El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día veinte de enero del año dos mil seis, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° 196
Ajuste al Presupuesto y autorización para la transferencia y utilización de recursos de las economías logradas por el Instituto Electoral durante el año 2005, para su ejercicio del año 2006 en el que se elegirán Diputados y miembros de Ayuntamientos en el Estado de México.

CONSIDERANDO

   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 11 primer párrafo, dispone Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público, autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos; rigiéndose bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.
 
II.
Que el Código Electoral del Estado de México, señala en su artículo 78, que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales.
 
III.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 80, establece que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos del Estado de México.
 
IV.
Que el Código Electoral de la Entidad, en su artículo 81 establece, entre otros, como fines del Instituto: Garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo, del Titular del Poder Ejecutivo y los integrantes de los Ayuntamientos; así como el velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.
 
V.
Que el Código Comicial de la Entidad, en el artículo 85, determina que el Consejo General del Instituto es el Órgano Superior de Dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, de promover la cultura política democrática, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.
 
VI.
Que el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 95 fracción XXX, otorga al Consejo General la atribución de aprobar el anteproyecto de Presupuesto de egresos del Instituto, a propuesta del Consejero Presidente.
 
VII.
Que el artículo 96, fracción V del Código Electoral de la Entidad, contempla como atribución del Presidente del Consejo General, el someter oportunamente a la consideración del titular del Poder Ejecutivo el proyecto del presupuesto del Instituto, una vez aprobado por el Consejo General.
   
VIII.
Que el artículo 102, fracciones XII, XIII y XVIII del Código de la Materia, establece como atribuciones del Director General del Instituto Electoral, la de ejercer las partidas presupuestales aprobadas por el Consejo General, proveer a los órganos del Instituto de los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones; así como el someter a la consideración del Presidente del Consejo General el anteproyecto anual del presupuesto del Instituto.
   
IX.
Que el artículo 109, en sus fracciones III, IV y VI del Código Comicial de la Entidad, se encuentran plasmadas las atribuciones de la Dirección de Administración, la de formular el anteproyecto anual de presupuesto del Instituto, el establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control del presupuesto y atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto.
   
X.
Que la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales, en el artículo 8 fracción II incisos b) y d), dispone que el Consejo General, en cuanto a materia de recursos financieros, puede autorizar traspasos presupuestarios, así como aprobar la reasignación de recursos presupuestarios autorizados no ejercidos, a programas sustantivos del Instituto.
   
XI.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día treinta de agosto del año dos mil cinco, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México aprobó, mediante acuerdo número 118, publicado en el periódico oficial Gaceta del Gobierno el día treinta y uno de agosto del año próximo pasado, el Proyecto de Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año 2006.
   
XII.
Que la cantidad a la que ascendió el Proyecto de Presupuesto aprobado por el Consejo General fue de $1’496,566,664.92 (Un mil cuatrocientos noventa y seis millones quinientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y cuatro pesos 92/100 M.N.); de los cuales se asignan $555’833,856.00 (Quinientos cincuenta y cinco millones ochocientos treinta y tres mil ochocientos cincuenta y seis pesos 00/100 M.N.) por concepto de financiamiento público a los partidos políticos debidamente acreditados para el desarrollo de sus actividades ordinarias y de sus campañas electorales para la elección de Diputados y miembros de los Ayuntamientos a celebrarse el doce de marzo del año en curso; de igual forma se asignan $2’090,628.00 (Dos millones noventa mil seiscientos veintiocho pesos 00/100 M.N.) como prerrogativas para el acceso de los partidos políticos a los medios de comunicación social, en términos de ley.
 
XIII.
Que una vez aprobado por el Consejo General, el Proyecto de Presupuesto fue remitido al titular del Poder Ejecutivo de la Entidad por el Consejero Presidente, en ejercicio de la atribución que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 96 fracción V, solicitándole al mismo tiempo, su incorporación al presupuesto consolidado del Estado de México que se remitiría, en su oportunidad, a la LV Legislatura local, para su estudio, discusión y aprobación, en su caso.
 
XIV.
Que la LV Legislatura del Estado de México en la sesión celebrada el día quince de diciembre del año pasado, aprobó mediante su Decreto número 196, el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México correspondiente al Ejercicio Fiscal del dos mil seis, publicándose en el periódico oficial Gaceta del Gobierno el día veintisiete del mismo mes y año.
 
XV.
Que el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal dos mil seis, en su artículo 19 asigna al Instituto Electoral del Estado de México, la cantidad de $1’234,732,000.00 (Un mil doscientos treinta y cuatro millones setecientos treinta y dos mil pesos 00/100 M.N.), señalando que en esos recursos asignados, se incluyen $519’975,849.50 (Quinientos diecinueve millones novecientos setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y nueve pesos 50/100 M.N.), de prerrogativas para el financiamiento público de los partidos políticos y de acceso a los medios de comunicación.
 
