El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día seis de diciembre del año dos mil siete, se sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 38/2007
Propuesta de Traspaso de diversas Partidas Presupuestales del año dos mil siete
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 11 primer párrafo, dispone que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público, autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales; autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño; rigiéndose bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad. |
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México, señala en su artículo 78, que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales. |
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III. |
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 80, establece que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos del Estado de México. |
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IV. |
Que el artículo 84, del Código Electoral del Estado de México, señala como órganos centrales del Instituto al Consejo General, la Junta General y la Dirección General. |
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V. |
Que el Código Comicial de la Entidad, en el artículo 85, determina que el Consejo General del Instituto es el Órgano Superior de Dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, de promover la cultura política democrática, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.
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VI. |
Que el ordenamiento legal en cita, en el artículo 95 fracción XXX, establece como atribución del Consejo General la de aprobar el anteproyecto de presupuesto de egresos del Instituto, a propuesta del Consejero Presidente. |
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VII. |
Que el artículo 96, fracción V del Código Electoral de la Entidad, contempla como atribución del Presidente del Consejo General, el someter oportunamente a la consideración del titular del Poder Ejecutivo el proyecto del presupuesto del Instituto, una vez aprobado por el Consejo General.
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VIII. |
Que el artículo 102, fracciones V, XII, XIII y XXIII del Código Electoral del Estado de México, establece como atribuciones del Director General del Instituto Electoral, las de someter al conocimiento y, en su caso, a la aprobación del Consejo General los asuntos de su competencia; ejercer las partidas presupuestales aprobadas por el Consejo General; proveer a los órganos del Instituto de los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones; así como las demás que le confiere el Código, el Consejo General o su Presidente. |
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IX. |
Que en el artículo 109, en sus fracciones I, IV, VI y X del Código Electoral Local, se encuentran plasmadas como atribuciones de la Dirección de Administración, el aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del instituto; el establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control del presupuesto; atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto; así como acordar con el Director General los asuntos de su competencia.
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X. |
Que la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto Electoral del Estado de México, en el artículo 8, fracción II, incisos b) y d), dispone que el Consejo General, en materia de recursos financieros, puede autorizar traspasos presupuestarios; así como aprobar la reasignación de recursos presupuestarios autorizados no ejercidos, a programas sustantivos del Instituto. |
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XI. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día once de agosto del año dos mil seis, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México aprobó, mediante Acuerdo número 320 (trescientos veinte), el Proyecto de Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año dos mil siete.
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XII. |
Que una vez aprobado por el Consejo General, el Proyecto de Presupuesto fue remitido al titular del Poder Ejecutivo de la Entidad por el Consejero Presidente, en ejercicio de la atribución que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 96 fracción V, solicitándole al mismo tiempo, su incorporación al presupuesto consolidado del Estado de México que se remitiría, en su oportunidad, a la LVI Legislatura local, para su estudio, discusión y aprobación, en su caso. |
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XIII. |
Que la LVI Legislatura del Estado de México en la sesión celebrada el día veintinueve de diciembre del año dos mil seis, aprobó mediante Decreto número 20 (veinte), el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México correspondiente al Ejercicio Fiscal del dos mil siete, publicándose el mismo día en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno”.
