ser autorizados por la Dirección General, siempre y cuando se cuente con suficiencia presupuestal, previa aprobación por conocimiento de la Comisión correspondiente y en el caso que se requiera un traspaso, corresponderá al Consejo su aprobación.
   
XIII.
Que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras tiene, entre otras atribuciones, la de vigilar que los recursos financieros otorgados al Instituto por la Legislatura del Estado, se apliquen de conformidad con las disposiciones legales, normas y lineamientos que regulan su ejercicio; así como los acuerdos que emita el Consejo General.
   
XIV.
Que en el procedimiento denominado “Traspasos Presupuestarios” de la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales, se establece que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, recibirá solicitud de traspasos presupuestarios, revisará, analizará y evaluará la procedencia de los mismos, que aprobará y turnará al Consejo General para su aprobación definitiva, en su caso.
   
XV.
Que la Dirección General conjuntamente con la Dirección de Administración del Instituto, analizaron las partidas del presupuesto para el ejercicio fiscal dos mil cinco, observando que la partida 1307 (uno, tres, cero, siete) denominada “Compensación por Servicios Especiales” a la fecha registra un considerable ahorro presupuestal derivado de una compensación relativa a un mes de salario a los servidores electorales de carácter permanente, misma que había sido presupuestada para entregarse al concluirse el proceso electoral del año dos mil cinco y que siguiendo la política de austeridad y racionalidad del gasto no fue entregada, por lo que la utilización de recursos de la partida enumerada no afecta el cumplimiento de las metas programadas para ésta.
   
XVI.
Que el presupuesto autorizado para el año dos mil cinco, no contempló los recursos financieros necesarios para cubrir contingencias laborales de los servidores electorales, motivo por el cual, la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, determinó aprobar el traspaso de recursos financieros, con la finalidad de contar con una provisión contable que permita al Instituto cumplir con las diversas contingencias de índole laboral que tuviera que llegar a enfrentar.
   
XVII.
Que de los $6’000,000.00 (seis millones de pesos 00/100 M.N.) que se pretenden traspasar, un importe de $4’176,093.58, (cuatro millones ciento setenta y seis mil noventa y tres pesos 58/100 M.N.) fue utilizado para cubrir las indemnizaciones de exservidores electorales adscritos a las diferentes unidades administrativas del Instituto a fin de corregir los registros contables, en tanto que los $1’823,906.42 (un millón ochocientos veintitrés mil novecientos seis pesos 42/100 M.N.) restantes serán destinados a cubrir contingencias futuras.
   
XVIII.
Que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México en su sesión ordinaria de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil cinco, aprobó la propuesta de traspaso de recursos financieros por un importe de $6’000,000.00 (seis millones de pesos 00/100 M.N.) para crear una provisión contable destinada a cubrir contingencias laborales; por lo que se solicita por conducto de la Secretaría Técnica de esta Comisión la aprobación del máximo Órgano de Dirección.
   
XIX.
Que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, mediante oficio número IEEM/CVAAF/135/2005, de fecha veinticuatro de noviembre del año en curso, remitió a la Secretaría General, el Proyecto de Acuerdo para el traspaso de recursos financieros de la partida 1307 “Compensación por servicios especiales” del Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de México, para la creación de una provisión contable destinada a cubrir contingencias laborales, solicitando someterlo a la consideración del Consejo General.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General aprueba el Acuerdo de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, denominado ”Traspaso de recursos financieros de la partida 1307, denominada “compensación por servicios especiales” del Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de México, para crear una provisión contable destinada a cubrir contingencias laborales”, convirtiéndolo en definitivo, adjuntándolo al presente como parte del mismo.


SEGUNDO.- Se instruye al Director General para que ejecute en forma administrativa, los traspasos financieros aprobados por medio del presente acuerdo.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo, en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, Estado de México, a 30 de noviembre de 2005.

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

SECRETARIA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. FLOR DE MARIA HUTCHINSON VARGAS
(RUBRICA)