El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día diez de enero del año dos mil seis, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo N° 184
Adjudicación del Concurso Público de Materiales Electorales en segunda convocatoria, correspondiente a la licitación pública número IEEM/LPN/22/2005, para los Procesos Electorales 2005-2006.

CONSIDERANDO

 
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 129 primer párrafo, establece que los recursos económicos de que dispongan los poderes públicos del Estado y los ayuntamientos de los municipios; así como sus órganos auxiliares y fideicomisos públicos se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez para cumplir con los objetivos y programas a los que estén destinados.
 
II.
Que en el segundo párrafo del artículo enumerado en el considerando anterior, se determina que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, la prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra se llevarán a cabo y se adjudicarán por medio de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que se presenten propuestas en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al gobierno del Estado y a los municipios, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
 
III.
Que la Constitución Política local en el tercer párrafo del artículo enumerado en el considerando I del presente, establece que, las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior, serán idóneas para asegurar dichas condiciones y las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado y municipios. Agregando, en un cuarto párrafo que el manejo de los recursos económicos estatales y municipales, se sujetará a las bases del propio artículo 129 del ordenamiento previamente mencionado.
 
IV.
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 85, determina que el Consejo General del Instituto es el Órgano Superior de Dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, de promover la cultura política democrática, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.
 
V.
Que la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales, en el artículo 8 fracción III inciso c), establece que el Consejo General, en materia de recursos materiales, tendrá como atribución: “Aprobar la adjudicación de los concursos públicos sobre la documentación y materiales electorales de los procesos electorales y los demás o cuales quiera acto que determine el Consejo”.
 
VI.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día treinta de noviembre del año dos mil cinco, aprobó mediante Acuerdo número 149, el modelo de documentación electoral, boletas y actas; así como los materiales electorales consistentes en mamparas, urnas, formatos, tinta indeleble, útiles y demás para el proceso electoral por los cuales se elegirán diputados a integrar la LVI Legislatura y miembros de los Ayuntamientos del Estado, que tendrá verificativo el día doce de marzo del año en curso, Acuerdo que fuera publicado en el periódico oficial Gaceta del Gobierno el día dos de diciembre del año próximo pasado.
 
VII.
Que el Acuerdo 149 emitido por el Consejo General, citado en el considerando anterior, ordena que la adquisición de documentación electoral, se sometiera a concurso público, instruyendo al Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto, realizarlos conforme a lo ordenado en el Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México, en lo que no se oponga al Código Electoral del Estado de México y a la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales, reservándose la parte de la adjudicación del concurso para que lo realice el Consejo General.
   
VIII.
Que en el Acuerdo número 149 del Consejo General, referido en el Considerando IV del presente Acuerdo, se otorgó a las Comisiones de Organización y Capacitación, y de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto la atribución de supervisar la calidad de los productos y vigilar en todo momento el procedimiento de licitación pública que realice el Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto, así como el procedimiento de fabricación, calidad de los productos y distribución de los materiales electorales.
   
IX.
Que el Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto, en sesión de fecha ocho de diciembre del año dos mil cinco, mediante Acuerdo número IEEM/CUA/144/2005, aprobó la documentación preparatoria, consistente en calendario, convocatoria y bases concursales para la celebración de la licitación pública nacional IEEM/LPN/22/2005, referente a la Adquisición de Material Electoral para los Procesos Electorales 2005-2006, conforme al anexo aprobado por el Consejo General.
   
X.
Que en cumplimiento del acuerdo número 149 mencionado en el considerando número IV del presente, el Instituto Electoral del Estado de México, llevó a cabo el procedimiento para la celebración oportuna del concurso público número IEEM/LPN/22/2005, relativo a la Adquisición de Material Electoral para la elección de Diputados y Ayuntamientos a celebrarse el día doce de marzo del año dos mil seis en la entidad, expidiendo la convocatoria correspondiente, misma que fue publicada en la “Gaceta del Gobierno”, en los diarios de circulación local El Sol de Toluca y El Diario y en los diarios de circulación nacional El Universal y Reforma, el día trece de diciembre del año dos mil cinco; efectuándose la venta de bases concursales durante el periodo comprendido del trece al quince de diciembre del año dos mil cinco; celebrándose la junta aclaratoria correspondiente el día dieciséis del mes de diciembre del año dos mil cinco; y el acto de presentación y apertura de propuestas el día veinte de diciembre del año dos mil cinco.
 
XI.
Que con fundamento en diversas disposiciones del Código Administrativo, de la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto y de las bases concursales se declararon desiertas las partidas uno, dos y tres debido a que únicamente fueron consideradas en la propuesta técnica de un oferente, así como la partida cuatro la cual no fue cotizada por oferente alguno. Derivado de lo anterior se expidió una nueva convocatoria, misma que fue publicada el día veintitrés de diciembre del año dos mil cinco, en la página de internet con que cuenta el Instituto y en los diarios El Universal, Reforma, El Sol de Toluca y el Diario; efectuándose la venta de bases concursales de la Licitación Pública Nacional número IEEM/LPN/22/2005, en segunda convocatoria, durante los días veintitrés, veintiséis y veintisiete del mes de diciembre del año pasado; teniendo verificativo la junta aclaratoria el día veintiocho del mismo mes y año; así como el acto de presentación y apertura de propuestas el día dos de enero del año dos mil seis.
 
