El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día dos de octubre del año dos mil seis, se sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 343
Modificación al Programa Anual de Actividades 2006 correspondiente a la Dirección del Servicio Electoral Profesional
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11, determina que el Instituto Electoral del Estado de México será el organismo público encargado de la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos, otorgándole además, entre otras atribuciones, las relacionadas con la capacitación y educación cívica; geografía electoral; derechos, prerrogativas y fiscalización de financiamiento público y gastos de los partidos políticos; y, vigilancia, auditoría, actualización del padrón electoral y lista nominal de electores. |
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 81, establece como fines del Instituto: contribuir al desarrollo de la vida democrática; contribuir al fortalecimiento del régimen de partidos políticos; garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo, del titular del Poder Ejecutivo y los integrantes de los ayuntamientos; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura política democrática. |
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III. |
Que para el cumplimiento de los postulados y fines que señalan la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y el Código Electoral del Estado de México, así como para el desarrollo de las actividades ordinarias que establece la ley, es necesario para el Instituto Electoral del Estado de México, contar con las herramientas que le permita cumplir eficaz y puntualmente con los deberes jurídicos que le prescriben los ordenamientos legales. |
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IV. |
Que el Consejo General aprobó el Acuerdo número 117, en sesión extraordinaria de fecha treinta de agosto del año dos mil cinco, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno en fecha treinta y uno de agosto del año próximo pasado, por el que se autoriza el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil seis, estableciendo dentro de sus Líneas Programáticas, una serie de actividades institucionales que tienen como objetivo diseñar, desarrollar y promover programas tendientes a la consolidación de la vida democrática en la entidad a partir de la difusión y fortalecimiento de la cultura política democrática. |
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V. |
Que la Junta General en sesión ordinaria de fecha siete de junio del presente año, aprobó la propuesta de la Dirección del Servicio Electoral Profesional en relación con la modificación al Programa Anual de Actividades dos mil seis, correspondiente a dicha Dirección, acordando remitirla a la consideración del Consejo General, para su estudio, análisis y, en su caso, aprobación definitiva. |
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VI. |
Que el Consejo General, después de analizar y ponderar la propuesta de modificación al Programa Anual de Actividades 2006, de la Dirección del Servicio Electoral Profesional, considera necesario establecer las medidas y controles necesarios para el cumplimiento de las actividades que han sido programadas para este año; en consecuencia, se aprueban en todos sus términos las propuestas de modificar veinticinco actividades del Programa Anual de Actividades; eliminar parcialmente tres de esas actividadesy reprogramar dos de dichas actividades para el año 2007, todo ello, a efecto de que las actividades y programas del Centro de Capacitación y Desarrollo no se dupliquen con las actividades de la Dirección del Servicio Electoral Profesional. |
En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba la Modificación al Programa Anual de Actividades 2006 de la Dirección del Servicio Electoral Profesional, conforme al documento que se anexa al presente Acuerdo formando parte del mismo.
SEGUNDO.- La Dirección del Servicio Electoral Profesional procederá a ejecutar las acciones, conforme al cronograma de la Modificación al Programa Anual de Actividades 2006 de la misma Dirección, que permitan la consecución de los fines y objetivos planteados en el mismo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Toluca, México, a dos de octubre de dos mil seis.
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)
SECRETARIO SUSTITUTO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. ARMANDO LOPEZ SALINAS
(RUBRICA)
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