El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día nueve de marzo del año dos mil seis, se sirvió aprobar el siguiente:

Acuerdo Nº 249
Sustitución de Consejeros Electorales Municipales para el proceso 2005-2006. CONSIDERANDO

   
I.
Que el Consejo General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95, fracción X, segundo párrafo, es el órgano facultado para designar a los Consejeros Electorales Municipales que le proponga la Junta General del Instituto.
   
II.
Que el mismo Ordenamiento Local, en su artículo 95, fracción XI, faculta al Consejo General para vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles.
   
III.
Que el Consejo General, mediante su acuerdo número 137 aprobado en sesión extraordinaria del día treinta y uno de octubre del dos mil cinco, publicado en la Gaceta del Gobierno el día primero de noviembre del mismo año, designó a los ciudadanos para integrar Consejos Municipales Electorales para el proceso electoral 2005-2006.
   
IV.
Que en el Acuerdo del Consejo General citado en el Considerando anterior, en su punto tercero resolutivo se establece que el Órgano Superior de Dirección, en cualquier momento, podrá sustituir a petición fundada y motivada a Consejeros Municipales Electorales, que fueron designados en el acuerdo de referencia.
   
V.
Que se han recibido diversas manifestaciones de Consejeros Electorales Municipales, presentando sus renuncias a las designaciones referidas, procediéndose en consecuencia a realizar las sustituciones correspondientes.
   
VI.

Que las solicitudes de renuncias se encuentran debidamente fundadas y motivadas; por lo tanto, es necesario nombrar en su lugar a nuevos Consejeros Electorales Municipales.

   
VII.
Que la Junta General del Instituto, en su sesión del día siete de marzo del año en curso, aprobó, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 99, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, la propuesta de sustitución de Consejeros Municipales Electorales a que alude el presente Acuerdo, acordando remitirlas a la consideración del Consejo General para que proceda, en su caso, a las designaciones correspondientes.
   
VIII.
Que en virtud de lo manifestado en el presente Acuerdo, el Órgano Superior de Dirección estima procedente aprobar las propuestas de sustituciones de Consejeros Electorales Municipales que presenta la Junta General, procediendo en consecuencia las designaciones correspondientes.

En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Consejeros Electorales Municipales a los ciudadanos que fueron designados en su oportunidad y se nombran en su lugar a las siguientes personas:

MUNICIPIO

CARGO

SERVIDOR QUE SE SUSTITUYE

NUEVO NOMBRAMIENTO

ACULCO

CONSEJERO PROPIETARIO 5

PATRICIA QUIJANO RODRÍGUEZ

JOSÉ ISABEL CRUZ DÍAZ

ACULCO

CONSEJERO SUPLENTE 5

JOSÉ ISABEL CRUZ DÍAZ

IXBAAC NAYELLI DOMÍNGUEZ ESQUIVEL

ATIZAPÁN

CONSEJERO SUPLENTE 3

JESÚS ENRIQUE VEGA ROJO

RUBÉN BENITES ARROYO

ATIZAPÁN

CONSEJERO SUPLENTE 6

ELIZABETH OROZCO FLORES

RUBÉN TORRES SOLAR

AYAPANGO

CONSEJERO SUPLENTE 1

CRISTINA RAMÍREZ RAMOS

MARIANA MARICELA SOLARES RAMÍREZ

AYAPANGO

CONSEJERO SUPLENTE 5

VERÓNICA MORALES LÓPEZ

CECILIA FRANCO TREJO

CHAPA DE MOTA

CONSEJERO SUPLENTE 4

MARCOS VIDAL CASTRO

ERIK FRANCO ÁNGELES

CHIAUTLA

CONSEJERO SUPLENTE 3

VICTORINO AGUIRRE RUIZ

SERGIO ADRÍAN PONCE PACHECO

HUIXQUILUCAN

CONSEJERO SUPLENTE 1

MARICELA NÚÑEZ MOLINA

MIRIAM ANGÉLICA RUIZ RAMÍREZ

ISIDRO FABELA

CONSEJERO SUPLENTE 5

ROSALÍA HERNÁNDEZ BAUTISTA

JUANA ROSAS ARANA

JILOTEPEC

CONSEJERO PROPIETARIO 1

OSCAR AGUILAR HERNÁNDEZ

CÉSAR FLORES CORONA

JILOTEPEC

CONSEJERO SUPLENTE 1

CÉSAR FLORES CORONA

AMADO JOSÉ GONZÁLEZ FLORES

JILOTEPEC

CONSEJERO SUPLENTE 5

LUIS CRUZ LÓPEZ

ÁNGEL MARTÍNEZ ALCÁNTARA

JOQUICINGO

CONSEJERO SUPLENTE 1

MOISÉS SALDIVAR ARIZMENDI

HORACIO VILLANUEVA NAVA

MEXICALTZINGO

CONSEJERO SUPLENTE 5

MIGUEL JUAN OLIVARES SOMERA

ANA MARÍA CAMACHO SÁNCHEZ

OCUILAN

CONSEJERO SUPLENTE 2

MARÍA DE LOS ÁNGELES VÁZQUEZ VILLEGAS

MINERVA NAVA GONZÁLEZ

PAPALOTLA

CONSEJERO PROPIETARIO 1

ROCÍO EVELYN ZAPIEN NIETO

IGNACIO CASAS BRAVO

PAPALOTLA

CONSEJERO SUPLENTE 1

IGNACIO CASAS BRAVO

JUVENTINO PASTRANA REBOLLAR

SAN ANTONIO LA ISLA

CONSEJERO SUPLENTE 5

JUAN ALBERTO GALEANA COLÍNDRES

MYRIAM ALBARRÁN HERNÁNDEZ

SAN MATEO ATENCO

CONSEJERO SUPLENTE 4

MARÍA TERESA JIMÉNEZ SOTO

MA. OCTAVIANA ARZATE SERRANO

ZACUALPAN

CONSEJERO SUPLENTE 2

JUAN BELTRÁN OCAMPO

SERGIO PÉREZ LAGUNAS

ZACUALPAN

CONSEJERO SUPLENTE 6

JOSÉ TOLEDO DELOISA

LUIS ALFREDO BUSTOS DÍAZ

ZUMPAHUACÁN

CONSEJERO SUPLENTE 1

CÁNDIDA ROZALÍA NIETO VÁSQUEZ

HÉCTOR ANTONIO VÁSQUEZ DORANTES

ZUMPAHUACÁN

CONSEJERO SUPLENTE 4

EUSTOLIA NINEA TRUJILLO ESTRADA

GUDELIA ROSARIO DÍAZ SALDAÑA

SAN JOSÉ DEL RINCÓN

CONSEJERO PROPIETARIO 1

ANA ISABEL REYES GUTIÉRREZ

GEORGINA CRUZ RAMÍREZ

SAN JOSÉ DEL RINCÓN

CONSEJERO SUPLENTE 1

GEORGINA CRUZ RAMÍREZ

ROBERTO ROMERO HURTADO

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO.- Notifíquese a los Consejos Electorales Municipales respectivos, las sustituciones acordadas, para todos los efectos legales conducentes.

Toluca de Lerdo, México, a nueve de marzo del año dos mil seis.

 

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

SECRETARIA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. FLOR DE MARIA HUTCHINSON VARGAS
(RUBRICA)