XII.
Que durante el desarrollo del procedimiento de Licitación Pública Nacional número IEEM/LPN/22/2005 en segunda convocatoria, se contó con la intervención y participación de los Consejeros Electorales y su asistencia a las visitas de inspección que se realizaron a las empresas participantes cuyas propuestas fueron aceptadas.
 
XIII.
Que una vez concluidos los procedimientos en el concurso público celebrado para los materiales electorales, el Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto, en fecha seis de enero del año en curso, aprobó el Acuerdo número 004 denominado “Adjudicación de la Licitación Pública Nacional número IEEM/LPN/22/2005, en segunda convocatoria, relativo a la Adquisición de Material Electoral para los Procesos Electorales 2005-2006”, respecto de las partidas número uno, dos, tres, seis y siete referentes a material metálico, material de cartón corrugado y material impreso (lonas y telas), acordándose asimismo, remitirlo y someterlo a la consideración del Consejo General, para su análisis, discusión y aprobación definitiva, en su caso.

En razón de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO: El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprueba la “Adjudicación de la Licitación Pública Nacional número IEEM/LPN/22/2005 en Segunda Convocatoria Relativo a la Adquisición de Material Electoral para los Procesos Electorales 2005-2006”, respecto de las partidas número uno, dos, tres, seis y siete referentes a material metálico, material de cartón corrugado y material impreso (lonas y telas), aprobado mediante Acuerdo número 004 por el Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto, mismo que se adjunta a este acuerdo como anexo número 1, formando parte del mismo y lo convierte en definitivo; y, en consecuencia.

SEGUNDO: Se adjudica el Concurso Público de Materiales Electorales, respecto de la partida número 1 “Material Metálico” referente a base tipo tijera para mampara electoral, correspondiente a la licitación pública nacional, en segunda convocatoria número IEEM/LPN/22/2005, a favor de DELPART S.A. de C.V., en los términos del dictamen que se adjunta.

TERCERO: Se adjudica el Concurso Público de Materiales Electorales, respecto de la partida número 2 “Material Metálico” referente a marcadora para credencial de elector, correspondiente a la licitación pública nacional, en segunda convocatoria número IEEM/LPN/22/2005, a favor de DELPART S.A. de C.V., en los términos del dictamen que se adjunta.

CUARTO: Se adjudica el Concurso Público de Materiales Electorales, respecto de la partida número 3 “Material de Cartón Corrugado” referente a mampara electoral completa, urna electoral para la elección de ayuntamientos completa, urna electoral para la elección de diputados completa, caja paquete electoral para la elección de ayuntamientos completa, caja paquete electoral para la elección de diputados completa, portafolio para documentación electoral de la elección de ayuntamientos, portafolio para documentación electoral de la elección de diputados locales, y caja contenedora de material electoral correspondiente a la licitación pública nacional, en segunda convocatoria número IEEM/LPN/22/2005, a favor de PRODUCTOS GLAMA S.A. de C.V., en los términos del dictamen que se adjunta.

QUINTO: Se adjudica el Concurso Público de Materiales Electorales, respecto de la partida número 6 “Material Impreso” referente a lonas para cubrir casillas, correspondiente a la licitación pública nacional, en segunda convocatoria número IEEM/LPN/22/2005, a favor de DISTRIBUCIONES PLÁSTICAS ROJAS S.A. de C.V., en los términos del dictamen que se adjunta.

SEXTO: Se adjudica el Concurso Público de Materiales Electorales, respecto de la partida número 7 “Material Impreso” referente a casacas, correspondiente a la licitación pública nacional, en segunda convocatoria número IEEM/LPN/22/2005, a favor de DISTRIBUCIONES PLÁSTICAS ROJAS S.A. de C.V., en los términos del dictamen que se adjunta.

SÉPTIMO: Se declaran desiertas las partidas número 4 material impreso (papel) y 5 material impreso (sobres), por las razones expuestas en los resultandos y considerandos del Acuerdo 004, por lo que se autoriza al Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México para que proceda a actuar en términos de las disposiciones legales y normatividad aplicables a la adjudicación directa.

OCTAVO: Se autoriza al Consejero Presidente, al Director General y la Secretaria General del Instituto, para que suscriban los contratos de fabricación y suministro de materiales electorales, con las empresas que se indican en los puntos segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, México, a diez de enero del dos mil seis.

 

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

LA SECRETARIA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. FLOR DE MARIA HUTCHINSON VARGAS

(RUBRICA)