El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día cuatro de julio del año dos mil seis, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo Nº 299
Sistema de Información y Comunicación de la Jornada Electoral (SICJE) para la Elección Extraordinaria 2006, del Ayuntamiento de Ocoyoacac, México

CONSIDERANDO

   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 11 primer párrafo, dispone que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público, autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos; rigiéndose bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.
   
II.
Que el Código Electoral del Estado de México establece en su artículo 78, que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales.
   
III.
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 81, establece como fines del Instituto: contribuir al desarrollo de la vida democrática; contribuir al fortalecimiento del régimen de partidos políticos; garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo, del titular del Poder Ejecutivo y los integrantes de los Ayuntamientos; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura política democrática.
   
IV.
Que el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 85, señala que el Consejo General del Instituto Electoral es el Órgano Superior de Dirección responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, de promover la cultura política democrática, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.
   
V.
Que el Código Electoral del Estado de México, otorga al Consejo General, en su artículo 95, fracción XI, la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles.
   
VI.
Que el día doce de marzo del año dos mil seis, se llevó a cabo en el Estado de México el día de la Jornada Electoral, mediante la cual los ciudadanos mexiquenses votaron para elegir a los Diputados que integrarán la LVI Legislatura del Estado y a los integrantes de los ciento veinticinco ayuntamientos de la Entidad.
   
VII.
Que la LV Legislatura del Estado de México, en fecha veinte de junio del año que transcurre, mediante Decreto número 232, expidió la Convocatoria para Elección Extraordinaria del municipio de Ocoyoacac, México, señalando en su artículo segundo, como el día que tendrá verificativo la elección el tres de septiembre del año dos mil seis, así como para el inicio del periodo constitucional del Ayuntamiento electo, el día tres de octubre del mismo año.
   
VIII.
Que en términos de lo ordenado por el Código Electoral del Estado de México en su artículo 102, fracción XVII, la Dirección General con el apoyo de la Dirección de Organización elaboró el documento denominado “Sistema de Información y Comunicación de la Jornada Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario de Ocoyoacac, 2006”; cuyo objetivo general es informar de manera permanente y oportuna al Consejo General y al Consejo Municipal sobre el desarrollo de la jornada electoral extraordinaria del año dos mil seis, del Ayuntamiento de Ocoyoacac, México, que tendrá verificativo el día tres de septiembre del año que transcurre; así mismo dicho documento contiene los objetivos específicos del Sistema, etapas, procedimiento, recursos, formatos y reportes, con los respectivos flujogramas.
 
IX.
Que el Consejo General en su sesión ordinaria celebrada el día veintiséis de agosto del año próximo pasado, aprobó mediante su Acuerdo número 115, publicado en la Gaceta del Gobierno el día veintinueve de agosto del mismo año, la integración de las Comisiones Permanentes y Especiales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, entre las que se destaca la creación de la Comisión de Organización y Capacitación.
 
X
Que la Junta General, en sesión extraordinaria de fecha veintiocho de julio del año en curso, conoció, revisó y analizó el documento que contiene el “Sistema de Información y Comunicación de la Jornada Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario de Ocoyoacac, 2006”, aprobándolo en sus términos, remitiéndolo para su conocimiento, revisión y, en su caso, aprobación por los integrantes de la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto Electoral del Estado de México.
 
XI.
Que la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto, en sesión extraordinaria celebrada el día treinta de junio del año en curso, conoció la propuesta presentada por la Junta General, procediendo a su estudio y análisis, aprobándola en todos sus términos, mediante su Acuerdo número 16.
   
XII.
Que mediante oficio sin número de fecha treinta de junio del presente año, el Director de Organización, remitió a la Secretaría General el Acuerdo referido en el Considerando anterior, a efecto de que fuera incluido en la próxima sesión del Consejo General para su estudio, análisis y en su caso, aprobación definitiva.
   
XIII.
Que el Consejo General estima que el Proyecto “Sistema de Información y Comunicación de la Jornada Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario de Ocoyoacac, 2006”, permitirá mantener informado al Órgano Superior de Dirección y al Consejo Municipal de manera permanente sobre la instalación de las casillas electorales y los incidentes que se registren el día de la jornada electoral extraordinaria, que tendrá verificativo el próximo tres de septiembre del año que transcurre, así como recopilar y sistematizar la información relativa a la recepción y estado de paquetes electorales y expedientes de las mesas directivas de casillas, por lo que es procedente que el Consejo General apruebe, en sus términos, el documento señalado en líneas anteriores, presentado por la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto; así como el Acuerdo de dicha Comisión.
 
XIV.

En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Se aprueba en todos su términos el Acuerdo número 16 de la Comisión de Organización y Capacitación denominado “Sistema de Información y Comunicación de la Jornada Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario de Ocoyoacac, 2006”, convirtiéndolo en definitivo, formando parte del presente Acuerdo.

SEGUNDO. Se aprueba en sus términos el “Sistema de Información y Comunicación de la Jornada Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario de Ocoyoacac, 2006”, que se aplicará durante la jornada electoral extraordinaria del año dos mil seis, el día tres de septiembre del año dos mil seis, y lo convierte en definitivo, documento que se acompaña al presente Acuerdo como anexo, formando parte del mismo.

TRANSITORIOS

PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo y sus anexos en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO. Notifíquese, en su oportunidad, a la Junta Municipal Ejecutiva de Ocoyoacac, México, para su cumplimiento.

Toluca, México, a cuatro de julio de dos mil seis.

 

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

SECRETARIO SUSTITUTO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. ARMANDO LÓPEZ SALINAS
(RUBRICA)

ANEXO