El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del dieciséis de junio del año dos mil ocho, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° CG/18/2008
Adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México, para el año dos mil ocho

CONSIDERANDO

   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, señala en su artículo 11 párrafo primero, que la organización desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de los Ayuntamientos, es una función estatal que se organiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonios propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México, y que en el ejercicio de esta función, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y el profesionalismo, serán principios rectores.
   
II.
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 95, fracción XXX, prevé que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, cuenta con la atribución de aprobar el Programa Anual de Actividades del Instituto que le presente el Director General.
   
III.
Que el Consejo General, en su sesión ordinaria del día catorce de agosto del año dos mil siete, emitió su Acuerdo número 24/2007 (veinticuatro/dos mil siete), publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno”, el día dieciséis del mismo mes y año, por el que aprobó el “Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho”.
   
IV.

Que el Consejo General, mediante Acuerdo número 2/2008 (dos/dos mil ocho) emitido en sesión ordinaria celebrada el día treinta y uno de enero del año en curso y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, en fecha seis de febrero de dos mil ocho, aprobó la “Modificación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho”.

   
V.

Que el Consejo General, por Acuerdo número 3/2008 (tres/dos mil ocho), adoptado en su sesión ordinaria efectuada el día treinta y uno de enero del presente año y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno”, aprobó el “Presupuesto Ajustado del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año dos mil ocho”, Acuerdo que en su Resolutivo Noveno determinó que el Órgano Superior de Dirección debería sesionar para revisar el cumplimiento de las actividades establecidas en el Programa Anual de Trabajo, a efecto de tomar las medidas que resultaran necesarias.

   
VI.

Que en fecha nueve de mayo de dos mil ocho, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta de Gobierno”, el Decreto número ciento sesenta y tres aprobado por la Honorable LVI Legislatura Local, por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; Decreto que en sus Artículos Transitorios Quinto y Décimo Cuarto, determinan lo siguiente:

QUINTO.-Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 44 y 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la elección de Diputados y Ayuntamientos del año 2009 se celebrará el primer domingo de julio. El Instituto Electoral del Estado de México deberá adecuar su calendario electoral con la finalidad de desarrollar sus actividades relativas a la preparación del proceso electoral en los términos de las reformas a la Constitución.

DECIMO CUARTO.-Sin menoscabo del cumplimiento de los fines que les impone la Constitución y la ley, el Instituto y el Tribunal Electoral del Estado de México, deberán adecuar sus presupuestos y sus programas de actividades para el presente año, relacionados con el próximo proceso electoral, con base en lo establecido en este decreto y en lo que en su oportunidad se establezca en la ley secundaria”.

   
VII.

Que a efecto de dar cumplimiento al Resolutivo citado en el Considerando V, así como a los Artículos Transitorios invocados en el Considerando que antecede, durante el mes de mayo del año en curso, las áreas del Instituto se avocaron a revisar el Programa Anual de Actividades para el año dos mil ocho, y conjuntamente con la Dirección General realizaron los ajustes necesarios al Programa de mérito, por tal motivo, algunas actividades que debieron realizarse en el mencionado mes de mayo, no fueron ejecutadas por tratarse de actividades que resultaron impactadas con dicha adecuación o estar relacionadas con el próximo proceso electoral.

   
VIII.

Que la Junta General, en su sesión ordinaria celebrada en fecha once de junio del año en curso, conoció y aprobó la propuesta que le presentó la Dirección General, respecto de la adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho.

   
IX.

Que mediante oficio número IEEM/DG/0235/08 de fecha once de junio del año en curso, dirigido a la Secretaría General, el Director General sometió a la consideración del Órgano Superior de Dirección la propuesta de adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho, a efecto de dar cumplimiento al Resolutivo invocado en el Considerando V, así comoa los Artículos Transitorios referidos en el Considerando VI del presente Acuerdo.

   
X.

Que el Consejo General considera que con los ajustes al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho, que propone la Dirección General se da cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo referido en el Considerando V, así como a los Artículos Transitorios Quinto y Décimo Cuarto del Decreto 163 (ciento sesenta y tres) referidos en el Considerando VI del presente Acuerdo, y atento además a que con dichos ajustes no se afectan actividades sustantivas del Instituto, ni las previas a la etapa de preparación del proceso electoral dos mil nueve, por el que serán elegido Diputados a la Legislatura Local y miembros de los Ayuntamientos del Estado, por lo queresulta procedente su aprobación definitiva.

En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: 

ACUERDO 

PRIMERO.- El Consejo General aprueba la adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho, en los términos precisados en el documento anexo al presente Acuerdo, el cual forma parte del mismo.

SEGUNDO.- Al efecto, se instruye a la Junta General proceda a supervisar el cumplimiento de las actividades del Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho, conforme a la modificación aprobada.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”.

Toluca, México, a dieciséis de junio de dos mil ocho.

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

  CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
JOSÉ NÚÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. ARMANDO LÓPEZ SALINAS
(RUBRICA)

JNC/ALS/FRE/acm.