XVI.
Que como es de advertirse, existe una reducción a la cantidad que originalmente fue aprobada por el Consejo General, correspondiente a $261’834,664.92 (Doscientos sesenta y un millones ochocientos treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro pesos 92/100 M.N.), lo cual generó la necesidad de hacer un estudio sobre el Presupuesto que originalmente fue programado por el Instituto Electoral del Estado de México, para la ejecución del Programa de Actividades para el año 2006; razón por la que la Presidencia del Consejo General, ordenó a la Dirección General a través de la Dirección de Administración, su elaboración para someterlo a la consideración de la Junta General y posterior a ello presentarse en definitiva a la aprobación, en su caso, del Consejo General.
 
XVII.
Que en cumplimiento de la instrucción señalada en el Considerando anterior, la Dirección General, a través de la Dirección de Administración, realizó el estudio sobre el presupuesto originalmente programado por el Instituto Electoral obteniendo como resultado que durante el ejercicio presupuestal del año dos mil cinco se obtuvieron diversas economías, que sumadas, arrojaron un importe de $365,342,059.73 (Trescientos sesenta y cinco millones trescientos cuarenta y dos mil cincuenta y nueve pesos 73/100 M.N.).
 
XVIII.
Que ante la reducción presupuestal y la necesidad de dar cumplimiento al Programa General de Actividades del Instituto Electoral durante el año dos mil seis, la Junta General, previo análisis del gasto ejercido en el año dos mil cinco, consideró conveniente proponer al Órgano Superior de Dirección del Instituto, el ajuste al Presupuesto y la autorización para la transferencia y utilización de las economías logradas en el año dos mil cinco, por un importe de $365,342,059.73 (Trescientos sesenta y cinco millones trescientos cuarenta y dos mil cincuenta y nueve pesos 73/100 M.N.), cantidad que será aplicada en los términos siguientes: $261’834,664.92 (Doscientos sesenta y un millones ochocientos treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro pesos 92/100 M.N.) para igualar el presupuesto autorizado por el Consejo General en el mes de agosto del año 2005, mediante Acuerdo número 118; $15’000,000.00 (Quince millones de pesos 00/100 M.N.) para cubrir las contingencias laborales que se presenten; $20’000,000.00 (Veinte millones de pesos 00/100 M.N.) que se destinarán como reserva financiera del Instituto; y $68’507,394.81 (Sesenta y ocho millones quinientos siete mil trescientos noventa y cuatro pesos 81/100 M.N.) que se asignarán para el pago de adeudos de ejercicios correspondientes al año dos mil cinco.
 
XIX.
Que en virtud de lo expuesto en el Considerando anterior, es procedente que se realice el ajuste al Presupuesto que fue autorizado por la LV Legislatura del Estado para gasto ordinario y para la organización del Proceso Electoral de Diputados y miembros de Ayuntamientos del Estado 2005-2006, razón por la cual el Director General y el Director de Administración en cumplimiento a las obligaciones que les impone el Código Electoral del Estado de México, en sus artículos 102 fracciones V y XVIII y 109 fracción III respectivamente, sometieron a la consideración de la Junta General en sesión extraordinaria del día dieciséis de enero del presente año, la propuesta de ajuste al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el ejercicio fiscal del año dos mil seis y la transferencia y utilización de recursos derivados de las economías logradas por el Instituto Electoral durante el año dos mil cinco, para su ejercicio del año en curso, sin afectar el Programa Anual de Actividades de este órgano electoral para el año que transcurre, acordando hacer entrega del mismo al Consejero Presidente, para que lo someta a la consideración del Consejo General y se apruebe en definitiva, en su caso.
   
XX.
Que el Consejo General, previo análisis del Acuerdo dictado por la Junta General, estima conveniente el ajuste al Presupuesto y la autorización para la transferencia y utilización de recursos de las economías logradas por el Instituto Electoral durante el año dos mil cinco, para su ejercicio del año dos mil seis, a fin de cumplir con los programas del Instituto tanto ordinarios como para el proceso electoral de Diputados y miembros de Ayuntamientos 2005-2006.

En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General aprueba el ajuste al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el ejercicio fiscal del año dos mil seis, en los términos que se señalan en el documento remitido por la Junta General, que se anexa al presente Acuerdo formando parte del mismo.

SEGUNDO.- El Consejo General autoriza que sea transferida la cantidad de $365,342,059.73 (Trescientos sesenta y cinco millones trescientos cuarenta y dos mil cincuenta y nueve pesos 73/100 M.N.), de las economías logradas durante el año dos mil cinco, al gasto ordinario del año dos mil seis, cantidad que será distribuida en los términos señalados en el documento que se aprueba.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, México, a veinte de enero de dos mil seis.

 

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

LA SECRETARIA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. FLOR DE MARIA HUTCHINSON VARGAS

(RUBRICA)

ANEXO