El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día cuatro de julio del año dos mil seis, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo Nº 298
Lineamientos de Supervisión para la Integración y Distribución de Material Electoral al Consejo Municipal de Ocoyoacac, México, para la Elección Extraordinaria 2006

CONSIDERANDO

   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 11 primer párrafo, señala que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público, autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos; rigiéndose bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.
   
II.
Que mediante Decreto número 232 emitido por la LV Legislatura del Estado de México y publicado en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno” el veintiuno de junio de 2006, se convocó a los ciudadanos del municipio de Ocoyoacac y a lospartidos políticos con registro legal ante el Órgano Electoral Estatal, a participar en la elección extraordinaria del Ayuntamiento de Ocoyoacac, México, que se llevará a cabo el próximo tres de septiembre de dos mil seis.
   
III.
Que el Código Electoral del Estado de México, establece en su artículo 78, que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales.
   
IV.
Que el Código Electoral de la Entidad, en su artículo 81, establece entre otros, como fines del Instituto: garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo, del Titular del Poder Ejecutivo y los integrantes de los Ayuntamientos; así como el velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.
   
V.
Que los Lineamientos de la Comisión de Organización y Capacitación, en su artículo 5 fracción XIII, establece como atribución de la misma, el supervisar y vigilar la elaboración, impresión y distribución de documentación y material electoral, conforme a las disposiciones del Código y a los Acuerdos que emita el Consejo General.
   
VI.
Que la Junta General en su sesión extraordinaria del día veintiocho de junio del año, conoció y aprobó la propuesta presentada por la Dirección de Organización, relativa a los Lineamientos de Supervisión para la Integración y Distribución de Material Electoral al Consejo Municipal Electoral de Ocoyoacac, durante el Proceso Electoral Extraordinario 2006, para elegir miembros de dicho Ayuntamiento, acordando remitirla a la Comisión de Organización y Capacitación.
   
VII.
Que la Comisión de Organización y Capacitación, en su sesión extraordinaria de fecha treinta de junio de dos mil seis, aprobó mediante el Acuerdo número 14, los Lineamientos de Supervisión para la Integración y Distribución de la Documentación Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario de Ocoyoacac, 2006.
   
VIII.
Que mediante oficio de fecha treinta de junio del presente año, el Director de Organización solicitó a la Secretaría General la inclusión en el orden del día de los Lineamientos aprobados por la Comisión de Organización y Capacitación mediante Acuerdo número 14, a fin de someterlos a consideración del Consejo General, para su presentación, análisis y aprobación definitiva, en su caso.
 
IX.
Que este Consejo General estima oportuna la supervisión para la integración y distribución del Material Electoral al Consejo Municipal de Ocoyoacac, Estado de México, para la Elección Extraordinaria 2006 y para ello, resulta indispensable la expedición de estos Lineamientos, pues de esta manera existirá la debida transparencia y seguridad en el manejo del material electoral.

En mérito de lo anterior, se expide el siguiente Acuerdo:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General aprueba los Lineamientos de Supervisión para la Integración y Distribución del Material Electoral al Consejo Municipal de Ocoyoacac, Estado de México, para la Elección Extraordinaria 2006 del Ayuntamiento, en los términos presentados por la Comisión de Organización y Capacitación, convirtiéndolos en definitivos y formando parte del presente Acuerdo.

SEGUNDO.- Se instruye a las Comisiones de Organización y Capacitación y de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, para que supervisen el cumplimiento de los presentes lineamientos, debiendo informar periódicamente al Consejo General de su cumplimiento.

TRANSITORIOS

ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca, México, a cuatro de julio del dos mil seis.

 

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

SECRETARIO SUSTITUTO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. ARMANDO LÓPEZ SALINAS
(RUBRICA)

ANEXO