El Consejo General del Instituto Electoral
del Estado de México, en su sesión extraordinaria
del día diez de enero del año dos mil seis, se sirvió
expedir el siguiente:
Acuerdo N° 185
Adjudicación de la Licitación Pública
Nacional N° IEEM/LPN/23/2005, en segunda convocatoria,
relativa a la Impresión de Documentación Electoral
para los Procesos Electorales 2005-2006.
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo
129 primer párrafo, establece que los recursos económicos
de que dispongan los poderes públicos del Estado y
los ayuntamientos de los municipios; así como sus órganos
auxiliares y fideicomisos públicos se administrarán
con eficiencia, eficacia y honradez para cumplir con los objetivos
y programas a los que estén destinados. |
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II. |
Que el mismo ordenamiento constitucional,
en el segundo párrafo del artículo enumerado
en el considerando anterior, determina que las adquisiciones,
arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, la
prestación de servicios de cualquier naturaleza y la
contratación de obra se llevarán a cabo y se
adjudicarán por medio de licitaciones públicas
mediante convocatoria pública para que se presenten
propuestas en sobre cerrado, que será abierto públicamente,
a fin de asegurar al gobierno del Estado y a los municipios,
las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias
pertinentes. |
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III. |
Que la Constitución Política
local, en el tercer párrafo del artículo enumerado
en el considerando I del presente, establece que, las licitaciones
a que hace referencia el párrafo anterior, serán
idóneas para asegurar dichas condiciones y las leyes
establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos
y demás elementos para acreditar la economía,
eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren
las mejores condiciones para el Estado y municipios. Agregando,
en un cuarto párrafo que el manejo de los recursos
económicos estatales y municipales, se sujetará
a las bases del artículo en cita. |
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IV. |
Que el Código Electoral del Estado
de México, en el artículo 85, determina que
el Consejo General del Instituto es el Órgano Superior
de Dirección, responsable de vigilar el cumplimiento
de las disposiciones constitucionales y legales en materia
electoral, de promover la cultura política democrática,
así como de velar porque los principios de certeza,
legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen
todas las actividades del Instituto. |
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V. |
Que la Normatividad y Procedimientos
para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros,
Materiales y Servicios Generales en el artículo 8 fracción
III inciso c), establece que el Consejo General, en materia
de recursos materiales, tendrá como atribución:
“Aprobar la adjudicación de los concursos públicos
sobre la documentación y materiales electorales de
los procesos electorales y los demás o cuales quiera
acto que determine el Consejo”. |
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VI. |
Que el Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de México, en su sesión
extraordinaria del día treinta de noviembre del año
dos mil cinco, aprobó mediante su acuerdo número
149, la documentación electoral para los procesos electorales
por los cuales se elegirán diputados a integrar la
LVI Legislatura y miembros de los Ayuntamientos del Estado,
que tendrá verificativo el día doce de marzo
del presente año, que fuera publicado en el periódico
oficial Gaceta del Gobierno el día dos de diciembre
del año próximo pasado. |
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VII. |
Que en el Acuerdo 149 precisado en el
considerando anterior, se ordenó que la adquisición
de documentación electoral, se sometiera a concurso
público, instruyendo al Comité Único
de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de
Servicios del Instituto, realizarlos conforme a lo ordenado
en el Libro Décimo Tercero del Código Administrativo
del Estado de México, en lo que no se oponga al Código
Electoral del Estado de México y a la Normatividad
y Procedimientos para la Administración de los Recursos
Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales, reservándose
la parte de la adjudicación del concurso para que lo
realice el Consejo General. |
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VIII. |
Que en el Acuerdo número 149 del
Consejo General, se otorgó a las comisiones de Organización
y Capacitación y, de Vigilancia de las Actividades
Administrativas y Financieras del Instituto la atribución
de supervisar la calidad de los productos y vigilar en todo
momento el procedimiento de licitación pública
que realice el Comité Único de Adquisiciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto,
así como el procedimiento de fabricación, calidad
de los productos y distribución de los materiales electorales. |
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IX. |
Que en cumplimiento del acuerdo anterior,
el Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos
y Contratación de Servicios del Instituto Electoral
del Estado de México, atendiendo lo ordenado por el
Órgano Superior de Dirección y con fundamento
en la Normatividad y Procedimientos para la Administración
de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios