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XIV. |
Que el Órgano Superior de Dirección, en Sesión Ordinaria celebrada el día diecinueve de enero del año en curso, mediante Acuerdo número 2 (dos), aprobó el Presupuesto Ajustado del Instituto Electoral del Estado de México para el ejercicio del año dos mil siete. |
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XV. |
Que la Dirección General, pone a consideración de este Consejo General, el traspaso de recursos de diversas partidas presupuestales del año dos mil siete, mismas que a continuación se desglosan: de la partida 3301 “Asesoría por Convenios y Acuerdos”, líneas programáticas 7.1.1, 7.1.4, 7.1.5, 7.1.6, 7.1.7 y 7.1.8, por la cantidad de $2,798,466.28 (dos millones setecientos noventa y ocho mil cuatrocientos sesenta y seis pesos 28/100 M.N.), a las partidas 3301 “Asesoría por Convenios y Acuerdos”, línea programática 3.7.2, por la cantidad de $1,595,464.26 (un millón quinientos noventa y cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos 26/100 M.N.), 3301 “Asesoría por Convenios y Acuerdos”, línea programática 4.1.2, por la cantidad de $193,133.79 (ciento noventa y tres mil ciento treinta y tres pesos 79/100 M.N.), 3701 “Gastos de Viaje”, línea programática 4.1.3, por la cantidad de $207,054.42 (doscientos siete mil cincuenta y cuatro pesos 42/100 M.N.), 3606 “Gastos de ceremonias oficiales”, línea programática 5.2.24, por la cantidad de $2,813.81 (dos mil ochocientos trece pesos 81/100 M.N.) y la 3304 “Capacitación de estructuras partidarias”, línea programática 5.2.20, por la cantidad de $800,000.00 (ochocientos mil pesos 00/100 M.N.); traspaso de la partida 3307 “Capacitación”, línea programática 4.1.1, a la partida 3304 “Capacitación de estructuras partidarias”, línea programática 5.2.20, por la cantidad de $800,000.00 (ochocientos mil pesos 00/100 M.N.); traspaso de la partida 3102 “Servicio de telefonía convencional y celular”, línea programática 5.2.20, por la cantidad de $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.), que se aplicará a las partidas 3105 “Gastos menores de oficina”, línea programática 5.2.20, por la cantidad de $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.), 3606 “Gastos de ceremonias oficiales”, línea programática 5.2.24, por la cantidad de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.); sumando una transferencia total por la cantidad de $3,998,466.28 (tres millones novecientos noventa y ocho mil cuatrocientos sesenta y seis pesos 28/100 M.N), lo anterior con la finalidad de terminar el año cumpliendo sus compromisos presupuestales con un ejercicio transparente de los recursos.
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XVI. |
Que el Consejo General, después de analizar cuidadosamente la propuesta de traspaso puesta a su consideración y de tomar en cuenta que el Instituto Electoral del Estado de México, ha tenido ahorros derivados de las medidas de disciplina presupuestal en la optimización y uso racional de los recursos financieros y materiales, aprueba efectuar los traspasos de las partidas presupuestales puntualizadas en el considerando próximo anterior. |
En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General del Instituto, aprueba traspasar, de la partida 3301 “Asesoría por Convenios y Acuerdos”, líneas programáticas 7.1.1, 7.1.4, 7.1.5, 7.1.6, 7.1.7 y 7.1.8, por la cantidad de $2,798,466.28 (dos millones setecientos noventa y ocho mil cuatrocientos sesenta y seis pesos 28/100 M.N.), a las partidas 3301 “Asesoría por Convenios y Acuerdos”, línea programática 3.7.2, por la cantidad de $1,595,464.26 (un millón quinientos noventa y cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos 26/100 M.N.), 3301 “Asesoría por Convenios y Acuerdos”, línea programática 4.1.2, por la cantidad de $193,133.79 (ciento noventa y tres mil ciento treinta y tres pesos 79/100 M.N.), 3701 “Gastos de Viaje”, línea programática 4.1.3, por la cantidad de $207,054.42 (doscientos siete mil cincuenta y cuatro pesos 42/100 M.N.), 3606 “Gastos de ceremonias oficiales”, línea programática 5.2.24, por la cantidad de $2,813.81 (dos mil ochocientos trece pesos 81/100 M.N.) y la 3304 “Capacitación de estructuras partidarias”, línea programática 5.2.20, por la cantidad de $800,000.00 (ochocientos mil pesos 00/100 M.N.); traspaso de la partida 3307 “Capacitación”, línea programática 4.1.1, a la partida 3304 “Capacitación de estructuras partidarias”, línea programática 5.2.20, por la cantidad de $800,000.00 (ochocientos mil pesos 00/100 M.N.); traspaso de la partida 3102 “Servicio de telefonía convencional y celular”, línea programática 5.2.20, por la cantidad de $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.), que se aplicará a las partidas 3105 “Gastos menores de oficina”, línea programática 5.2.20, por la cantidad de $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.), 3606 “Gastos de ceremonias oficiales”, línea programática 5.2.24, por la cantidad de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.); sumando una transferencia total por la cantidad de $3,998,466.28 (tres millones novecientos noventa y ocho mil cuatrocientos sesenta y seis pesos 28/100 M.N).
SEGUNDO.- La Dirección General proveerá lo necesario para el cumplimiento del presente Acuerdo.
TERCERO.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de su aprobación.
TRANSITORIO
UNICO.- Se instruye a la Secretaría General para que remita la documentación necesaria relacionada con el presente Acuerdo al Director General para que, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 94 y 102 fracción X del Código Electoral del Estado de México, este último provea lo necesario para la publicación del mismo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno”.
Toluca México, a seis de diciembre del dos mil siete.
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ARCADIO A. SANCHEZ HENKEL GOMEZTAGLE
(RUBRICA)
JNC/AASHG/agm
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