El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día veintidós de febrero del año dos mil seis, se sirvió aprobar el siguiente:

Acuerdo Nº 236
Sustitución de Consejeros Electorales Municipales para el proceso 2005-2006.

CONSIDERANDO

   
I.
Que el Consejo General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95, fracción X, segundo párrafo, es el órgano facultado para designar a los Consejeros Electorales Municipales que le proponga la Junta General del Instituto.
   
II.
Que el mismo Ordenamiento Local, en su artículo 95, fracción XI, faculta al Consejo General para vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles.
   
III.
Que el Consejo General, mediante su acuerdo número 137 aprobado en sesión extraordinaria del día treinta y uno de octubre del dos mil cinco, publicado en la Gaceta del Gobierno el día primero de noviembre del mismo año, designó a los ciudadanos para integrar los Consejos Municipales Electorales para el proceso electoral 2005-2006.
   
IV.
Que en el Acuerdo del Consejo General, citado en el Considerando anterior en su punto tercero resolutivo, establece que el Órgano Superior de Dirección, en cualquier momento, podrá sustituir a petición fundada y motivada a Consejeros Municipales Electorales, que fueron designados en el acuerdo de referencia.
   
V.
Que se han recibido en diversas manifestaciones de Consejeros Electorales Municipales, presentando sus renuncias a las designaciones referidas, procediéndose en consecuencia a realizar las sustituciones correspondientes.
   
VI.
Que las solicitudes de renuncias se encuentran debidamente fundadas y motivadas; por lo tanto, es necesario nombrar en su lugar a nuevos Consejeros Electorales Municipales.
   
VII.
Que la Junta General del Instituto, en su sesión del día dieciséis de febrero del año en curso, aprobó, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 99, fracción VI del Código Electoral del Estado de México, la propuesta de sustitución de Consejeros Electorales Municipales, acordando remitirlas a la consideración del Consejo General para que proceda, en su caso, a las designaciones correspondientes.
   
VIII.
Que en virtud de lo manifestado en el presente Acuerdo, el Órgano Superior de Dirección estima procedente aprobar las propuestas de sustituciones de Consejeros Electorales Municipales que presenta la Junta General, procediendo en consecuencia las designaciones correspondientes.

En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Consejeros Electorales Municipales a los ciudadanos que fueron designados en su oportunidad y se nombran en su lugar a las siguientes personas:

MUNICIPIO

CARGO

SERVIDOR QUE SE SUSTITUYE

NUEVO NOMBRAMIENTO

ACULCO

CONSEJERO SUPLENTE 3

LAURA ALICIA MONDRAGÓN MARTÍNEZ

SANDRA CRUZ SERRANO

ALMOLOYA DEL RÍO

CONSEJERO SUPLENTE 3

MARTHA SONIA ARMAS SAAVEDRA

MARÍA DOLORES NERI NUÑEZ

ALMOLOYA DEL RÍO

CONSEJERO SUPLENTE 5

CARIME COVARRUBIAS CASTRO

OCTAVIO LANDA GUTIÉRREZ

ALMOLOYA DEL RÍO

CONSEJERTO SUPLENTE 6

CARINA VILLAGRÁN LAGUNAS

JUAN LINARES SEGURA

APAXCO

CONSEJERO SUPLENTE 2

CAROLINA HERNÁNDEZ RUÍZ

MA. DEL ROCIÓ NAVARRO RODRÍGUEZ

ATIZAPÁN

CONSEJERO PROPIETARIO 6

ARACELI FLORES MOLINA

ELIZABETH OROZCO FLORES

AXAPUSCO

CONSEJERO SUPLENTE 2

MA. ESPERANZA LÓPEZ ROJAS

LUCIANO ORTÍZ RAMÍREZ

AYAPANGO

CONSEJERO SUPLENTE 4

RICARDO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ

ELSA ACEVES GARCÍA

CALIMAYA

CONSEJERO SUPLENTE 2

ROBERTO MUCIÑO ENRÍQUEZ

ERÉNDIRA SAMANO MENDOZA

CALIMAYA

CONSEJERO SUPLENTE 4

MARÍA DEL CARMEN MAGALLANES MÉNDEZ

JUAN ROMÁN GONZÁLEZ SERRANO

COATEPEC HARINAS

CONSEJERO SUPLENTE 1

BRISA FIGUEROA GUARDA

SORAYA HERNÁNDEZ HUERTA

COCOTITLÁN

CONSEJERO SUPLENTE 3

MARÍA ANTONIA ROSALES VELÁZQUEZ

ELIZABETH RAMÍREZ ÁLVAREZ

CHALCO

CONSEJERO PROPIETARIO 2

ADOLFO ONOFRE ARELLANO

MARGARITA FLORES VELAZQUEZ

CHICOLOAPAN

CONSEJERO SUPLENTE 2

EDMUNDO CEDILLO BUENDÍA

MA. DEL CARMEN GARCILAZO ROJAS

CHICONCUAC

CONSEJERO SUPLENTE 4

ELIA GONZÁLEZ GÁLVEZ

JORGE MORALES SÁNCHEZ

DONATO GUERRA

CONSEJERO SUPLENTE 4

MARICELA LÓPEZ VICTORIA

BEATRIZ FREGOSO PÉREZ

ISIDRO FABELA

CONSEJERO SUPLENTE 5

ROSA CHAVARRÍA SANTOS

ROSALÍA HERNÁNDEZ BAUTISTA

JALTENCO

CONSEJERO PROPIETARIO 1

DIANA JUÁREZ PÉREZ

MA. ELENA PARDINES RODRÍGUEZ

JILOTZINGO

CONSEJERO SUPLENTE 3

LAURA TORRES INÉS

LUIS ANTONIO ALMEYDA HERRERA

OCOYOACAC

CONSEJERO PROPIETARIO 5

ADRIANA ALCÁNTARA GÓMEZ

JUAN CRUZ MARTÍNEZ MARTÍNEZ

OCOYOACAC

CONSEJERO SUPLENTE 5

LEONOR MARTÍNEZ MARTÍNEZ

LILIA ACOSTA LUNA

PAPALOTLA

CONSEJERO PROPIETARIO 3

JOSÉ ANTONIO ISLAS VICTORES

ERICK JOSUE GARCÍA MOLINA

POLOTITLÁN

CONSEJERO SUPLENTE 3

CLAUDIA BEATRÍZ SÁNCHEZ QUINTERO

SARA BRAVO ACEVEDO

SAN ANTONIO LA ISLA

CONSEJERO SUPLENTE 5

MIGUEL GONZÁLEZ HINOJOSA

JUAN ALBERTO GALEANA COLINDRES

SAN FELIPE DEL PROGRESO

CONSEJERO SUPLENTE 4

MIGUEL GARCÍA CARRANZA

JUAN CARLOS FAUSTINO MAYA

SAN MATÍN DE LAS PIRÁMIDES

CONSEJERO SUPLENTE 3

YOLANDA CHÁVEZ GONZÁLEZ

MARGARITA VARGAS ELIZALDE

SAN SIMÓN DE GUERRERO

CONSEJERO PROPIETARIO 6

CECILIA ALPIZAR VÁZQUEZ

HERIBERTA BENÍTEZ MONDRAGÓN

TEMASCALTEPEC

CONSEJERO SUPLENTE 5

FRANCISCO XAVIER SALINAS LÓPEZ

FERNANDO MAYA BARRUETA

TEXCALTITLÁN

CONSEJERO PROPIEARIO 1

J. JESÚS MERCADO ESCOBAR

MARISELA GONZÁLEZ ROJAS

TEZOYUCA

CONSEJERO SUPLENTE 1

ARMANDO ROLDÁN DELGADO

AUREA ANEL GÓMEZ AGUILAR

TIANGUISTENCO

CONSEJERO PROPIETARIO 1

VELIA GUERRERO HERNÁNDEZ

IDALIA ALCANTARA ZARAGOZA

TONÁTICO

CONSEJERO SUPLENTE 1

EDMUNDO JOSÉ MARTÍNEZ DELGADO

ALBERTO OTHÓN VAZQUEZ MORALES

VILLA DE ALLENDE

CONSEJERO PROPIETARIO 5

ÁNGEL TENORIO GARCÍA

MARÍA DEL CARMEN REYES TORRES

ZINACANTEPEC

CONSEJERO PROPIETARIO 4

MARICARMEN SANDOVAL RUBIO

SILVIA ALVARADO LÓPEZ

LUVIANOS

CONSEJERO SUPLENTE 3

HELEODORO DIEGO SÁNCHEZ

NORMA JARAMILLO OCAMPO

SEGUNDO.- El Consejero Presidente, el Director General y la Secretaria General expedirán los nombramientos a los Consejeros Electorales Municipales que se designan en el punto primero de este Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO.- Notifíquese a los Consejos Electorales Municipales respectivos, las sustituciones para las juntas municipales correspondientes, para todos los efectos legales conducentes.

 Toluca de Lerdo, México, a veintidós de febrero del año dos mil seis.

 

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

SECRETARIA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. FLOR DE MARIA HUTCHINSON VARGAS
(RUBRICA)