El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día dieciséis de junio del año dos mil ocho, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° CG/19/2008
Adecuación al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año dos mil ocho.

CONSIDERANDO

   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, señala en su artículo 11 párrafo primero, que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de los Ayuntamientos, es una función estatal que se organiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonios propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México, y que en el ejercicio de esta función, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y el profesionalismo, serán principios rectores.
   
II.
Que en fecha treinta y uno de enero de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, emitió el Acuerdo número 3/2008 (tres/dos mil ocho), publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno” de fecha seis de febrero de dos mil ocho, por el que aprobó el “Presupuesto Ajustado del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año 2008”; presupuesto que ascendió a la cantidad de $868,477,789.21 (ochocientos sesenta y ocho millones, cuatrocientos setenta y siete mil setecientos ochenta y nueve pesos, 21/100 M.N.).
   
III.
Que en fecha nueve de mayo de dos mil ocho, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta de Gobierno”, el Decreto número ciento sesenta y tres aprobado por la Honorable LVI Legislatura Local, por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; Decreto que en su Artículo Transitorio Décimo Cuarto, determina que: “Sin menoscabo del cumplimiento de los fines que les impone la Constitución y la ley, el Instituto y el Tribunal Electoral del Estado de México, deberán adecuar sus presupuestos y sus programas de actividades para el presente año, relacionados con el próximo proceso electoral, con base en lo establecido en este decreto y en lo que, en su oportunidad se establezca en la ley secundaria”.
   
IV.

Que en sesión extraordinaria de fecha dieciséis de junio de dos mil ocho y en cumplimiento al Artículo Transitorio referido en el Considerando anterior, el Consejo General, mediante su Acuerdo número18/2008 (dieciocho/dos mil ocho), aprobó la adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México, para el año dos mil ocho.

   
V.

Que del presupuesto referido en el Considerando II del presente Acuerdo, se ha ejercido del primero de enero al treinta y uno de mayo del año en curso, la cantidad de $166,485,302.72 (ciento sesenta y seis millones, cuatrocientos ochenta y cinco mil trescientos dos pesos, 72/100 M.N.), por lo que el remanente del presupuesto autorizado para el año en curso es de $701,992,486.49 (setecientos un millones, novecientos noventa y dos mil cuatrocientos ochenta y seis pesos, 49/100 M.N.).

   
VI.
Que atento a la adecuación del Programa Anual de Actividades del Instituto para el año dos mil ocho, así como a lo ordenado en el Artículo Transitorio Décimo Cuarto del Decreto de la Legislatura Local, que se han referido respectivamente en los Considerandos III y IV del presente Acuerdo, este Órgano Superior de Dirección estima procedente aprobar que el presupuesto a ejercer, del primero de junio al treinta y uno de diciembre del año en curso sea por la cantidad de $392,666,486.10 (trescientos noventa y dos millones, seiscientos sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y seis pesos, 10/100 M.N), conforme a las partidas y cantidades que se precisan en el documento adjunto al presente Acuerdo.
   
VII.

Que con la cantidad restante, que asciende a la cantidad de $309,326,000.39 (trescientos nueve millones, trescientos veinte seis mil pesos, 39/100 M.N.), el Consejo General aprueba crear una cuenta denominada “Fondo Especial para el Proceso Electoral 2009”, que será ejercida únicamente en las actividades propias del referido proceso comicial.

En razón de lo anterior, se emite el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba la adecuación al presupuesto de egresos del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año dos mil ocho, por lo que se autoriza que la cantidad a ejercer del primero de junio al treinta y uno de diciembre del año en curso, sea por la cantidad de $392,666,486.10 (trescientos noventa y dos millones, seiscientos sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y seis pesos, 10/100 M.N).

SEGUNDO.- Se aprueba la creación de una cuenta denominada “Fondo Especial para el Proceso Electoral 2009”, a la cual se deberá transferir la cantidad de $309,326,000.39 (trescientos nueve millones, trescientos veinte seis mil pesos, 39/100 M.N.), conforme a las transferencias autorizadas que realice el Gobierno del Estado de México al Instituto, cantidad que será ejercida únicamente en las actividades del proceso electoral 2009, por el que se elegirán Diputados a la Legislatura Local y miembros de los Ayuntamientos del Estado. Se instruye que de esta cantidad se obtengan rendimientos financieros de instituciones bancarias, los cuales deberán ser depositados en la referida cuenta.

TERCERO.- El Consejo General podrá realizar nuevas adecuaciones al Presupuesto del Ejercicio Fiscal del año dos mil ocho, una vez que se conozca la reforma a la legislación electoral secundaria de la Entidad, o en los casos previstos en la Normatividad interna del Instituto.

CUARTO.- Las plazas permanentes que por cualquier motivo estén o queden vacantes a partir de la fecha de la aprobación del presente Acuerdo,no podrán ser ocupadas, hasta en tanto se conozca la reforma a la legislación electoral secundaria de la Entidad y sea aprobada, en su caso, la adecuación al presupuesto del Instituto.

QUINTO.- A partir de la fecha de aprobación del presente Acuerdo, se autoriza la contratación de personal eventual, hasta por setenta y una personas, cuyo ingreso y periodos de contratación, depende de las necesidades de las Direcciones siguientes: General, de Organización, de Capacitación, de Partidos Políticos, de Administración, del Servicio Electoral Profesional, así como de las Unidades de: Información y Estadística y la de Asesoría Jurídica y Consultiva; atendiendo además a la adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México, para el año dos mil ocho, conforme lo determinen el Director General y el Director de Administración. La cifra antes mencionada, incluye al personal que ya ha sido contratado.

SEXTO.- Se instruye a la Dirección Generalpara que en el ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 102 fracción XII del Código Electoral del Estado de México, ejerza las partidas presupuestales precisadas en el documento adjunto al presente Acuerdo, quedando la Dirección de Administración con el encargo de administrar dicho presupuesto, conforme a las fracciones I y II del artículo 109 del mismo Código.

SEPTIMO.- Se instruye al Director General para que en ejercicio de sus atribuciones prevea lo necesario para la creación y resguardo del Fondo señalado en el Considerando VII del presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

ÚNICO.- Publíquese, con un concentrado del presupuesto adecuado, el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”.

Toluca, México, a dieciséis de junio dos mil ocho.

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

  CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
JOSÉ NÚÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. ARMANDO LÓPEZ SALINAS
(RUBRICA)

JNC/ALS/FRE/acm.