El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día treinta y uno de enero del año dos mil seis, se sirvió aprobar el siguiente:
Acuerdo N° 214
Sistema
de Información y Comunicación de la Jornada Electoral para la Elección de Diputados y Ayuntamientos del 12 de marzo de 2006
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 11 primer párrafo, dispone que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público, autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos; rigiéndose bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad. |
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II. |
Que el artículo 25 fracción II, del Código Electoral de la Entidad, en su párrafo segundo señala que las elecciones ordinarias de diputados a la Legislatura del Estado y de ayuntamientos tendrán verificativo el segundo domingo de marzo, de cada tres años. |
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III. |
Que el Código Electoral del Estado de México establece en su artículo 78, que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales. |
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IV. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 81, establece como fines del Instituto: contribuir al desarrollo de la vida democrática; contribuir al fortalecimiento del régimen de partidos políticos; garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo, del titular del Poder Ejecutivo y los integrantes de los ayuntamientos; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura política democrática. |
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V. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 85, señala que el Consejo General del Instituto Electoral es el Órgano Superior de Dirección responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, de promover la cultura política democrática, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto. |
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VI. |
Que el Código Electoral del Estado de México, otorga al Consejo General, en su artículo 95, fracción XI, la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles. |
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VII. |
Que en términos de lo ordenado por el Código Electoral del Estado de México en su artículo 102, fracción XVII, la Dirección General con el apoyo de la Dirección de Organización elaboró el documento denominado “Sistema de Información y Comunicación del día la Jornada Electoral para la Elección de Diputados y Ayuntamientos del 12 de Marzo del 2006”; cuyo objetivo general es informar de manera permanente y oportuna al Consejo General y a los Consejos Distritales sobre el desarrollo de la jornada electoral del próximo doce de marzo del año que transcurre; así mismo dicho documento contiene los objetivos específicos del Sistema, etapas, procedimiento, recursos, formatos y reportes, con los respectivos flujogramas. |
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VIII. |
Que la Junta General, en sesión de fecha veinticuatro de enero del año en curso, conoció, revisó y analizó el documento que contiene el “Sistema de Información y Comunicación del día la Jornada Electoral para la Elección de Diputados y Ayuntamientos del 12 de Marzo del 2006”, aprobándolo en sus términos, remitiéndolo para su conocimiento, revisión y, en su caso, aprobación por los integrantes de la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto Electoral del Estado de México. |
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IX. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto, en sesión ordinaria celebrada el día veintisiete de enero del año en curso, conoció la propuesta presentada por la Junta General, procediendo a su estudio y análisis, aprobándola en todos sus términos, mediante su Acuerdo número 6. |
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X. |
Que mediante oficio número IEEM/COC/ST/0200/2006, de fecha veintisiete de enero del presente año, el Secretario Técnico de la Comisión de Organización y Capacitación, remitió a la Secretaría General el Acuerdo referido en el Considerando anterior, a efecto de que fuera incluido en la próxima sesión del Consejo General para su estudio, análisis y en su caso, aprobación definitiva. |
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XI. |
Que mediante oficio número IEEM/DO/224/06 de fecha veintisiete del mes y año que transcurre, el Director de Organización, solicitó a la Secretaría General la inclusión del “Sistema de Información y Comunicación de la Jornada Electoral para la Elección de Diputados y Ayuntamientos del 12 de Marzo del 2006” en la próxima sesión de Consejo General, para su estudio, análisis y, en su caso, aprobación definitiva. |
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XII. |
Que el Consejo General estima que el Proyecto “Sistema de Información y Comunicación de la Jornada Electoral para la Elección de Diputados y Ayuntamientos del 12 de Marzo del 2006”, permitirá mantener informado al Órgano Superior de Dirección y a los consejos distritales de manera permanente sobre la instalación de las casillas electorales y los incidentes que se registren el día de la jornada electoral, que tendrá verificativo el próximo doce de marzo del año que transcurre, así como recopilar y sistematizar la información relativa a la recepción y estado de paquetes electorales y expedientes de las mesas directivas de casillas, por lo que es procedente que el Consejo General apruebe, en sus términos, el documento señalado en líneas anteriores, presentado por la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto; así como el Acuerdo de dicha Comisión que a su vez lo aprueba y los convierta en definitivos. |
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En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba en todos su términos el Acuerdo número 6 de la Comisión de Organización y Capacitación denominado “Sistema de Información y Comunicación de la Jornada Electoral para la Elección de Diputados y Miembros de los Ayuntamientos del 12 del marzo de 2006”, convirtiéndolo en definitivo, formando parte del presente Acuerdo.
SEGUNDO.- Se aprueba en sus términos el “Sistema de Información y Comunicación de la Jornada Electoral para la Elección de Diputados y Ayuntamientos del 12 de Marzo del 2006”, que se aplicará durante la jornada electoral del día doce de marzo del año dos mil seis, y lo convierte en definitivo, documento que se acompaña al presente Acuerdo como anexo, formando parte del mismo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo y sus anexos en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
SEGUNDO.- Notifíquese a las juntas distritales y municipales ejecutivas, para su cumplimiento.
Toluca, Estado de México, a treinta y uno de enero de dos mil seis.
“TU
HACES LA MEJOR
ELECCION”
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)
SECRETARIA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. FLOR DE MARIA HUTCHINSON VARGAS
(RUBRICA)
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