Generales en el artículo 77, en su sesión de
fecha ocho de diciembre del año dos mil cinco, mediante
acuerdo número IEEM/CUA/145/2005, aprobó la
documentación preparatoria, consistente en calendario,
convocatoria y bases concursales para la celebración
de la licitación pública nacional IEEM/LPN/23/2005,
referente a la impresión de documentación electoral,
expidiendo la convocatoria correspondiente, misma que fue
publicada el día trece de diciembre del año
dos mil cinco en el periódico oficial “Gaceta
del Gobierno”, en la página de Internet con que
cuenta el Instituto y en los diarios El Universal, Reforma,
El Sol de Toluca y El Diario; efectuándose la venta
de bases concursales durante el período comprendido
del trece al dieciséis de diciembre del año
dos mil cinco; celebrándose la junta aclaratoria correspondiente
el día diecisiete del mes de diciembre del año
dos mil cinco; y el acto de presentación y apertura
de propuestas el día veintiuno de diciembre del año
próximo pasado. |
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X. |
Que con fundamento en diversas disposiciones
del Código Administrativo, de la Normatividad y Procedimientos
para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros,
Materiales y Servicios Generales del Instituto y de las bases
concursales se declaró desierto el procedimiento de
licitación, debido a que fueron rechazadas las propuestas
técnicas de las dos empresas participantes. Derivado
de lo anterior se expidió una nueva convocatoria, misma
que fue publicada el día veintitrés de diciembre
del año pasado en el periódico oficial Gaceta
del Gobierno, en la página de Internet con que cuenta
el Instituto y en los diarios Milenio Toluca, La Jornada,
El Universal, El Financiero y Reforma; efectuándose
la venta de bases concursales de la Licitación Pública
Nacional número IEEM/LPN/23/2005, en segunda convocatoria,
durante los días veintinueve y treinta de diciembre
del año dos mil cinco y dos de enero de este año;
y el acto de presentación y apertura de propuestas
el día tres de enero del año dos mil seis. |
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XI. |
Que durante el desarrollo del procedimiento
de Licitación Pública Nacional número
IEEM/LPN/23/2005 en segunda convocatoria, se contó
con la intervención y participación de los Consejeros
Electorales y su asistencia a las visitas de inspección
que se realizaron a las empresas participantes cuyas propuestas
fueron aceptadas. |
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XII. |
Que una vez concluidos los procedimientos
en el concurso público celebrado para la impresión
de documentación electoral, el Comité Único
de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de
Servicios del Instituto, en fecha seis de enero de este año,
aprobó el Acuerdo número 005 denominado “Licitación
Pública Nacional número IEEM/LPN/23/2005, en
Segunda Convocatoria, Relativo a la Impresión de Documentación
Electoral para los Procesos Electorales 2005-2006”,
acordándose asimismo, remitirlo y someterlo a la consideración
del Consejo General, para su análisis, discusión
y aprobación definitiva, en su caso. |
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XIII. |
Que el Consejo General después
de conocer y analizar el Acuerdo número 005 denominado
“Licitación Pública Nacional número
IEEM/LPN/23/2005, en Segunda Convocatoria Relativo a la Impresión
de Documentación Electoral para los Procesos Electorales
2005-2006”, propuesto y sometido a su consideración
por el Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos
y Contratación de Servicios del Instituto, determinó
aprobarlo en sus términos, en virtud de que éste
cumple con los requisitos contenidos en la Constitución
Política local, el Código Electoral del Estado
de México, el Libro Décimo Tercero del Código
Administrativo del Estado de México y la Normatividad
y Procedimientos para la Administración de los Recursos
Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del
Instituto. |
En razón de lo anterior,
se expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo
General del Instituto Electoral del Estado de México, aprueba
la “Licitación Pública Nacional número
IEEM/LPN/23/2005 en Segunda Convocatoria, relativa a la Impresión
de Documentación Electoral para los Procesos Electorales
2005-2006”, aprobado como Acuerdo número 005 por el
Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación
de Servicios del Instituto, mismo que se adjunta a este acuerdo
como anexo número 1, formando parte del mismo y lo convierte
en definitivo.
SEGUNDO.- Se adjudica
el Concurso Público de Impresión de Documentación
Electoral correspondiente a la Licitación Pública
Nacional, en Segunda Convocatoria número IEEM/LPN/23/2005,
a favor de LITHO FORMAS S.A. de C.V. en los términos del
dictamen que se adjunta.
TERCERO.- Se autoriza
al Consejero Presidente, al Director General y a la Secretaria General
del Instituto, para que suscriban el contrato de impresión
de documentación electoral con la empresa que se indica en
el punto segundo del presente acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese
el presente Acuerdo y su anexo en la Gaceta del Gobierno del Estado
de México.
Toluca de Lerdo, México,
a diez de enero del dos mil seis.
“TU
HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)
LA SECRETARIA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. FLOR DE MARIA HUTCHINSON VARGAS
(RUBRICA)
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